Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 14

Fecha del Boletín 
18-01-2022

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220118-39

Páginas: 13


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL

39
CONVENIO de 23 de diciembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y la Asociación Auxiliares del Buen Pastor Villa Teresita, por el que se formaliza la concesión directa de una subvención por importe de 60.000 euros destinados a financiar el programa de emergencia crisis COVID-19, para mujeres víctimas de trata, violencia y explotación sexual, en situación de extrema vulnerabilidad, en 2021.

En Madrid, a 23 de diciembre de 2021.

REUNIDOS

De una parte, la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, Dña. María Concepción Dancausa Treviño, en virtud del Decreto 47/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, para el ejercicio de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

Y de otra, Dña. M.a Concepción Jiménez Aragón, en nombre y representación de la Asociación Auxiliares del Buen Pastor Villa Teresita, calle Emilio Rubín, número 4, Madrid, con NIF R-2800493-E, nombrada Directora General en la Asamblea General celebrada por dicha Asociación los días 9 a 15 de noviembre de 2021, según consta en el certificado de la Secretaria General de la Asociación Auxiliares del Buen Pastor Villa Teresita de fecha 23 de diciembre de 2021.

Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio y

MANIFIESTAN

I. La Ley 5/2005, de 20 de diciembre, Integral contra la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid, incluye dentro de su ámbito de aplicación toda agresión física o psíquica a una mujer, que sea susceptible de producir en ella menoscabo de su salud, de su integridad corporal, de su libertad sexual, o cualquier otra situación de angustia o miedo que coarte su libertad, así como la ejercida sobre los menores y las personas dependientes de una mujer cuando se agreda a los mismos con ánimo de causar perjuicio a aquella.

Considera actos de violencia de genero las conductas que tengan por objeto mantener a la mujer en la sumisión, ya sea forzando su voluntad y su consentimiento o impidiendo el ejercicio de su legítima libertad de decisión en cualquier ámbito de su vida personal. Entre los actos de violencia se encuentra la trata de mujeres con fines de explotación sexual.

II. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y las demás disposiciones en vigor, corresponde a la persona titular de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, el desarrollo general, la coordinación, la dirección y ejecución de las políticas del Gobierno, entre otros, en los ámbitos de asistencia a las víctimas, prevención y erradicación de la violencia de género, a través de la adopción de medidas dirigidas a prevenir y erradicar cualquier manifestación de la violencia que se ejerce sobre las mujeres, sus hijos e hijas y otras personas dependientes de ellas.

III. De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de sus Estatutos, Auxiliares del Buen Pastor-Villa Teresita tiene como objetivo el seguimiento de Cristo conforme a las exigencias evangélicas de caridad, manifestado especialmente en el apostolado con la mujer marginada y prostituida.

IV. El presente proyecto tiene por objeto facilitar durante el año 2021 la atención integral a mujeres víctimas de trata, violencia y explotación sexual en situación de extrema vulnerabilidad por la crisis generada por el COVID-19.

V. El artículo 4.5.c) 3.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, autoriza la concesión de forma directa con carácter excepcional de aquellas subvenciones en las que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, previa aprobación por Acuerdo de Consejo de Gobierno.

VI. De conformidad con el artículo 4.6 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, se ha emitido informe justificativo de la concurrencia de las razones excepcionales que aconsejan la utilización del procedimiento de concesión directa, firmado por el titular de la Consejería competente con fecha de 20 de julio de 2021.

En virtud de lo anteriormente expuesto, ambas partes suscriben el presente Convenio conforme a las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera

Objeto del convenio

El presente Convenio tiene por objeto regular el contenido y las condiciones de desarrollo para la realización del proyecto denominado “Programa de Emergencia crisis COVID-19, para mujeres víctimas de trata, violencia y explotación sexual, en situación de extrema vulnerabilidad” a ejecutar por Auxiliares del Buen Pastor-Villa Teresita que tiene por finalidad la atención integral a mujeres víctimas de trata, violencia y explotación sexual, en situación de extrema vulnerabilidad.

Segunda

Características del Proyecto

Ante la situación de crisis sanitaria derivada de la COVID-19, se ha generado una situación de crisis social, de empleo y económica, haciéndose urgente una respuesta inmediata e integral que pueda atender a las mujeres con mayor vulnerabilidad, que han sufrido esta crisis con un mayor impacto, quedando fuera de todos los recursos sociales, y las ayudas económicas establecidas por el Gobierno.

