Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 1

Fecha del Boletín 
03-01-2022

Sección 1.4.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220103-33

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

33
ADENDA de 7 de diciembre de 2021, de prórroga para el año 2022, del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, la Unión de Consumidores de la Comunidad de Madrid (UCE) y los Ayuntamientos de El Álamo, Chinchón, Colmenar de Oreja, Morata de Tajuña, Nuevo Baztán, Perales de Tajuña, Titulcia, Villaconejos y la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, para implantar un sistema de información al consumidor.

REUNIDOS

De una parte, don Manuel Llamas Fraga, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid en su calidad de viceconsejero de Economía, nombrado mediante Decreto 127/2021, de 30 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 155, de 1 de julio). Actúa por delegación del consejero de Economía, Hacienda y Empleo, de acuerdo con lo previsto en la Orden de 19 de febrero de 2021, de la extinta Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones; en relación con el artículo 5 del Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y con el artículo 4 del Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.

De otra, don Jorge Sanz Fernández, en su condición de Secretario General de la Unión de Consumidores de la Comunidad de Madrid (UCE), con N.I.F. G78462553 y domicilio social en calle Mar Rojo, 5, local 1, 28821 Coslada; en virtud de las facultades que le otorgan los estatutos de la entidad, de acuerdo con el nombramiento de fecha 11 de julio de 2020.

Y de otra:

Doña Natalia Quintana Serrano, Alcaldesa del Ayuntamiento de El Álamo, con N.I.F. P-800400-J, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 15 de junio de 2019 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

Don Francisco Javier Martínez Mayor, Alcalde del Ayuntamiento de Chinchón, con N.I.F. P-2805200-I, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 15 de junio de 2019 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

Don David Moya Aguilar, Alcalde del Ayuntamiento de Colmenar de Oreja, con N.I.F. P-2804300-H, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 15 de junio de 2019 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

Don José María Porras Agenjo, Alcalde del Ayuntamiento de Griñón y presidente de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid (integrada por los municipios de Griñón, Torrejón de Velasco, Torrejón de la Calzada, Moraleja de Enmedio, Serranillos del Valle y Batres), con N.I.F. P-2800094-A, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 23 de julio de 2019 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

Don Ángel Marcelo Sánchez Sacristán, Alcalde del Ayuntamiento de Morata de Tajuña, con N.I.F. P-2809100-G, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 15 de junio de 2019 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

Doña Gema Pacheco Huecas, Alcaldesa del Ayuntamiento de Nuevo Baztán, con N.I.F. P-2810000-F, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 15 de junio de 2019 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

Doña Yolanda Cuenca Redondo, Alcaldesa del Ayuntamiento de Perales de Tajuña, con N.I.F. P-2811000-E, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 15 de junio de 2019 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

Doña Francisca Suárez Roldán, Alcaldesa del Ayuntamiento de Titulcia, con N.I.F. P-2814700-G, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 15 de junio de 2019 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

Don Adolfo Pacheco Sánchez, Alcalde del Ayuntamiento de Villaconejos, con N.I.F. P-2817000-I, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad de fecha 15 de junio de 2019 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.

Actuando las partes en razón de sus respectivos cargos y reconociéndose mutuamente capacidad jurídica suficiente para este acto,

EXPONEN

I. Que el 26 de diciembre de 2019 se suscribió un convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la extinta Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, la Unión de Consumidores de la Comunidad de Madrid (UCE) y los Ayuntamientos de El Álamo, Chinchón, Colmenar de Oreja, Morata de Tajuña, Nuevo Baztán, Perales de Tajuña, Titulcia, Villaconejos y la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, para implantar un sistema de información al consumidor.

II. Que el 14 de diciembre de 2020 se suscribió adenda de prórroga y modificación del convenio. Dicha modificación establecía tres tipos de escenarios para la prestación del servicio, en función de la situación epidemiológica y las medidas adoptadas por las autoridades competentes para hacer frente a la expansión de la COVID-19. Su objeto era regular la prestación telemática y telefónica bajo determinadas condiciones, para evitar así la interrupción del servicio cuando no sea posible la atención presencial. La vigencia de la prórroga finaliza el 31 de diciembre de 2021.

III. Que las partes se encuentran satisfechas con los resultados alcanzados con la ejecución de dicho convenio, reconocen mutuamente su buen desarrollo y desean prorrogarlo por un año más.

IV. Que se mantienen las condiciones económicas previstas para la implantación de un sistema de información al consumidor en los municipios firmantes y se actualiza su imputación al presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo para el ejercicio 2022.

En atención a lo expuesto, las partes acuerdan formalizar la presente adenda con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Prórroga del convenio de colaboración

De conformidad con lo previsto en la cláusula undécima del convenio de colaboración suscrito el día 26 de diciembre de 2019 entre la Comunidad de Madrid, a través de la extinta Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, la Unión de Consumidores de la Comunidad de Madrid (UCE) y los Ayuntamientos de El Álamo, Chinchón, Colmenar de Oreja, Morata de Tajuña, Nuevo Baztán, Perales de Tajuña, Titulcia, Villaconejos y la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, para implantar un sistema de información al consumidor, las partes firmantes acuerdan unánimemente prorrogar la vigencia de dicho convenio por el plazo de un año, que tendrá efectos a partir del día 1 de enero de 2022 y hasta el día 31 de diciembre de 2022, previa inscripción de la presente adenda en el Registro de Convenios y Protocolos y publicación de la misma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Segunda

Financiación y pago

1. Se mantiene el importe de 54,45 euros (IVA incluido) por hora de servicio, que será financiado por la Comunidad de Madrid, y en 153 el número de horas en que se prestará el mismo, a razón de 3 horas consecutivas un día a la semana.

2. El importe máximo destinado a cada ayuntamiento asciende a 8.330,85 euros (IVA incluido).

3. Se mantiene la cuantía que la Comunidad de Madrid aportará para el desarrollo del convenio de colaboración durante la ejecución de la presente prórroga, fijada en la cláusula sexta y en el anexo I del mismo en la cantidad máxima de 83.308,50 euros (IVA incluido), actualizando la asignación presupuestaria al Subconcepto 22809 «otros convenios, conciertos o acuerdos» del Programa 492A «Consumo», del presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo para el ejercicio 2022.

4. La aportación de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo se ajustará al efectivo coste de los trabajos certificados por los ayuntamientos, considerando el máximo del importe del convenio.

Y siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de las partes, firman de forma sucesiva la presente adenda con los respectivos certificados electrónicos, considerándose firmado en Madrid, en la fecha en que se encuentre consignada la última firma de las partes.

Madrid, a 7 de diciembre de 2021.—El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 19 de febrero de 2021), el Viceconsejero de Economía, Manuel Llamas Fraga.—El Secretario General de la Unión de Consumidores de la Comunidad de Madrid (UCE), Jorge Sanz Fernández.—La Alcaldesa de El Álamo, Natalia Quintana Serrano.—El Alcalde de Chinchón, Francisco Javier Martínez Mayor.—El Alcalde de Colmenar de Oreja, David Moya Aguilar.—El Alcalde de Morata de Tajuña, Ángel Marcelo Sánchez Sacristán.—La Alcaldesa de Nuevo Baztán, Gema Pacheco Huecas.—La Alcaldesa de Perales de Tajuña, Yolanda Cuenca Redondo.—La Alcaldesa de Titulacia, Francisca Suárez Roldán.—El Alcalde de Villaconejos, Adolfo Pacheco Sánchez.—El Presidente de Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, José María Porras Agenjo.

(03/34.224/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220103-33