Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 309

Fecha del Boletín 
28-12-2021

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211228-57

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

URBANISMO

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Alcalá de Henares. Urbanismo. Estatutos junta compensación

La excelentísima Junta de Gobierno Municipal, en sesión celebrada el día 19 de noviembre de 2021, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

«La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros, acuerda aprobar la propuesta presentada, y en consecuencia, la aprobación definitiva de la modificación puntual de los Estatutos de la Junta de Compensación de la Unidad de Ejecución 20-B “Poliseda” del PGOU.

El presente acuerdo será publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dándose traslado al Registro de Entidades Colaboradoras de Conservación de la Comunidad de Madrid, y notificado individualmente a todos los propietarios integrantes de la Junta de Compensación».

Frente al presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación. Transcurrido dicho plazo, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid que corresponda, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación del presente acuerdo.

En el supuesto de que interponga el recurso potestativo de reposición, éste se entenderá desestimado de no ser resuelto expresamente por este Ayuntamiento en el plazo de un mes, quedando expedita la vía contenciosa-administrativa ante el Juzgado antes citado por el plazo de seis meses, contado a partir del día siguiente al de terminación del plazo para resolver expresamente. Si dicho recurso potestativo de reposición fuera expresamente resuelto por este Ayuntamiento, el plazo para la interposición del recurso contencioso-administrativo será de dos meses, contados a partir del día siguiente a aquél en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición.

Todo ello según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de que se considere ejercitar cualquier otro recurso o acción que estime pertinente.

Alcalá de Henares, a 10 de diciembre de 2021.—La TAG jefe de Servicio de Planeamiento y Gestión Urbanística, P. D. F. del secretario titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local de fecha 23 de junio de 2020, Julia María Sánchez.

(02/33.937/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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