Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 18

Fecha del Boletín 
22-01-2022

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220122-15

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 42

15
Madrid número 42. Ejecución 251/2021

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 42 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 251/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JOANNA MARIA GARCIA PARRADO ILLESCAS frente a INVESTMENT LUXURY SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución de 13/12/2021.

AUTO Nº 104/2021

En Madrid, a 13 de diciembre de 2021.

PARTE DISPOSITIVA

Declaro la extinción de la relación laboral que unía a JOANNA MARÍA GARCÍA PARRADO IGLESIAS y a INVESTMENT LUXURY S.L.U., cesando por tanto los efectos de la relación laboral para cada una de las partes.

Condeno a INVESTMENT LUXURY S.L.U.a abonar a JOANNA MARÍA GARCÍA PARRADO IGLESIAS en concepto de indemnización la cantidad de 2.723,01 euros así como la cantidad de 8.529,92 euros en concepto de salarios de tramitación.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER; para pagos por transferencia IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto y para pagos en ventanilla.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma,

Y para que sirva de notificación en legal forma a INVESTMENT LUXURY SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintidós de diciembre de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/250/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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