Se trata de las mujeres más invisibles para el sistema, aquellas que son víctimas de trata y de explotación y no tienen reconocidos muchos de los derechos que les corresponderían como ciudadanas y que les permitiría el acceso a los recursos y ayudas establecidas, especialmente las generadas en este tiempo de pandemia.

Estas mujeres se han visto en situaciones de verdadera indefensión, aisladas con sus tratantes, obligadas a seguir ejerciendo y pagando deudas, aún en pleno confinamiento. Se han visto casi desahuciadas, sin alimentos, sin productos de higiene ni limpieza. Mujeres que estaban saliendo de la situación de trata en que estaban en el momento de la emancipación, y se han visto de nuevo sin trabajo y sin medios económicos con los que poder emprender un nuevo camino.

Según explican ellas mismas, el ejercicio de la prostitución no cesó, si bien bajó el nivel de la actividad, quedando obligadas a ejercer casi sin medios de protección, y estando expuestas a contraer el virus.

Muchas mujeres, supervivientes de violencia y explotación, aún sin permiso de trabajo y residencia, se han visto afectadas especialmente, por perder su trabajo en el ámbito doméstico de limpieza y cuidado de personas mayores.

La mayoría de estas mujeres están en situación administrativa irregular, por lo que tienen dificultades para acceder al sistema público de salud, desconociendo muchas de ellas sus derechos en caso de enfermar. Al ser así, muchas no notifican los síntomas que tienen, y tienen miedo de salir a la calle por si son detenidas e identificadas como inmigrantes irregulares, lo que conllevaría su expulsión o multa, lo que en algunos casos aumentaría la deuda que tienen con la red que las explota.

Les es difícil pedir ayudas a través de Servicios Sociales, no solo por la situación administrativa irregular, sino por no ser reconocida en situación de prostitución. Es importante tener en cuenta que durante este tiempo de pandemia, las mujeres que han ejercido la prostitución, se han visto recluidas en pisos o clubes, muchas de ellas sin medidas de protección, con el consiguiente riesgo de contagio, y el miedo a ser agredidas en este nuevo contexto de confinamiento.

La situación administrativa irregular, unida al bajo nivel de formación que presentan las mujeres necesitadas de protección, las sitúa fuera del acceso a cursos en este tiempo de restricciones y formación online, de los cursos organizados por la Administración y las entidades públicas, aumentando la brecha de la desigualdad y su situación de desventaja en el acceso a la formación y el derecho a la promoción para afrontar un futuro mejor para sus vidas y las de sus familias.

Todas son mujeres fuertes y valientes, a la vez que asustadas, resilientes y esperanzadas, pero a la vez agotadas por el sufrimiento, con mucha vulnerabilidad y en una situación crítica, que precisan de apoyos especializados y excepcionales en esta situación de crisis. Todas estas mujeres, muchas de ellas, con hijos menores a cargo, quedan fuera de los canales de acceso a los recursos ordinarios y necesitan contar con oportunidades, para una vida y un futuro dignos.

Las consecuencias de no contar con apoyos como el que se articula en virtud de este convenio, pone a estas mujeres en peligro de sufrir violencia, de ser explotadas, y de revivir una vulneración de derechos con consecuencias aún más graves para sus vidas.

Para ello Auxiliares del Buen Pastor-Villa Teresita cuenta con diferentes servicios y recursos que sirven de apoyo a las mujeres víctimas de trata, violencia y explotación sexual en situación de extrema vulnerabilidad.

Las características del proyecto mencionado se recogen de forma más amplia en el Anexo del presente convenio.

Tercera

Compromisos de la Comunidad de Madrid

La Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, se compromete a subvencionar con sesenta mil euros (60.000,00 euros) las actuaciones desarrolladas por la entidad Auxiliares del Buen Pastor-Villa Teresita, en ejecución del presente convenio, de conformidad con el presupuesto que figura a continuación:

Cuarta

Compromisos de la entidad beneficiaria

Auxiliares del Buen Pastor-Villa Teresita se compromete a realizar las actuaciones que sean necesarias para la gestión, ejecución y desarrollo del proyecto, a través de su infraestructura y el personal que adscribe a la ejecución, necesario conforme a lo estipulado en el Anexo del presente Convenio, y a presentar la justificación de dichas actuaciones y de los gastos correspondientes, en los términos y plazo indicados en el presente Convenio.

