Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 13

Fecha del Boletín 
17-01-2022

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220117-31

Páginas: 5


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL

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PUBLICACIÓN de 20 de diciembre de 2021, del Anexo al convenio marco entre la Comunidad de Madrid, Consejería de Familia, Juventud y Política Social y la Universidad San Pablo-CEU de Madrid, para la realización de prácticas académicas de alumnos del Grado de Fisioterapia en centros y/o servicios de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, correspondiente al curso 2021-2022.

En Madrid, 20 de diciembre de 2021.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. D.a María Concepción Dancausa Treviño, Consejera de Familia, Juventud y Política Social, de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 47/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

De otra parte, D.a Rosa M.a Visiedo Claverol, Rectora Magnífica de la Universidad San Pablo-CEU, actuando en nombre y representación de la Universidad, con domicilio en Madrid, calle de Isaac Peral, número 58, con CIF G-28423275, en uso de las facultades que tiene conferidas según nombramiento en Junta celebrada el 13 de julio de 2019 del Patronato de Universidad San Pablo-CEU, y en virtud de escritura de apoderamiento otorgada ante el Notario de Madrid, D. Segismundo Álvarez Royo-Villanova en fecha 22 de julio de 2019, bajo el número de protocolo 2.716.

Las partes se reconocen mutuamente la plena capacidad legal necesaria para formalizar el presente Anexo, y en el ejercicio de las facultades que por razón de su cargo tienen atribuidas, y a tal efecto,

MANIFIESTAN

Que el presente Anexo trae causa en el Convenio firmado entre la Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid y la Universidad San Pablo-CEU de Madrid, en adelante “la Universidad”, de fecha 8 de noviembre de 2021.

Que, en cumplimiento de lo establecido en la Cláusula Séptima del referido Convenio, y de acuerdo con el art. 7.2 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, se recogen y detallan en el presente Anexo los siguientes,

APARTADOS

Primero

Programa/proyecto formativo de prácticas

1. Fisioterapia

Dentro del programa práctico, la culminación del mismo se encuentra establecido en un módulo específicamente orientado al desarrollo de las competencias relativas a las habilidades, aplicación de conocimientos y desarrollo de la capacidad investigadora. Dentro de este módulo, a través de la materia de Estancias Clínicas, se persigue que el alumno alcance los siguientes objetivos:

— Proporcionar una atención de Fisioterapia eficaz e integral y derivar al paciente a otros profesionales cuando sea necesario, estableciendo un nivel de cooperación de forma efectiva y coordinada con los demás miembros del equipo multidisciplinar Aclarar, solucionar dudas y orientar al paciente y a sus familiares durante todo el proceso terapéutico.

— Elaborar y cumplimentar de forma sistemática la Historia Clínica de Fisioterapia, donde se registren de forma adecuada y eficaz todos los pasos seguidos, desde la recepción del paciente/usuario hasta el informe de alta de Fisioterapia, manteniendo la confidencialidad de los datos a los que accede en función de su trabajo.

— Adquirir habilidades de gestión clínica que incluyan el uso eficiente de los recursos sanitarios y desarrollar actividades de planificación, gestión y control en las unidades asistenciales donde se preste atención en fisioterapia y su relación con otros servicios sanitarios. Diseñar el plan de intervención de Fisioterapia, coordinarlo utilizando las herramientas terapéuticas propias, estableciendo el pronóstico, evaluando los resultados obtenidos y decidiendo sobre el alta fisioterapéutica.

Los estudiantes deberán desarrollar mediante estas prácticas las siguientes competencias:

Competencias básicas y generales

CB.T.4. Adquirir la experiencia clínica adecuada que proporcione habilidades intelectuales y destrezas técnicas y manuales; que facilite la incorporación de valores éticos y profesionales; y que desarrolle la capacidad de integración de los conocimientos adquiridos; de forma que, al término de los estudios, los estudiantes sepan aplicarlos tanto a casos clínicos concretos en el medio hospitalario y extrahospitalario, como a actuaciones en la atención primaria y comunitaria.

CB.T.5. Valorar el estado funcional del paciente, considerando los aspectos físicos, psicológicos y sociales.

CB.T.6. Valoración diagnóstica de cuidados de fisioterapia según las normas y con los instrumentos de validación reconocidos internacionalmente.

CB.T.7. Diseñar el plan de intervención de fisioterapia atendiendo a criterios de adecuación, validez y eficiencia.

CB.T.8. Ejecutar, dirigir y coordinar el plan de intervención de fisioterapia, utilizando las herramientas terapéuticas propias y atendiendo a la individualidad del usuario.

CB.T.9. Evaluar la evolución de los resultados obtenidos con el tratamiento en relación con los objetivos marcados.

CB.T.10. Elaborar el informe de alta de los cuidados de fisioterapia una vez cubiertos los objetivos propuestos.

CB.T.11. Proporcionar una atención de fisioterapia eficaz, otorgando una asistencia integral a los pacientes.

CB.T.12. Intervenir en los ámbitos de promoción, prevención, protección y recuperación de la salud.

