Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 22

Fecha del Boletín 
27-01-2022

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220127-76

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEMORO

PERSONAL

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Valdemoro. Personal. Modificación plantilla

El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el 12 de enero de 2022, aprobó los siguientes acuerdos que se publican a los efectos de lo dispuesto por el artículo 127 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, y artículo 169.3 y 5 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Primero.—Desestimar las alegaciones presentadas al acuerdo plenario en sesión extraordinaria celebrada el día 10 de agosto de 2021 y publicada el 23 de agosto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 200, de aprobación inicial de la modificación de la plantilla de los funcionarios de la Policía Local del Ayuntamiento de Valdemoro presentadas por:

— H. M. M., con fecha de presentación 31 de agosto de 2021 y con número de registro de entrada 015629/2021.

— Grupo Vox, con fecha de presentación 15 de septiembre de 2021 y con número de registro de entrada 016481/2021.

Segundo.—Integrar en el subgrupo C1, con fecha de efectos desde la entrada en vigor de la Ley 1/2018, a los funcionarios policiales que están integrados en el subgrupo C2 y que no han presentado demanda ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo en reclamación de integración en el subgrupo C1 y que son los siguientes:

Tercero.—Integrar en el subgrupo C1, con fecha de efectos desde la entrada en vigor de la Ley 1/2018, a los funcionarios policiales que son demandantes y que a fecha actual se encuentran pendientes de la celebración de juicio, en concreto los funcionarios policiales que se relacionan.

Cuarto.—Integrar en el subgrupo C1, con fecha de efectos desde la entrada en vigor de la Ley 1/2018, a los funcionarios policiales que se relacionan:

Quinto.—Mantener en el subgrupo C2, a los siguientes funcionarios policiales en base a sentencias que obligan expresamente a proceso de selección, promoción interna y concurso oposición, a los siguientes funcionarios:

Sexto.—Mantener en el subgrupo C2 a los siguientes funcionarios policiales en vista de que, aún la existencia de sentencia desestimatoria de su demanda, mientras no se resuelva el recurso de apelación interpuesto por los mismos.

Séptimo.—Dejar en suspenso la integración en el subgrupo de Clasificación C1 hasta tanto se resuelva el incidente de ejecución de sentencia al siguiente funcionario policial:

Octavo.—Integrar al/la siguiente funcionario/a policial en el subgrupo C1, dejando en suspenso los efectos económicos de dicha integración hasta en tanto no se resuelvan las cuestiones de inconstitucionalidad números 1142-2021 y 1143-2021 planteadas por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el recurso de apelación número 158-2020, en relación con las disposiciones transitorias primera 1.o y tercera de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid, por posible vulneración del artículo 149.1.18 de la CE, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión (“Boletín Oficial del Estado” de 29 de abril) y admitidas a trámite por providencia de 20 de abril de 2021 del Pleno del Tribunal Constitucional.

Noveno.—Dejar en suspenso las percepciones económicas correspondientes al Subgrupo C1 hasta el pronunciamiento del TC sobre la cuestión de inconstitucionalidad planteada sobre la disposición transitoria tercera de la Ley 1/2018, en relación con los efectos retributivos de la integración, dado que la sentencia expresamente señala que la integración en el subgrupo C1 no puede implicar incremento alguno de sus retribuciones totales.

Décimo.—Reconocer la integración al Subgrupo C1, a efectos económicos, desde la entrada en vigor de la Ley 1/2018, a los empleados que han sido integrados a dicho subgrupo, una vez cumplido el requisito de la titulación.

Décimo primero.—Aprobar con carácter definitivo la plantilla del Colectivo de la Policía Local conforme al cuadro que se detalla.

Décimo segundo.—Publicar dicho acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que entre en vigor.

Valdemoro, a 17 de enero de 2022.—El alcalde-presidente, Sergio Parra Perales.

(03/866/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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