Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 23

Fecha del Boletín 
28-01-2022

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220128-101

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PEZUELA DE LAS TORRES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

101
Pezuela de las Torres. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

De conformidad con la Resolución de Alcaldía número 2022-0016, de 15 de enero de 2022, y en virtud de los establecido por el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se procede a la avocación de las siguientes competencias previstas en el artículo 21 de la Ley 7/1985, Reguladora de Bases de Régimen Local, que en su día fueron delegadas a la Junta de Gobierno Local, las cuales quedan en posesión de la Alcaldía:

b) Representar al Ayuntamiento.

f) El desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el presupuesto aprobado, disponer gastos dentro de los límites de su competencia, concertar operaciones de crédito, con exclusión de las contempladas en el artículo 158.5 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, siempre que aquellas estén previstas en el presupuesto y su importe acumulado dentro de cada ejercicio económico no supere el 10 por 100 de sus recursos ordinarios, salvo las de tesorería que le corresponderán cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento no supere el 15 por 100 de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior, ordenar pagos y rendir cuentas; todo ello, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

r) Ordenar la publicación, ejecución y hacer cumplir los acuerdos del Ayuntamiento.

s) Las demás que expresamente le atribuyan las leyes y aquellas que la legislación del Estado o de las Comunidades Autónomas asignen al municipio y no atribuyan a otros órganos municipales.

Asimismo, el presente acuerdo estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento, http://pezueladelastorres.sedelectronica.es

Pezuela de las Torres, a 16 de enero de 2022.—El alcalde, José Pío Carmena Servert.

(03/1.054/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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