Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 20

Fecha del Boletín 
25-01-2022

Sección 1.4.28.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220125-21

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA

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ADENDA de 27 de diciembre de 2021, al convenio suscrito con fecha 17 de diciembre de 2020, entre la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad y la Mancomunidad del Sur, en virtud de la cual se incrementa en 2.500.000 euros el importe del anticipo de la subvención, a la construcción de diversas infraestructuras para el tratamiento de residuos, en cumplimiento de los objetivos de la estrategia de gestión sostenible de residuos de la Comunidad de Madrid 2017-2024.

En Madrid, 27 de diciembre de 2021.

REUNIDOS

De una parte, don José Ignacio Tejerina Alfaro,Secretario General Técnico de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, en virtud del Decreto 121/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se dispone su nombramiento(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 155, de 30 de junio de 2021), actuando conforme a las atribuciones que le confiere la Orden 1/2018, de 25 de mayo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y la firma de convenios, se desconcentra el protectorado de fundaciones y se designa con carácter permanente a los miembros de las mesas de contratación de la Consejería.

De otra parte, doña Sara Hernández Barroso, la Presidenta de la Mancomunidad del Sur, en virtud de su nombramiento en la sesión constitutiva de la Asamblea extraordinaria de Mancomunidad del Sur, de fecha 2 de octubre de 2019, y de la competencia que le otorga el artículo 135 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo de Administración Local de la Comunidad de Madrid (LALCM).

Las partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda al Convenio y a tal efecto,

EXPONEN

I. Con fecha 17 de diciembre de 2020 se suscribió un Convenio (en adelante Convenio) entre la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad (actualmente Consejería de Medio Ambiente Vivienda y Agricultura) y la Mancomunidad del Sur por el que se instrumenta la concesión directa de una subvención destinada a financiar la construcción de diversas infraestructuras para el tratamiento de residuos, en cumplimiento de los objetivos de la estrategia de gestión sostenible de residuos de la comunidad de Madrid 2017-2024.

El objeto del Convenio consistía en regular la concesión directa de una subvención a favor de la Mancomunidad del Sur destinada a financiar parcialmente la construcción de grandes infraestructuras para la gestión de residuos en cumplimiento de los objetivos de las Estrategia de Gestión Sostenible de residuos de la Comunidad de Madrid 2017-2024.

II. Debido a la incertidumbre de cara a las disponibilidades presupuestarias cuando se elaboró la Memoria Económica de la Estrategia de Gestión Sostenible de residuos de la Comunidad de Madrid, no se pudo en el capítulo 2.4.2.de Inversión en Infraestructuras y equipamientos disponer de la cuantía máxima del anticipo del coste estimado de la construcción de las nuevas grandes instalaciones de tratamiento de residuos domésticos.

Se expresa en este capítulo de la Memoria, que la cuantía se anticipará entre el 10-15 por 100 del 50 por 100 del coste estimado de las mismas. Habiendo este año 2021, importe económico presupuestado suficiente y al objeto de poder impulsar la construcción de las infraestructuras para el tratamiento de residuos se propone incrementar hasta el tope del 15 por 100 la cuantía a adelantar a la Mancomunidad del Sur.

III. El citado Convenio se celebró de acuerdo con la Memoria Económica de la Estrategia de Gestión Sostenible de los Residuos de la Comunidad de Madrid 2017-2024, firmada el 26 de octubre de 2018 por el entonces Director General de Medio Ambiente y Sostenibilidad.

En el Anexo II de la citada Memoria se estableció una subvención a la Mancomunidad del Sur por importe de 127.783.982 euros, correspondiente al 50 por 100 de la inversión proyectada, por importe de 255.567.964 euros.

En el punto 2.4.2. Inversión en infraestructuras y equipamientos, del citado documento que transcribe de forma literal lo siguiente:

“La Comunidad de Madrid, al inicio de las actuaciones para la construcción de las nuevas grandes instalaciones de tratamiento de residuos domésticos, anticipará entre el 10-15 por 100 del 50 por 100 del coste estimado de las mismas, dependiendo de las disponibilidades presupuestarias, a las Mancomunidades de municipios de tratamiento de residuos domésticos”.

A tenor de lo estipulado anteriormente, el importe máximo del anticipo de la ayuda que correspondería a la Mancomunidad del Sur sería de 19.111.918 euros, que representa un porcentaje de 14,95642701 por 100, a calcular sobre el 50 por 100 de la inversión proyectada que figuraba en la Memoria de la Estrategia de Gestión Sostenible de los Residuos, es decir, 127.783.982 euros, 50 por 100 de 255.567.964 euros.

