Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 24

Fecha del Boletín 
29-01-2022

Sección 1.4.26.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220129-2

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

2
ADENDA I de 21 de diciembre de 2021, al Convenio de Colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia e Interior) y Fundación Telefónica para la realización de actividades conjuntas para la protección, apoyo y puesta en valor de las víctimas del terrorismo.

En Madrid, a 21 de diciembre de 2021.

REUNIDOS

De una parte, D. Enrique López López, Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, nombrado mediante Decreto 43/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en nombre y presentación de la Comunidad de Madrid en virtud de lo dispuesto en el artículo 3.2 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid y en lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

Y de otra parte, Dña. Carmen Morenés Giles, actuando en nombre y representación de Fundación Telefónica (en adelante “Fundación Telefónica” o “Fundación”, indistintamente), entidad sin ánimo de lucro, de nacionalidad española, con NIF G-82086810 y domicilio social en Madrid, Calle Gran Vía, número 28 (28013), en su condición de Directora General de la misma y haciendo uso de las facultades que se le tienen conferidas en escritura otorgada ante el notario de Madrid don José Miguel García Lombardía, el 26 de diciembre de 2018, con el número 6.349 de su protocolo.

En adelante, la Comunidad de Madrid y Fundación Telefónica podrán ser denominadas conjunta e indistintamente como las “partes”, e individualmente como la “parte”.

Los comparecientes declaran contar con la capacidad legal suficiente para el otorgamiento de la presente Adenda, así como que sus poderes no han sido revocados, modificados ni suspendidos, y en su virtud,

EXPONEN

I. Que la Comunidad de Madrid y Fundación Telefónica firmaron con fecha 5 de noviembre de 2021 un convenio de colaboración (en adelante, el “Convenio”) para llevar a cabo iniciativas y actividades que ambas acuerden relacionadas con el apoyo a las víctimas del terrorismo.

II. Que las partes están firmemente comprometidas con la formación y capacitación de las personas víctimas del terrorismo y su entorno, fomentando capacidades y habilidades digitales tanto del propio colectivo como de los profesionales, técnicos y voluntarios que les atienden.

III. Que, dada la coincidencia de intereses, y en virtud de lo acordado en el Convenio referido en el expositivo primero, las partes firmantes acuerdan la suscripción de la presente Adenda, que concreta los compromisos iniciales contenidos en el referido Convenio, conforme a los siguientes:

PACTOS

Primero

Objeto

La presente Adenda tiene por objeto regular los términos y condiciones aplicables a la colaboración entre la Comunidad de Madrid y Fundación Telefónica para el desarrollo de “Conecta Empleo”, Programa de Empleabilidad de Fundación, y de “Conecta Educación”, Programa Formativo de Fundación, en el marco del Convenio firmado por ambas partes con fecha 5 de noviembre de 2021, con el fin de:

1. Impulsar la empleabilidad mediante la colaboración en el diseño de acciones de puesta en valor de las capacidades profesionales de las personas y la promoción del emprendimiento.

2. Potenciar el desarrollo de competencias profesionales en tecnología y en servicios digitales para personas que se encuentren en situación de desempleo o quieran mejorar su empleabilidad.

3. Dar formación online personalizada a personas que buscan aprender cómo hacer la transformación digital de la acción social.

4. Dotar de herramientas, conocimientos y habilidades a dichas personas y apoyarlas en el desarrollo de sus competencias en el ámbito digital mediante una formación personalizada, para lograr que nadie se quede atrás en esta era, con la finalidad de que puedan seguir actuando y realizando su actividad “en digital”.

Para ello, las partes acuerdan la impartición gratuita de los cursos que forman parte de la oferta formativa de “Conecta Empleo” y “Conecta Educación” de Fundación Telefónica, en modalidad online, con sesiones en directo, talleres, ejercicios y cursos de autoestudio (en adelante, el “Proyecto”). En concreto, se pondrán a disposición de los usuarios (en este caso, personas víctimas del terrorismo y su entorno) los itinerarios formativos detallados en el Anexo I de la presente Adenda. Se convocarán tantas ediciones de los cursos como los plazos de vigencia del Convenio y de la presente Adenda permitan.

Las partes trabajarán de forma conjunta, destinando para ello sus mejores recursos y experiencia, procurando una negociación conjunta y tratando de encontrar sinergias en aquellos costes (en caso de producirse) o acciones en que sea posible.

Segundo

Compromisos de las partes

Para la consecución de los objetivos de la presente Adenda, la Comunidad de Madrid se compromete a:

1. Colaborar en la difusión de los cursos de formación enmarcados dentro del Proyecto, a través de su web y de sus propios medios publicitarios.

2. Crear y difundir los hitos importantes del Proyecto en los medios de comunicación que estén a su alcance.

3. Incluir, en todos los materiales de difusión y comunicación mencionados en los dos puntos anteriores, ya sean generados en soporte impreso u online, una mención expresa al Programa “Conecta Empleo” y/o “Conecta Educación”, así como a Fundación Telefónica (con inclusión de su logotipo) como entidad impulsora de dichos Programas. A tal fin, las partes se remiten a lo acordado en la cláusula duodécima del Convenio.

4. Colaborar en la captación y selección de los candidatos, a través de las áreas y medios que estime oportunos.

5. Conocer los Principios de Actuación de Fundación Telefónica, que inspiran y definen la manera en la ésta desarrolla su actividad, cuyo contenido puede consultarse a través del siguiente enlace: https://www.fundaciontelefonica.com/conocenos/gobierno

Por su parte, y en virtud de la presente Adenda, Fundación Telefónica se compromete a:

1. Difundir el Proyecto en sus medios de comunicación habituales, a través de su Departamento de Comunicación.

2. Diseñar los materiales de comunicación del Proyecto, previo acuerdo entre las partes.

3. Facilitar, a través de diversas plataformas propiedad o gestionadas por Fundación Telefónica, los contenidos necesarios para el desarrollo del Proyecto.