Con carácter previo a la suscripción del convenio, Auxiliares del Buen Pastor-Villa Teresita deberá acreditar, que no se encuentra incursa en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario/a establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. También deberá acreditar encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, salvo que estuvieran exoneradas de acuerdo con la normativa aplicable, así como de no tener deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas. La acreditación de este requisito se realizará de oficio por parte de la Consejería.

Asimismo, estará sujeta a las actuaciones de comprobación y verificación de la realización y gestión del proyecto y de sus gastos, por parte de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, la Intervención General de la Comunidad de Madrid, la Cámara de Cuentas u otros órganos competentes conforme a la legislación vigente aplicable en materia de subvenciones, debiendo incorporar a todas las actividades que se realicen en base a este Convenio, el logotipo oficial de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, haciendo constar en todas las publicaciones y material de información, difusión y divulgación del mismo la financiación de esta Administración.

Auxiliares del Buen Pastor-Villa Teresita se obliga a presentar declaración responsable del representante legal de la entidad, como responsable de los tratamientos de datos personales desarrollados como consecuencia del desarrollo de los programas del presente Convenio, por la que asuma cumplir con las obligaciones jurídicas, técnicas y organizativas establecidas en el Reglamento General UE 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, por el que se deroga la directiva 95/46/CE, (en adelante RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Quinta

Importe y abono de la subvención

La Comunidad de Madrid subvencionará los gastos previstos en el presente Convenio por importe de 60.000,00 euros con cargo a la partida 48070 del Programa 232B del Capítulo 4 Transferencias Corrientes, del vigente presupuesto de gastos presupuesto de gastos de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid.

El pago de este importe se realizará de forma anticipada, a la firma del Convenio mediante su ingreso en la cuenta y entidad bancaria que la Entidad beneficiaria designe a tal efecto.

De conformidad con el artículo 42 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de carácter básico, la entidad está exenta de constituir garantías para efectuar el anticipo a cuenta.

Para la realización del pago de la subvención, Auxiliares del Buen Pastor-Villa Teresita deberá presentar certificados de estar al corriente de obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. El certificado acreditativo de que dicha entidad no tiene deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid, o que, si las tiene, están debidamente garantizadas, se solicitará de oficio por el centro gestor.

Sexta

Gastos y período subvencionable

Serán gastos subvencionables:

— Costes de Personal: retribuciones y costes de seguridad social del personal contratado.

— Ayudas económicas para necesidades básicas: alimentación e higiene, pago del alquiler de habitaciones, transporte. Proyecto A tu lado.

— Mascarillas y geles hidroalcohólicos. Proyecto A tu lado.

— Ayudas de guardería. Proyecto Alternativa.

— Ayudas de emergencia para gastos de odontología. Proyecto Alternativa.

— Becas semanales mujeres Casa-Hogar. Proyecto Alternativa.

— Ayudas de alquiler de pisos y suministros. Proyecto Sobreviviré.

El período subvencionable a efecto de gastos será desde el 1 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021.

Séptima

Justificación de la subvención

La justificación de la subvención se presentará por Auxiliares del Buen Pastor-Villa Teresita antes del 31 de enero de 2022, en el registro electrónico de la Comunidad de Madrid, o cualquiera de las oficinas de registro a las que se refiere el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, conforme a las instrucciones y modelos establecidos por la Dirección General de Igualdad y contendrá:

1. Un informe final de carácter técnico en el que se expresen los objetivos y resultados alcanzados y las actividades desarrolladas, así como una evaluación global del impacto.

2. Una relación numerada de las facturas o documentos justificativos del gasto imputado a la subvención concedida, en papel y en formato digital (Excel), acompañada de los recibos, facturas y demás documentos que acrediten los gastos y sus pagos de acuerdo con las actividades del Convenio. Dichos documentos deberán contener una estampilla o diligencia en la que figure el nombre del proyecto y la indicación “Importe financiado por la Comunidad de Madrid”. En el supuesto de que solo una parte del gasto se impute al proyecto, deberá constar en la diligencia la cuantía exacta o el porcentaje de financiación que corresponda a cada financiador.

