Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 14

Fecha del Boletín 
18-01-2022

Sección 1.2.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220118-2

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

2
RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 2021, de la Directora General de Función Pública, por la que se aprueba y publica el programa, regulación y duración del curso selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos Superiores Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos, Especialidad de Bibliotecas, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, previsto en la Orden 143/2019, de 22 de enero, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno.

Mediante la Orden 143/2019, de 22 de enero, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 18 de febrero), se convocaron pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos Superiores Facultativos de Archivos, Bibliotecas y Museos, Especialidad de Bibliotecas, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid.

La citada Orden, en el apartado 6.4, establece como última fase del proceso selectivo la participación de los aspirantes en un curso selectivo, obligatorio y eliminatorio que será organizado por la Dirección General de Función Pública, y cuyo programa, regulación y duración concreta se establecerá por Resolución de la citada Dirección General, tomando en consideración la propuesta que, a tal efecto, formule la Dirección General de Patrimonio Cultural.

En virtud de cuanto antecede, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 3.4 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los órganos de la Administración de la Comunidad de Madrid, de sus organismos autónomos, órganos de gestión y empresas públicas en materia de personal,

RESUELVO

Primero

Objetivo general y alcance

La finalidad primordial del curso selectivo es la adquisición de las habilidades y conocimientos, tanto teóricos como prácticos, que complementen los adquiridos durante la oposición, en orden a garantizar la preparación específica de los aspirantes y la acreditación de las aptitudes necesarias para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo y Especialidad a los que se pretende acceder.

Segundo

Duración y programa

1. El curso selectivo tendrá una duración de 160 horas lectivas.

2. El programa estará integrado por los siguientes grupos de materias, con la duración que igualmente se indica a continuación:

— Grupo 1 “Parte General”: 100 horas.

• Módulo I: “Servicios públicos de lectura”: 20 horas.

• Módulo II: “Área del libro y la lectura”: 15 horas.

• Módulo III: “Coordinación técnica y apoyo al sistema de lectura pública regional”: 20 horas.

• Módulo IV: “Patrimonio bibliográfico”: 15 horas.

• Módulo V: “Actividad editorial y difusión”: 5 horas.

• Módulo VI: “Gestión económico-administrativa”: 25 horas.

• Módulo VII: “Visitas a bibliotecas y servicios bibliotecarios”. A lo largo del desarrollo del curso tendrá lugar la visita a determinadas bibliotecas y servicios bibliotecarios. El tiempo dedicado a las mismas no se computará como período lectivo a efectos del cómputo total de horas de duración del curso, pero su asistencia, en los términos prevenidos en el apartado siguiente, será obligatoria.

— Grupo 2 “Parte Específica. Prácticas”: 60 horas.

• Módulo I: “Libro y fomento de la lectura”: 15 horas.

• Módulo II: “Lectura pública”: 15 horas.

• Módulo III: “Biblioteca Regional y patrimonio bibliográfico”: 15 horas.

• Módulo IV: “Coordinación técnica y desarrollos digitales”: 15 horas.

Los aspirantes realizarán durante las prácticas un trabajo de campo aplicando los conocimientos adquiridos durante la fase de oposición y curso selectivo. Estas prácticas se realizarán en los lugares indicados en el apartado sexto de esta resolución, por los que irán rotando de forma individualizada los alumnos hasta completar la duración completa de este grupo de materias.

Tercero

Régimen académico

Será obligatoria la asistencia a las clases y actividades programadas, así como la realización de los trabajos y pruebas que se soliciten a los participantes durante el desarrollo del curso. El incumplimiento de este requisito, salvo causas justificadas valoradas por la Dirección General de Función Pública, originará la imposibilidad de concurrir a la prueba de superación del curso y, por tanto, la pérdida del derecho a ser nombrado funcionario de carrera.

Los aspirantes que no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por la Dirección General de Función Pública, podrán participar, por una sola vez, en el curso inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

Cuarto

Régimen disciplinario

Durante la realización del curso selectivo los aspirantes, que previamente habrán sido nombrados funcionarios en prácticas, estarán sometidos a la normativa sobre régimen disciplinario aplicable a los funcionarios, sin perjuicio de las normas especiales que regulen su procedimiento de selección.

El incumplimiento injustificado de las obligaciones académicas por parte de los aspirantes supondrá la pérdida de los derechos adquiridos, sin perjuicio de los efectos que pudieran derivarse del régimen disciplinario.

