Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 20

Fecha del Boletín 
25-01-2022

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220125-84

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

84
San Martín de Valdeiglesias. Organización y funcionamiento. Avocación competencias

Se ha dictado decreto 2022-0047, por la alcaldesa, doña Mercedes Zarzalejo Carbajo, en fecha 11 de enero de 2022, con el tenor literal siguiente:

Visto que con fecha 9 de diciembre de 2021, mediante resolución 2021-1828, esta Alcaldía nombró responsable del Área de Gobierno de Urbanismo, Obras e Infraestructuras, Urbanizaciones, Formación y Empleo, Comercio e Industria y Atención Ciudadana a la concejala doña María Estrella San Antonio Yuste, en la que se delegan, respecto de los ámbitos materiales que integran dicha Área de Gobierno, las atribuciones siguientes:

— Urbanismo: Actividad urbanística en general: planeamiento, gestión y disciplina urbanísticas. Rehabilitación, regeneración y reforma urbanas. Fomento y promoción de la vivienda.

— Obras e Infraestructuras: Infraestructuras y obras en el medio urbano. Dirección y organización del personal de oficios.

— Urbanizaciones: Relación institucional con las urbanizaciones y sus representantes, canalizando sus demandas y aspiraciones.

— Formación y Empleo: La organización y fomento de actividades que puedan crear empleo, así como la organización de cursos, en colaboración con organismos públicos o privados, que mejoren la formación de los desempleados y de los profesionales de la localidad. Las relaciones de coordinación y colaboración, a dichos efectos, con el IMADE, etcétera.

Orientar y dirigir en la solicitud de ayudas y de subvenciones para proyectos de iniciativa pública o privada. La promoción de cauces para la creación y el fomento de empresas, en coordinación con el Instituto Madrileño para el Desarrollo y otras Instituciones dedicadas a este fin.

El fomento, la coordinación, la regulación, la difusión, la organización y la gestión de programas y actividades que sirvan a la potenciación del empleo en nuestro municipio. Apoyo de cualquier iniciativa que pueda contribuir al desarrollo local del municipio.

— Comercio e Industria: Estudios sobre el tejido industrial y comercial del municipio y la formulación y ejecución de actividades para su potenciación y mejora. Actividades industriales y comerciales.

Comercio en general incluida la venta en establecimientos y la ambulante. Libre competencia y el control de mercados municipales.

La gestión, ordenación, fomento y regulación de las actividades hosteleras, así como la coordinación, información y propaganda para el fomento y atracción de las actividades desarrolladas por la Administración Pública y por los particulares que favorezcan al sector.

El desarrollo de las facultades municipales referidas a consumidores y usuarios; el registro de organizaciones de consumidores; el comercio de minoristas de alimentación; la organización y vigilancia del mercadillo municipal.

— Atención ciudadana: Fomento de la participación ciudadana en los asuntos públicos. Recepción y canalización de las demandas, necesidades, proyectos e iniciativas de los vecinos.

Vista la solicitud presentada en este Ayuntamiento el día 27 de diciembre de 2021 con registro de entrada 2021-E-RC-7359, por la concejala doña Estrella San Antonio Yuste, en el que solicita la renuncia al acta de concejal de este Ayuntamiento.

El artículo 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, establece que las delegaciones se realizarán por resolución del alcalde, contendrán el ámbito de los asuntos delegados y las facultades que se delegan, así como las condiciones del ejercicio de las mismas. Las delegaciones surtirán efectos desde el día siguiente de la fecha de la resolución, sin perjuicio de que habrá de darse cuenta al Pleno de las mismas en la primera sesión que celebre y de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Siendo una necesidad urgente el tramitando los expedientes de dicha Área.

Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 43, 44, 45, 114 a 118, 120 y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, resuelvo:

Primero.—Avocar el nombramiento como responsable del Área de Gobierno de Urbanismo, Obras e Infraestructuras, Urbanizaciones, Formación y Empleo, Comercio e Industria y atención Ciudadana a la concejala doña María Estrella San Antonio Yuste, así como las siguientes atribuciones que integran dicha Área:

— Urbanismo: Actividad urbanística en general: planeamiento, gestión y disciplina urbanísticas. Rehabilitación, regeneración y reforma urbanas. Fomento y promoción de la vivienda.

— Obras e Infraestructuras: Infraestructuras y obras en el medio urbano. Dirección y organización del personal de oficios.

— Urbanizaciones: Relación institucional con las urbanizaciones y sus representantes, canalizando sus demandas y aspiraciones.

— Formación y Empleo: La organización y fomento de actividades que puedan crear empleo, así como la organización de cursos, en colaboración con organismos públicos o privados, que mejoren la formación de los desempleados y de los profesionales de la localidad. Las relaciones de coordinación y colaboración, a dichos efectos, con el IMADE, etcétera.

Orientar y dirigir en la solicitud de ayudas y de subvenciones para proyectos de iniciativa pública o privada. La promoción de cauces para la creación y el fomento de empresas, en coordinación con el Instituto Madrileño para el Desarrollo y otras Instituciones dedicadas a este fin.

El fomento, la coordinación, la regulación, la difusión, la organización y la gestión de programas y actividades que sirvan a la potenciación del empleo en nuestro municipio. Apoyo de cualquier iniciativa que pueda contribuir al desarrollo local del municipio.

— Comercio e Industria: Estudios sobre el tejido industrial y comercial del municipio y la formulación y ejecución de actividades para su potenciación y mejora. Actividades industriales y comerciales.

Comercio en general incluida la venta en establecimientos y la ambulante. Libre competencia y el control de mercados municipales.

La gestión, ordenación, fomento y regulación de las actividades hosteleras, así como la coordinación, información y propaganda para el fomento y atracción de las actividades desarrolladas por la Administración Pública y por los particulares que favorezcan al sector.

El desarrollo de las facultades municipales referidas a consumidores y usuarios; el registro de organizaciones de consumidores; el comercio de minoristas de alimentación; la organización y vigilancia del mercadillo municipal.

— Atención ciudadana: Fomento de la participación ciudadana en los asuntos públicos. Recepción y canalización de las demandas, necesidades, proyectos e iniciativas de los vecinos.

Segundo.—Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de que surta efectos desde el mismo día de su firma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Tercero.—Dar cuenta de la presente resolución al Pleno del Ayuntamiento a efectos de que quede enterado de su contenido, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.4 en relación con el 38.d) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

San Martín de Valdeiglesias, a 12 de enero de 2022.—La alcaldesa, Mercedes Zarzalejo Carbajo.

(03/612/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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