En el caso de prestaciones, además de las facturas que correspondieran, deberán tener en poder de la entidad para, en su caso, poderlo acreditar, el recibo firmado por el beneficiario de la prestación.

3. Una relación de los beneficiarios del proyecto con indicación del tipo de prestación y cuantía, en su caso, será recibida en formato seudonimizado.

4. Los costes del personal adscrito a la ejecución del proyecto por parte de la Entidad se justificarán con la presentación de las nóminas acompañadas de la documentación acreditativa de su pago, así como de los originales o fotocopias de los boletines de cotización a la Seguridad Social (TC1 y TC2), debidamente sellados por la oficina recaudadora.

Esta información se presentará, en formado seudonimizado, así como una certificación del representante legal de la entidad con los documentos que, en su caso, haya generado la realización de las actividades subvencionadas.

5. Una certificación original del representante legal de Auxiliares del Buen Pastor-Villa Teresita en la que se haga constar los siguientes aspectos: que las nóminas y demás documentos justificativos corresponden a gastos efectivamente realizados por la entidad y derivados de la finalidad para la que fue concedida la subvención; que la entidad los asume como propios y, en su caso, que los documentos originales quedan depositados en la sede de la entidad, a disposición de la Comunidad de Madrid para cualquier inspección.

6. Cuando las actividades hayan sido financiadas también con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas.

Octava

Comprobación material de la subvención

De conformidad con el artículo 32.1 de la ley 38/2003, General de Subvenciones, la Dirección General llevará a cabo la comprobación de la subvención, a cuyos fines suscribirá la correspondiente certificación de conformidad con sujeción a lo dispuesto en el artículo 25.7.b) del Decreto 45/1997, de 20 de marzo, por el que se desarrolla el Régimen de Control Interno y Contable ejercido por la Intervención General de la Comunidad de Madrid.

En particular, dicha certificación expresará que la documentación justificativa se ha presentado en el tiempo y la forma previstos en el presente convenio; que los gastos efectivamente realizados se adecuan en su naturaleza a la finalidad de la subvención y que se acredita la aplicación del total importe concedido.

Novena

Comisión de seguimiento

Se crea una comisión mixta de coordinación y seguimiento del convenio integrada por dos representantes de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social y dos representantes de Auxiliares del Buen Pastor-Villa Teresita.

La comisión de seguimiento será presidida por la persona titular de la Dirección General de Igualdad o persona en quien delegue y actuará como secretario/a un funcionario/a de la citada Dirección General.

Serán funciones de la citada comisión:

a) Resolver cuantas dudas y discrepancias surjan respecto a la interpretación y aplicación del convenio.

b) El control y supervisión de las actuaciones concretas que se realicen al amparo del mismo.

Dicha Comisión se regirá en su organización y funcionamiento por lo dispuesto para los órganos colegiados de las administraciones públicas en la normativa reguladora del régimen jurídico del Sector Público, debiendo establecer, como mínimo una reunión anual para el ejercicio de sus funciones.

De las actuaciones realizadas se dará cuenta a la Comisión de Presupuestos, Hacienda y Función Pública de la Asamblea de Madrid.

Décima

Reintegro

Procederá el reintegro de las cantidades recibidas y la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la subvención, y en la cuantía fijada por la legislación vigente aplicable en la materia, en los supuestos previstos en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones o en el artículo 11 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.

Decimoprimera

Alteración de las condiciones

Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones concedidas por cualquier entidad pública o privada, nacional o internacional, para el mismo fin, podrá dar lugar a la modificación de la subvención otorgada, existiendo la obligación de comunicar a la Dirección General de Igualdad esta circunstancia, tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.

El importe de la ayuda recibida, en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada, de conformidad con lo establecido en el artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Las ayudas previstas en el presente convenio serán compatibles con la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos de cualesquiera otras entidades públicas o privadas, que se destinen a financiar las actividades del convenio, siempre que el importe de estas ayudas o subvenciones, en ningún caso, sean de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia superen el coste de la actividad prevista en el convenio.