CB.T.13. Saber trabajar en equipos profesionales como unidad básica en la que se estructuran de forma uni o multidisciplinar, e interdisciplinar los profesionales y demás personal de las organizaciones asistenciales.

CB.T.15. Participar en la elaboración de protocolos asistenciales de Fisioterapia basada en la evidencia científica, fomentando actividades profesionales que dinamicen y tengan proyección la investigación en Fisioterapia.

CB.T.16. Llevar a cabo las intervenciones fisioterapéuticas, basándose en la atención integral de la salud que supone la cooperación multiprofesional, la integración de los procesos y la continuidad asistencial.

CB.T.18. Adquirir habilidades de gestión clínica que incluyan el uso eficiente de los recursos sanitarios y desarrollar actividades de planificación, gestión y control en las unidades asistenciales donde se preste atención en Fisioterapia y su relación con otros servicios sanitarios.

CB.T.19. Comunicarse de modo efectivo y claro, tanto de forma oral como escrita, con los usuarios del sistema sanitario, así como con otros profesionales.

Competencias específicas

CE.1.EC. Demostrar que comprende y que es capaz de implementar los métodos de análisis crítico, desarrollo de teorías y su aplicación al campo disciplinar de la Fisioterapia.

CE.2.EC. Establecer el diagnóstico en Fisioterapia según las normas y con los instrumentos de validación reconocidos internacionalmente, realizando consultas, evaluaciones y reevaluaciones del paciente, recogiendo datos, solicitando, ejecutando e interpretando exámenes propedéuticos y complementarios.

CE.3. EC. Ejecutar, dirigir y coordinar el plan de intervención de Fisioterapia utilizando las herramientas terapéuticas propias y atendiendo a la individualidad del usuario, estableciendo el pronóstico y evaluar la evolución de los resultados obtenidos con el tratamiento en relación con los objetivos marcados, decidiendo el alta fisioterapéutica.

CE.4. EC. Proporcionar una atención de Fisioterapia eficaz e integral y derivar al paciente a otros profesionales cuando sea necesario, estableciendo un nivel de cooperación de forma efectiva y coordinada con los demás miembros del equipo multidisciplinar.

CE.5. EC. Elaborar y cumplimentar de forma sistemática la Historia Clínica de Fisioterapia completa, donde se registre de forma adecuada y eficaz todos los pasos seguidos desde la recepción del paciente/usuario hasta el informe de alta de Fisioterapia.

CE.6. EC. Aclarar, solucionar dudas y orientar al paciente y a sus familiares durante todo el proceso terapéutico.

CE.7. EC. Mantener la confidencialidad de los datos a los que accede en función de su trabajo.

CE.8. EC. Incorporar la investigación científica y la práctica basada en la evidencia como cultura profesional.

Los resultados del aprendizaje serán:

— El alumno será capaz de diseñar, ejecutar y evaluar el Método de Intervención en Fisioterapia en una situación clínica real.

— El alumno será capaz de integrarse en un equipo asistencial multidisciplinar.

— El alumno será capaz de aplicar en una situación clínica real sus conocimientos y habilidades desarrollados.

Para la evaluación de la adquisición de competencias y resultados del aprendizaje, se utilizarán los siguientes sistemas:

— Evaluación del Tutor Clínico: La evaluación final del bloque se realizará mediante una rúbrica con las competencias que el alumno debe desarrollar en la práctica. El tutor reflejará la adquisición de estas habilidades y destrezas según su percepción una vez concluido el periodo de prácticas. Cada ítem se valora con dos puntos si considera que ha adquirido la habilidad, un punto si la ha adquirido parcialmente y cero puntos si no la ha adquirido. En aquellos ítems en los que el tutor no sea capaz de decantarse por una opción, este puede dejarlos en blanco. La calificación del bloque se realizará sobre 10 puntos obtenidos mediante una regla de tres aplicada al resultado de la rúbrica.

Asimismo evaluará una serie de aspectos actitudinales y de cualidades exigidas en esta práctica clínica, puntuándolos entre 1 y 5 puntos.

— Portafolios del Alumno: Su evaluación será realizada por el tutor académico del alumno/a. La evaluación final del bloque será la media aritmética de la calificación sobre 10 puntos de los siguientes criterios:

• Presentación: obligatorio realizarla en el formato estandarizado de la Facultad de Medicina. Se valora la claridad en la exposición, limpieza y organización de los datos. Se tendrá en cuenta también entregarla en el plazo fijado para ello debidamente encuadernada en un solo volumen.

• Adecuación al lenguaje clínico: correcta expresión en el lenguaje técnico clínico, sin vulgarizaciones o expresiones populares en la recogida de datos y su tratamiento.

• Casos clínicos: Se realizarán dos casos clínicos.

• El portafolios se entregará a través de la aplicación informática propuesta, y en formato digital, en un plazo máximo de 1 día lectivo tras la finalización de las prácticas clínicas. Dicho portafolios será visible para el tutor académico del alumno y los responsables de la asignatura (Ver apartado 2).

