Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 305

Fecha del Boletín 
23-12-2021

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211223-79

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE LA CALZADA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Torrejón de la Calzada. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

Visto que con fecha 20 de junio de 2019, mediante resolución 2019/1265, esta Alcaldía delegó en la Junta de Gobierno Local, el ejercicio de las siguientes atribuciones de la Alcaldía:

I. Las funciones que corresponderán a la Junta de Gobierno Local serán asistir permanentemente a la Alcaldía en el ejercicio de sus atribuciones y ejercer por Delegación las siguientes facultades que se le confieren:

1. La aprobación de los proyectos de obras y de servicios para cuya contratación sea competente el Alcalde y cuyo importe supere los 40.000 euros.

2. La adquisición de bienes y derechos, cuando su valor no supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del Presupuesto ni los tres millones de euros, así como la enajenación del patrimonio que no supere el porcentaje ni la cuantía indicados en los siguientes supuestos:

— La de bienes inmuebles siempre que esté prevista en el presupuesto.

— La de bienes muebles, salvo los declarados de valor histórico artístico, cuya enajenación no se encuentre prevista en el presupuesto.

Queda excluida la adquisición de bienes muebles por importe de hasta 15.000 euros.

Vista la necesidad de agilizar la tramitación de los procedimientos de contratación sin perjuicio de las decisiones resolutorias.

Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 43, 44, 45, 114 a 118, 120 y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,

RESUELVO

Primero.—Avocar las competencias de trámite de los procedimientos de contratación, conservando la Junta de Gobierno Local la competencia de la aprobación de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y Pliegos de Prescripciones Técnicas.

Segundo.—Publicar la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sin perjuicio de que surta efectos desde el mismo día de su firma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Tercero.—Dar cuenta de la presente resolución al Pleno del Ayuntamiento a efectos de que quede enterado de su contenido, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.4 en relación con el 38.d) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

En Torrejón de la Calzada, a 14 de diciembre de 2021.—La alcaldesa, Azahara Molina Martín.—La secretaria general, Cristina Raya Pérez.

(03/34.096/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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