Decimosegunda

Protección de datos personales

11.1. Confidencialidad de la información: toda la información que compartan Auxiliares del Buen Pastor-Villa Teresita y la Dirección General de Igualdad, así como la que se genere como consecuencia de la ejecución del presente convenio, estará sujeta al deber de confidencialidad, ya sea por aplicación directa de la normativa de protección de datos personales, ya sea por el secreto profesional del personal empleado, no pudiendo ser divulgada, facilitada a terceros ni utilizada para una finalidad diferente a la de este Convenio, salvo acuerdo expreso de las partes firmantes.

La obligación de confidencialidad para las partes se extenderá indefinidamente aunque el convenio se hubiera extinguido. Todo ello sin perjuicio de la eventual autorización de las partes o, en su caso, de que dicha información pasara a ser considerada como de dominio público.

11.2. Protección de datos personales: el régimen de protección de datos personales, en las actuaciones que las partes desarrollen en ejecución del presente Convenio, será el previsto en la normativa nacional y de la Unión Europea, en materia de protección de datos personales. Los datos serán tratados únicamente para llevar a buen fin el presente Convenio, siendo necesaria la comunicación de datos personales para el cumplimiento de una obligación legal, exigible a la Comunidad de Madrid (art. 32 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones), así como en el interés legítimo de Auxiliares del Buen Pastor-Villa Teresita (art. 6.1.c y 6.1.f RGPD).

Ambas partes se comprometen a cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio. Las obligaciones en materia de protección de dichos datos tendrán validez durante la vigencia del presente convenio y una vez terminado este.

Las partes velarán por el cumplimiento del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

11.3. Tratamiento de datos personales: los datos de las personas físicas firmantes, y aquellas cuyos datos resulten necesarios gestionar para llevar a buen fin el presente Convenio, serán tratados conforme la normativa vigente por la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, en la actividad de tratamiento “Convenios Administrativos”.

Para ejercer sus derechos, podrán dirigirse a la Consejería de Familia, Juventud y Política Social mediante una solicitud firmada, presentada ante el Registro correspondiente, o bien contactar al delegado de protección de datos en protecciondatos-psociales@madrid.org

Decimotercera

Protección del menor

Auxiliares del Buen Pastor-Villa Teresita deberá solicitar al personal, incluido el voluntario, en su caso, que, en ejecución del presente convenio, vaya a ejercer actividades que impliquen contacto habitual con menores, la aportación de una certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y en el artículo 8.4 de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado.

La entidad firmante del convenio deberá exigir al personal citado en el párrafo primero la comunicación inmediata en caso de haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, cuando esta sentencia se dicte con posterioridad a la aportación de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales. En estos casos, Auxiliares del Buen Pastor-Villa Teresita deberá comunicar dicha circunstancia a la Consejería de Familia, Juventud y Política Social.

Una vez que se aporte la citada certificación negativa, su contenido se presumirá vigente hasta que Auxiliares del Buen Pastor-Villa Teresita tenga conocimiento de que cualquier miembro que, en ejecución de este convenio realiza actividades que implican contacto habitual con menores, ha sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual o surjan indicios fidedignos de que ha recaído sentencia condenatoria firme por tales delitos.

En ambos casos, Auxiliares del Buen Pastor-Villa Teresita, por sí o a través del interesado, deberá recabar un nuevo certificado del Registro Central de Delincuentes Sexuales con el fin de actualizar el hasta ahora vigente.

Auxiliares del Buen Pastor-Villa Teresita adoptará las medidas oportunas para apartar a todo aquel personal que, en desarrollo de las actividades del convenio, tenga contacto habitual con menores de edad, sea condenado por sentencia firme por un delito contra la libertad sexual e indemnidad sexual o surjan indicios fidedignos de que existe dicha sentencia firme.

Decimocuarta

Vigencia y modificación

El Convenio entrará en vigor al día siguiente de su firma y tendrá vigencia hasta la terminación del plazo de justificación, el 31 de enero de 2022, sin perjuicio de los actos que, con posterioridad a dicha fecha, dicte la Comunidad de Madrid en ejercicio de su facultad de control de la aplicación de los fondos recibidos.

Asimismo, las partes podrán modificar el Convenio cuando los posibles cambios o variaciones que se planteen puedan afectar al desarrollo, ejecución y justificación del proyecto y al régimen de autorización previsto para las mismas por la Comunidad de Madrid como órgano concedente de las ayudas.