Como se pagó anteriormente 16.611.918,00 euros como anticipo a la firma del convenio, quedarían por proponer el pago de la diferencia que asciende a la cantidad de: (19.111.918,00 euros - 16.611.918,00 euros) = 2.500.000 euros.

La cantidad a financiar de 19.111.918,00, correspondiente al 14,95642701 por 100, (<15 por 100), se ha establecido atendiendo a las disponibilidades presupuestarias.

Por todo lo expuesto se propone en la Adenda al convenio firmado proponer el pago de un incremento de 2.500.000 euros como adelanto para la financiación de los gastos derivados de la construcción de infraestructuras de gestión de residuos, manteniéndose vigente el resto del contenido del Convenio.

El resto de la subvención pendiente de percibir, por importe de 108.672.064 euros, sería satisfecha en 20 anualidades constantes incrementadas por el interés legal del dinero (3 por 100 en 2018), y se haría efectiva a partir del año siguiente al de terminación de la ejecución de las infraestructuras, durante el período 2023-2042, de acuerdo con la nueva Memoria Económica que se establezca. En todo caso, este esquema de financiación queda supeditado a las disponibilidades presupuestarias.

IV. El artículo 4.5.c) 3.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, establece la posibilidad de que con carácter excepcional se concedan subvenciones de forma directa, cuando se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten la convocatoria pública, mediante la celebración de convenios sin contraprestación cuando los beneficiarios se encuentren singularizados en el momento de su autorización. La celebración de dichos convenios deberá ser previamente autorizada por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid.

La Orden 611/2020, de 5 de mayo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad para el período 2020-2023, recoge en el apartado 24.o de su anexo II: “Líneas de subvención en régimen de concesión directa”, la concesión directa de una subvención a la Mancomunidad del Sur por importe de 16.611.918 euros para la financiación delos gastos derivados de la construcción de infraestructuras de gestión de residuos en el marco de la Estrategia de Gestión Sostenible de los Residuos de la Comunidad de Madrid 2017-2024.

En la Orden 1112/2021, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura por la que se modifica la anterior, se cambia la cantidad a anticipar del Epígrafe 24, en el Anexo II “Líneas de subvención en régimen de concesión directa” del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, con la siguiente redacción:

24. Concesión directa a la Mancomunidad del Sur para la financiación de los gastos derivados de la construcción de infraestructuras de gestión de residuos,(página 39).

Esta Línea de subvención establece, que en 2021 se anticiparán 2.500.000 euros, con cargo a la posición presupuestaria G/456N/76301 “Estrategia de Residuos” de los Presupuestos de la Comunidad de Madrid para el ejercicio 2021, al objeto de impulsar la construcción de las infraestructuras para el tratamiento de residuos.

De esta forma el anticipo acumulado, 2020 y 2021, supone un 14,96 por 100 sobre el coste financiable.

De conformidad con lo expuesto y en virtud del Acuerdo de Consejo de Gobierno de 22 de diciembre de 2021, por el que se autoriza la celebración de esta Adenda al Convenio, reconociéndose mutuamente capacidad jurídica suficiente, las partes reunidas acuerdan las siguientes:

CLAUSULAS MODIFICATORIAS

Primera

Modificar el punto primero de la cláusula cuarta, en el sentido de añadir lo siguiente

Poner a disposición de la Mancomunidad del Sur el pago adicional de 2.500.000 euros de subvención con cargo a la partida 76301, denominada “Estrategia de Residuos” del Programa 456N del Presupuesto de Gasto de la Comunidad de Madrid para 2021, como adelanto para la financiación de los gastos derivados de la construcción de infraestructuras de gestión de residuos.

Segunda

Modificar el párrafo primero de la cláusula sexta, en el sentido de añadir lo siguiente

El pago adicional de 2.500.000 euros se realizará de forma anticipada, a la firma de la Adenda al convenio, sin exigencia de garantías, de acuerdo con la normativa vigente.

Y en prueba de conformidad, y para la debida constancia de cuanto queda convenido, ambas partes suscriben la presente Adenda.

Madrid, a 27 de diciembre de 2021.—La Presidenta de la Mancomunidad del Sur, Sara Hernández Barroso.—La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, P. D. (Orden 1/2018 de 25 de mayo; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de mayo de 2018), el Secretario General Técnico, P. S (Orden 2149/2021, de 17 de diciembre de 2021), el Viceconsejero de Vivienda y Ordenación del Territorio, José María García Gómez.

(03/161/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.28.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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