• El portafolios es imprescindible para superar la asignatura y deberá tener una calificación mínima de un 5, para que se compute la media con la evaluación del tutor clínico. Si no se entregara la asignatura se calificará como no presentado.

Segundo

Calendario

Los periodos de realización de prácticas curriculares, en función del horario que se acuerde con la Consejería, así como sus posibilidades de horario asistencial, son:

Fisioterapia: Del 18 de enero al 29 de abril de 2022 (se realizarán del martes a viernes). El número de horas de prácticas a realizar por cada alumno será de 430 horas por rotación/plaza.

Tercero

Desarrollo de las prácticas

El desarrollo de las prácticas se establecerá de acuerdo con las características de las mismas y las disponibilidades de la Consejería.

Los horarios serán compatibles con la actividad académica y formativa y de representación y participación desarrollado por el estudiante en la Universidad, debiendo el alumno comunicarlas con antelación suficiente al profesional-tutor.

Cuarto

Obligaciones del estudiante

Los estudiantes que realicen las prácticas estarán sujetos al régimen general establecido en el Convenio Marco firmado y a las condiciones concretas de este Anexo.

El estudiante deberá:

— Cumplir la normativa vigente establecida por la Universidad.

— Conocer y cumplir el proyecto formativo siguiendo las indicaciones del profesional-tutor de la Consejería.

— Incorporarse al centro y/o servicio donde vaya a realizar las prácticas en la fecha acordada, cumplir el horario previsto, justificar debidamente sus faltas de asistencia ante la Consejería y la Universidad y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales del mismo.

— Guardar confidencialidad y secreto sobre las informaciones, documentos o asuntos a los que tenga acceso o de los que tenga conocimiento durante el desarrollo de las prácticas. A estos efectos, cada estudiante deberá firmar, antes del inicio de aquéllas, un compromiso sobre confidencialidad y protección de datos de carácter personal, que le será presentado por el centro y/o servicio de la Consejería en el que realice las prácticas.

— Mostrar una actitud respetuosa hacia la política de la Consejería.

— Elaborar y entregar al profesor tutor de la Facultad una memoria final, a la conclusión de las prácticas, según el modelo facilitado por dicha Universidad.

— No hacer uso de los trabajos realizados en la práctica sin la autorización expresa y previa de la Consejería.

Quinto

Número de plazas y centros y/o servicios para los que se solicita la inclusión de alumnos

La Universidad San Pablo-CEU de Madrid solicita plazas de prácticas para el Grado de Fisioterapia, en los centros y servicios dependientes de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, para el curso académico 2021-2022.

Las plazas y centros y servicios de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social a los que la Universidad San Pablo-CEU de Madrid puede acceder para la asignación de alumnos en prácticas para el Grado de Fisioterapia, durante el curso 2021-2022 son los siguientes:

Se admite la posibilidad de que esta asignación de plazas pueda sufrir alguna variación en función de las necesidades y/o situaciones especiales de ambas instituciones, siendo en este caso necesario que se notifique previamente a la otra parte.

Sexto

Profesores-tutores responsables de las prácticas

Séptimo

Oferta formativa para los profesionales tutores

La Universidad, facilitará a los profesionales-tutores el acceso a su fondo bibliográfico y documental, así como a sus distintas bibliotecas, respetando, en todo caso, las normas de acceso y uso de las mismas.

La Consejería podrá proponer a la Universidad la posibilidad de organizar cursos y otras acciones formativas concretas dirigidas a los profesionales-tutores.

Los profesionales-tutores de los Centros de prácticas tendrán acceso a los siguientes servicios de la Universidad:

— Al reconocimiento honorífico de su actividad colaboradora, que se concretará a través de un Certificado en el que conste su nombramiento de “Tutor de prácticas externas” por la labor desempeñada como tutor del estudiante en prácticas.

— A ser informado acerca de la normativa que regula las prácticas externas, así como del Proyecto Formativo y de las condiciones de su desarrollo.

— A mantener contacto con los responsables de prácticas externas y/o con los tutores académicos designados por la Universidad para obtener la información y el apoyo necesarios para el cumplimiento de los fines propios de su función.

— A tener acceso a los servicios de la Biblioteca y bases de datos dentro de la categoría de Investigador de la Universidad, así como a las instalaciones deportivas en las mismas condiciones que el personal de la Universidad. En ambos casos, deberán solicitar una acreditación previa de su condición al Responsable de prácticas del Centro.

— Información y acceso a conferencias y charlas organizadas por las Facultades.

Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente Anexo, siendo la fecha de formalización del mismo la correspondiente a la de la firma de la Comunidad de Madrid, o en ausencia de fecha en la firma, a la que figure en el encabezamiento.

Madrid, a 20 de diciembre de 2021.—La Consejera de Familia, Juventud y Política Social, María Concepción Dancausa Treviño.—La Rectora Magnífica de la Universidad San Pablo-CEU, Rosa María Visiedo Claverol.

(03/35.038/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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