Decimoquinta

Causas de resolución del convenio

Serán causas de resolución del convenio las causas de reintegro previstas en los artículos 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y artículo 11 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de las causas de resolución previstas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que resulten de aplicación al presente convenio.

No obstante, lo anterior, la resolución del convenio no afectará al cumplimiento de las actuaciones en curso, que se desarrollarán íntegramente hasta su finalización.

Decimosexta

Régimen Jurídico

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, otorgándose al amparo del artículo 4.5.c) de la Ley de subvenciones de la Comunidad de Madrid y siendo de aplicación al mismo la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Ley 2/1995, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, así como el Decreto 48/2019, de 19 de junio, del Consejo de Gobierno por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

Decimoséptima

Resolución de controversias

Dada la naturaleza administrativa del convenio, las partes acuerdan someter las discrepancias que no hayan podido resolverse en el seno de la comisión de seguimiento del presente convenio, a los tribunales de la jurisdicción contencioso-administrativa de Madrid.

Y para que así conste, y en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente Convenio, siendo la fecha de formalización del mismo la correspondiente a la firma de la Comunidad de Madrid, o en ausencia de fecha en la firma, a la que figure en el encabezamiento.

Madrid, a 23 de diciembre de 2021.—La Consejera de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, María Concepción Dancausa Treviño.—La Representante de Auxiliares del Buen Pastor-Villa Teresita, María Concepción Jiménez Aragón.

ANEXO

PROYECTO PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL A MUJERES VÍCTIMAS DE TRATA, VIOLENCIA Y EXPLOTACIÓN SEXUAL EN SITUACIÓN DE EXTREMA VULNERABILIDAD POR LA CRISIS GENERADA POR EL COVID-19 EN 2021

Denominación del Proyecto: “Programa de Emergencia crisis COVID-19, para mujeres víctimas de trata, violencia y explotación sexual, en situación de extrema vulnerabilidad”.

Finalidad: Ofrecer atención integral a mujeres víctimas de trata, violencia y explotación sexual, en situación de extrema vulnerabilidad, en este tiempo de pandemia, generada por la crisis derivada del COVID-19.

Entidad: Auxiliares del Buen Pastor-Villa Teresita.

Presupuesto: 60.000 euros.

A) Este programa pretende dar respuesta en esta situación de crisis derivada del COVID-19, a las mujeres víctimas de trata, violencia y explotación sexual, en situación de extrema vulnerabilidad.

Para dar respuesta a estas mujeres, Auxiliares del Buen Pastor-Villa Teresita ofrece un “Programa de Emergencia crisis COVID-19, para mujeres víctimas de trata, violencia y explotación sexual, en situación de extrema vulnerabilidad” enmarcadas en tres tipos de actuaciones:

I) Proyecto A tu lado.

II) Proyecto Alternativa.

III) Proyecto Sobreviviré.

I) Proyecto A tu lado:

Objetivo general: ofrecer apoyo en la situación de crisis derivada de la pandemia, a mujeres que ejercen la prostitución en situación de gran vulnerabilidad y que no tienen acceso a la red de recursos y ayudas públicas.

Objetivos específicos:

• Ofrecer encuentros de acompañamiento personal con cada una de ellas, para que se sientan escuchadas en sus necesidades desde una relación que favorezca el vínculo.

• Fortalecer su capacidad de resiliencia y disminuir los sentimientos y emociones negativos asociados a la situación de crisis por el COVID-19: ansiedad, inseguridad frente al futuro, miedo, desprotección, soledad e impotencia.

• Fomentar su formación y promoción para la empleabilidad, para que en este tiempo de COVID-19 sigan teniendo horizontes de salida a su situación de exclusión.

• Ofrecer apoyos que ayuden al sostenimiento y empoderamiento de las mujeres destinatarias, para que la situación de crisis no las lleve a someterse a más violencia y explotación.

• Concienciar sobre las medidas de autocuidado, especialmente sobre la protección frente al COVID-19 a través del uso de mascarillas y geles hidroalcohólicos.

Destinatarias: mujeres en situación de prostitución, mayores de edad, migrantes (nigerianas, colombianas, dominicanas, venezolanas, brasileñas, ecuatorianas, Europa del Este) en situación administrativa irregular, con escasa formación y experiencia laboral, con cargas familiares en sus países de origen.

