Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 11

Fecha del Boletín 
14-01-2022

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220114-78

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

78
Madrid. Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección Segunda. Procedimiento 998/2018

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sección Segunda

EDICTO

Doña María del Carmen Paloma Tuñón Lázaro, letrada de la Administración de Justicia de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Doy fe: Que por los magistrados don José Daniel Sanz Heredero (presidente de Sección), don Juan Francisco López de Hontanar Sánchez, don José Ramón Chulvi Montaner y doña María Soledad Gamo Serrano (ponente) en el procedimiento ordinario número 988/2018, en el que han actuado como parte demandante, la Comunidad de Madrid, y como parte demandada, el Ayuntamiento de Madrid y Ecologistas en Acción Madrid-AEDENAT, se ha dictado sentencia de fecha 27 de julio de 2020, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

«Fallamos

Que debemos estimar y estimamos parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el letrado de la Comunidad de Madrid contra la Ordenanza de Movilidad Sostenible aprobada por el Pleno del excelentísimo Ayuntamiento de Madrid en sesión extraordinaria celebrada el 5 de octubre de 2018 y el acumulado sustanciado con el número de autos 1091/2018 decretando, en consecuencia, la nulidad de los artículos 21 al 25 de la referida Ordenanza y del acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de fecha 29 de octubre de 2018, por el que se desarrolla el régimen de gestión y funcionamiento de la Zona de Bajas Emisiones “Madrid Central”.

No se hace especial pronunciamiento en cuanto a las costas procesales causadas».

En Madrid, a 20 de diciembre de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/35.553/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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