Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 16

Fecha del Boletín 
20-01-2022

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220120-64

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29

64
Madrid número 29. Ejecución 216/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ISMAEL PEREZ MARTINEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 29 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 216/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. OSCAR GRANADO RODEA frente a MANGAS VERDES SOLUCIONES 2017 SL y FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO n° 278/2021

En Madrid, a 21 de diciembre de 2021.

Vistos por Dª María Aránzazu Espejo-Saavedra López, magistrada de refuerzo de los Juzgados de lo Social de Madrid, los presentes autos, se dicta la presente de acuerdo con los siguientes;

PARTE DISPOSITIVA

Se declara:

Extinguida la relación laboral entre la parte ejecutante, D. ÓSCAR GRANADO RODEA y la ejecutada, MANGAS VERDES SOLUCIONES 2017 S.L con efectos de esta resolución, 21 de diciembre de 2021.

Se condena a MANGAS VERDES SOLUCIONES 2017 S.L a satisfacer al ejecutante, una indemnización de 7.162,18 euros, computándose como tiempo de servicio el transcurrido desde el inicio de la relación laboral hasta la fecha de esta resolución, es decir, que dicha indemnización incluye la ya reconocida en sentencia hasta la fecha del despido.

Se condena a la empresa a abonar al demandante en concepto de salarios de tramitación el importe de 3.716,31 euros brutos. Sin perjuicio de los descuentos que procedan y obligaciones de las partes en relación con la prestación de desempleo que se ha percibido (artículo 268.5 LGSS).

MODO IMPUGNACIÓN.-Mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda por aplicación del art 184.1 de la L.E.C.

Así, lo acuerda, manda y firma Dª María Aránzazu Espejo-Saavedra López, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social n° 29, 34, 38 de refuerzo, de Madrid.

Y para que sirva de notificación en legal forma a MANGAS VERDES SOLUCIONES 2017 SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiuno de diciembre de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/33/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220120-64