Acciones:

• Salidas a la calle a espacios donde se ejerce la prostitución.

• Encuentros personales con cada una de las mujeres en los que se puedan sentir únicas y protagonistas de su propia historia.

• Visitas a domicilio y fuera del contexto de prostitución, para favorecer la relación de confianza.

• Orientación en el acceso a los recursos de formación y empleo.

• Información y gestión de documentación (tarjeta sanitaria, empadronamientos, pasaporte y documentación para los permisos de residencia…).

• Ayudas económicas para necesidades básicas.

• Ayudas económicas de emergencia en alimentación e higiene.

• Reparto de mascarillas y geles hidroalcohólicos, facilitando un taller básico de prevención.

• Seguimientos para la evaluación y valoración de sus situaciones de vulnerabilidad.

• Coordinación con otros recursos para una atención integral.

II) Proyecto Alternativa:

Puesta a disposición del convenio de un total de 3 plazas de acogida propias de la entidad.

Objetivo general: ofrecer un lugar de acogida seguro y de protección, con una atención integral a mujeres víctimas de trata y/o prostitución en situación de extrema vulnerabilidad, junto con sus hijos menores.

Objetivos específicos:

• Ofrecer a la mujer un hogar cálido, familiar y seguro, donde tenga las necesidades básicas suyas y de sus hijos cubiertas y pueda comenzar su proceso de recuperación.

• Ayudar a cada mujer en la toma de conciencia en su situación como víctima de trata, en la necesidad de protección y en el reconocimiento de sus derechos.

• Favorecer en este tiempo de especial dificultad por la crisis del COVID-19, el acceso a los servicios y prestaciones sociales, sanitarias, jurídicas y laborales.

• Potenciar la mejora y el cuidado de la salud física, psíquica y emocional de cada mujer, y de sus hijos e hijas.

• Apoyar en la formación y mejora de la cualificación profesional de las mujeres, ofreciéndoles orientación laboral y acompañamiento en los itinerarios.

• Fomentar la escolarización temprana de los y las menores en la escuela infantil, para favorecer no solo su proceso de aprendizaje, sino la posibilidad de formación y promoción de la madre.

• Trabajar en coordinación con otras asociaciones, fundaciones y organismos oficiales que atienden a las mujeres, visibilizando sus necesidades con el fin de contribuir a la mejora de sus condiciones de vida y garantizar que se cumplan sus derechos en este tiempo de crisis.

Destinatarias: mujeres mayores de edad, víctimas de trata, con hijos mayores de un año a su cargo, en situación de riesgo extremo.

Acciones:

• Elaborar un proyecto personalizado de inserción socio-laboral.

• Celebrar acciones formativas: cuidado a la infancia y relación materno-filial, habilidades sociales, arteterapia, musicoterapia, clases de español, entre otras posibles.

• Organizar actividades de ocio y tiempo libre y conocimiento del medio.

• Atención psicológica para mejorar la salud psicológica y emocional de las mujeres acogidas, a través de terapias individuales y grupales.

• Reunión semanal con cada una de las mujeres con la coordinadora y trabajadora social del proyecto.

• Acompañamientos socio-sanitarios.

• Becas semanales que favorezcan su proceso de inserción, su autonomía económica, y con la posibilidad de ayudar a sus familias.

• Acompañamientos en los procesos de regularización administrativa de las mujeres y sus hijos e hijas.

III) Proyecto Sobreviviré:

Objetivo general: ayudar a mujeres solas y a familias supervivientes de la trata y explotación, en situación de extrema vulnerabilidad agravada por la crisis, para que no vuelvan a ser víctimas de trata y de violencia.

Objetivos específicos:

• Crear redes de apoyo relacional con mujeres solas o con hijos menores a cargo, que les permita sentirse acompañadas y sostenidas, aminorando la soledad, angustia e inseguridad, derivadas de la situación de crisis actual.

• Evitar la cronificación de la situación de necesidad generada por la pandemia, cubriendo en la medida de lo posible necesidades básicas, a través de ayudas de emergencia, e iniciando caminos de inserción laboral adaptados a los tiempos de pandemia.

• Diseñar itinerarios de formación e inserción laboral adaptados a los tiempos de pandemia.