Quinto

Sistema de evaluación

Sin perjuicio de las obligaciones académicas anteriormente expuestas, y de conformidad con lo dispuesto en la base 7.3 de la Orden 143//2019, de 22 de enero, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, a efectos de la superación del curso, los aspirantes deberán obtener la calificación de “apto”.

Para la obtención de la calificación de apto, los aspirantes que participen en el curso selectivo deberán realizar una memoria cuyo contenido versará sobre los conocimientos teórico-prácticos recibidos durante el desarrollo del curso. Esta memoria deberá versar sobre alguno de los siguientes temas a elección del alumno:

— “Depósito Legal y Patrimonio Bibliográfico”.

— “Organización de servicios públicos bibliotecarios”.

— “Política de colecciones”.

— “Programa anual de actividades de fomento de la lectura”.

Las memorias deberán ser entregadas para su calificación por el Tribunal Calificador en una sesión específica que se constituirá para la recepción de las mismas, cuya fecha y lugar serán comunicados a los participantes en el curso a lo largo del desarrollo de las prácticas. Esta entrega, en ningún caso podrá ser anterior a los 15 días naturales siguientes a la finalización del correspondiente período de prácticas.

Las memorias deberán presentarse a una sola cara con tipo de letra Arial 11 e interlineado sencillo. La extensión la determinará el aspirante, debiendo estar comprendida entre una extensión mínima de 10 páginas y máxima de 20.

La estructura de la memoria deberá contener, al menos, los siguientes apartados:

— Índice.

— Introducción. Exposición de objetivos con breve descripción de los capítulos o apartados, metodología empleada y principales conclusiones.

— Desarrollo del tema, organizado en capítulos o apartados.

— Conclusiones.

— Referencias consultadas.

— Anexos (optativo).

La memoria será calificada por el correspondiente Tribunal Calificador como “apta” o “no apta”, debiéndose tomar en consideración, a tal efecto, los siguientes criterios de valoración:

— Nivel y comprensión de conocimientos.

— Ordenación y conexión de ideas.

— Claridad y dinamismo en la redacción.

Sin perjuicio del sistema de citas comúnmente establecido, la reproducción, total o parcial, de cualquier artículo, publicación, tesis doctoral, etc., que pudiera existir en la temática correspondiente dará lugar a la calificación de la memoria como “no apta”.

No se entenderá superado el curso si la calificación obtenida es “no apta”, perdiendo el aspirante afectado por dicha calificación el derecho a su nombramiento como funcionario de carrera mediante Resolución motivada de la Dirección General de Función Pública, a propuesta del Tribunal Calificador.

Finalizado el curso selectivo, el Tribunal Calificador hará pública, en los términos expresados en el último párrafo de la base 6.2.6 de la Orden 143/2019, de 22 de enero, la relación de los aspirantes que lo hayan superado.

Sexto

Sesión inaugural y lugar de impartición

A efectos de dar inicio al curso selectivo, se convoca a todos los aspirantes que hayan superado la fase de oposición del proceso de referencia a que comparezcan el día 7 de febrero de 2022, a las 09:00 horas, en la sede de la Biblioteca Regional de Madrid, ubicada en la calle Ramírez de Prado, número 3, 28045 Madrid.

El curso selectivo se impartirá, en atención a los módulos de que consta el mismo, en los lugares que se indican a continuación:

— Módulos I a VI: Se celebrarán en la sede de la Biblioteca Regional de Madrid, sita en la calle Ramírez de Prado, número 3, 28045 Madrid.

— Módulo VII: Se desarrollará en las sedes de las diferentes bibliotecas y servicios bibliotecarios objeto de vista, todas ellas en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

— Módulo VIII: Las clases prácticas se impartirán en las sedes de la Subdirección General del Libro y Biblioteca Regional de Madrid, ambas situadas en la calle Ramírez de Prado, número 3, de Madrid, y en la Red de Bibliotecas Públicas de la Comunidad de Madrid, dentro del ámbito territorial del municipio de Madrid.

Si las características propias de alguna de las clases previstas o circunstancias sobrevenidas lo hicieran necesario, podrá establecerse otro lugar de impartición previa comunicación a los aspirantes con la suficiente antelación.

Séptimo

Recursos

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Hacienda, dentro del plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, conforme a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, a 23 de diciembre de 2021.—La Directora General de Función Pública, María José Esteban Raposo.

(03/231/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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