4. Poner a disposición del Proyecto las plataformas necesarias, a través de las cuales:

a) Se llevará a cabo el proceso de inscripción, evaluación y selección de las personas participantes en el curso correspondiente.

b) Se impartirán los contenidos del curso, poniendo a disposición de los participantes todos los manuales, ejercicios, contenidos audiovisuales y soporte documental necesario para garantizar el aprendizaje.

c) Se proporcionará a la Comunidad de Madrid informes de seguimiento de la formación de las personas inscritas, con la periodicidad que se acuerde entre las partes. Además, desde Fundación Telefónica se ofrecerá información a la Comunidad de Madrid respecto al número de inscripciones a los diferentes cursos.

d) Se realizarán encuestas de satisfacción para poder evaluar el desarrollo del curso e implementar mejoras en caso de que se detecte que sea necesario.

5. Fundación Telefónica se encargará, asimismo, de la gestión y el mantenimiento de las mencionadas plataformas, asegurando el correcto funcionamiento de éstas a lo largo del Proyecto.

Tercero

Derechos de propiedad intelectual e industrial

3.1. Derechos de propiedad intelectual e industrial de los materiales desarrollados en el marco de la presente Adenda.

A salvo de lo establecido en la cláusula duodécima del Convenio “Propiedad intelectual e industrial” y en el caso de que, como consecuencia de la colaboración de las partes en el desarrollo del objeto de la presente Adenda, se desarrolle cualquier material, documentación u obra de forma conjunta, éstas serán conjuntamente titulares y propietarias exclusivas de todos aquellos derechos de propiedad intelectual, industrial o de cualquier otra naturaleza que se constituyan sobre los mismos, pudiendo darles el destino, difusión o publicación que tengan por conveniente, sin limitación temporal o geográfica y en cualquier medio o soporte.

En toda forma de comunicación, reproducción o distribución que realice cada una de las partes de tales materiales, deberá ésta hacer mención expresa de la contraparte, siempre tras su previa aprobación.

Asimismo, las partes podrán llevar a cabo la explotación conjunta de dichos materiales siempre que así lo acuerden. Las partes, no obstante, renuncian a la explotación económica de cualesquiera productos que se pudiesen emitir en el marco del desarrollo del objeto de la presente Adenda, con fines lucrativos ajenos al propósito de la misma.

3.2. Garantías y responsabilidades.

Las partes se garantizan mutuamente que el desarrollo de la presente Adenda no constituye acción infractora de derechos de propiedad intelectual o industrial de un tercero.

Si alguna de las partes resultase denunciada por infringir derechos de propiedad industrial o intelectual de terceros como consecuencia del desarrollo de las iniciativas objeto de la presente Adenda, la parte que hubiese generado la presunta infracción quedará obligada a hacerse cargo de todos y cada uno de los costes que se produzcan por la defensa de la parte denunciada, así como de todas las cantidades que ésta venga obligada a pagar por tal motivo. Todo ello sin perjuicio del derecho que asiste a la mencionada parte a ejercitar las acciones legales que estime convenientes y a reclamar la correspondiente indemnización por los daños y perjuicios que se le hubiesen ocasionado por tal causa.

El ejercicio de estas acciones por la parte denunciada no supone su renuncia al derecho a instar la resolución de la presente Adenda y, en su caso, del Convenio.

Las partes responderán y deberán mantenerse mutuamente indemnes de cualquier daño, reclamación o sanción que se produzca como consecuencia de la utilización por su parte de las marcas o signos distintivos de la contraparte.

Cuarto

Vigencia

Esta Adenda tendrá vigencia por tanto tiempo como se mantenga en vigor el Convenio del que forma parte integrante y entra en vigor en la fecha de firma del representante legal de la parte que suscriba la misma en segundo lugar.

Quinto

Integración

La presente Adenda forma parte inseparable del Convenio de colaboración suscrito entre la Comunidad de Madrid y Fundación Telefónica y, en todo lo no expresamente regulado por las partes en esta Adenda, éstas se someten a los términos y condiciones de dicho Convenio.

Y en prueba de conformidad con lo que antecede, las partes firman el presente documento, en el lugar y fecha indicados.

Madrid, a 21 de diciembre de 2021.—El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Enrique López López.—La Directora General de Fundación Telefónica, Carmen Morenés Giles.

ANEXO I

ITINERARIOS FORMATIVOS DE LOS PROGRAMAS “CONECTA EMPLEO” Y “CONECTA EDUCACIÓN”, DE FUNDACIÓN TELEFÓNICA

Catálogo de cursos del Programa “Conecta Empleo”

Comunicación en la era digital.

Creación de contenidos digitales.

Principios básicos de big data.

Habilidades para el empleo.

Gestión de proyectos con metodologías ágiles.

Marketing digital.

Growth hacking.

Diseño web con HTML+CSS.

Aprende Wordpress.

Introducción a la programación.

Contenidos del Programa “Conecta Educación”

Los contenidos formativos que se pondrán a disposición de los usuarios dentro del catálogo del Programa “Conecta Educación” se seleccionarán de acuerdo con el calendario de formaciones disponibles, que será comunicado por Fundación Telefónica a la Comunidad de Madrid dentro del período de vigencia de la presente Adenda.

(03/708/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.26.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220129-2