Destinatarias: las familias que se beneficiarán de este proyecto son:

• Familias en su mayoría “monomarentales”, que han sido víctimas de trata y han vivido graves situaciones de violencia, y han conseguido salir de su situación de explotación y postración, logrando pasar de ser víctimas a supervivientes de la trata, pero tras la crisis generada por la COVID-19, se han quedado sin trabajo, siendo en su mayoría trabajos muy precarios, y sin tener derecho a algún tipo de subsidio por desempleo, quedando en situación de riesgo social.

• Mujeres solas o con sus hijos, en situación de gran vulnerabilidad, carentes de trabajo, la mayoría en situación administrativa irregular, procedentes de contextos de prostitución, que ante la situación de crisis se ven abocadas a vivir expuestas nuevamente a situaciones de violencia y explotación para la supervivencia.

Acciones:

• Entrevistas individuales para valorar la situación de necesidad.

• Ayudas económicas de alquiler y de emergencia.

• Seguimiento telefónico periódico para acompañar y sostener emocionalmente.

• Seguimiento de las familias para evaluar la posible evolución de mejora de la situación.

• Visitas domiciliarias para entretejer redes de apoyo y fortalecer el vínculo relacional.

• Apoyo para la búsqueda de empleo.

En el desarrollo del Proyecto objeto de este convenio se mantendrá una coordinación constante con la Administración Pública.

Por ello, es necesario ofrecer diferentes apoyos que den cobertura a las necesidades de atención:

• Apoyo psicológico y emocional.

• Orientación en los procesos de formación.

• Cobertura de necesidades básicas.

• Apoyo económico para garantizar el derecho a la vivienda (pagos de alquileres y suministros).

• Acompañamiento para acceder a la documentación que les permita regularizar su situación y acceder a los derechos correspondientes (pagos de pasaportes, abono de tasas, entre otros.).

• Asistencia en las gestiones telemáticas (citas previas en extranjería, seguridad social, organismos administrativos).

• Apoyo especializado de protección y seguridad a través de la casa-hogar.

• Asesoramiento para la formación y promoción.

• Información y apoyo para la prevención del COVID-19.

Para ello Auxiliares del Buen Pastor-Villa Teresita cuenta con diferentes servicios en el proceso de intervención con cada mujer, a través de la acogida y protección, el acompañamiento integral para sostenerla en su recuperación y seguir ofreciéndole oportunidades que favorezcan su promoción y les impida verse de nuevo en situaciones de mayor vulnerabilidad, expuestas a violencia y explotación.

B) El objetivo último es asistir a las mujeres que quedan fuera del sistema y de los recursos previstos con carácter general, para ayudarlas por su condición de colectivos más vulnerables.

C) La metodología principal está centrada en la persona, con un enfoque basado en la igualdad de género y transculturalidad, integrando ambas perspectivas en la corriente metodológica de las Pedagogías activas y transformadoras (Freire, 1980). Una metodología que hemos adaptado y que está inspirada en los siguientes principios (que se convierten en ejes transversales de la actividad):

— Orientación a la dignidad de la persona: procesos de empoderamiento y de reconstrucción socio-afectiva

— Participativa, en tanto que las mujeres sean las protagonistas de su proceso.

— Desde la perspectiva de género: los modelos de género en la actualidad, están generando y perpetuando diferentes situaciones de vulnerabilidad y exclusión (violencia de género y prostitución).

— Desde la perspectiva de dignidad y respeto por los derechos humanos: conseguir la integración socio-laboral plena y el ejercicio de los derechos de los que es titular la ciudadanía.

Dentro de los procesos metodológicos que se llevarán a cabo desde el Proyecto objeto de este Convenio, destacan:

— Acompañamiento en los procesos vitales de las mujeres, respetando su libertad y su protagonismo.

— Asistencia a las mujeres para sentirse acogidas y con la confianza de saber que se les ayudará en la resolución de cualquier problemática y dificultad.

— Búsqueda de nuevos valores, valoración de lo positivo que hay en las personas y considerando los logros que vaya alcanzando.

— Fortalecimiento de la resiliencia en las mujeres.

— Apoyo para el desarrollo integral de cada mujer y su entorno.

Personal adscrito al Proyecto: trabajadores y voluntarios/as que realizarán las siguientes funciones:

D) Presupuesto del Proyecto:



(03/48/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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