Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 25

Fecha del Boletín 
31-01-2022

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220131-74

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PUENTES VIEJAS

URBANISMO

74
Puentes Viejas. Urbanismo. Modificación puntual de Normas Subsidiarias

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el 13 de diciembre de 2021, ha adoptado el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar inicialmente la Modificación Puntual n.o 5, de las vigentes Normas Complementarias y Subsidiarias de Puentes Viejas, la cual será de aplicación a los polígonos n.o 1 de Mangirón, n.o 2 de Cinco Villas, n.o 12 de Serrada de la Fuente y n.o 13 de Paredes de Buitrago, conforme al artículo 57.a) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

En los núcleos de población de Puentes Viejas, especialmente Cinco Villas, se repite en sus Cascos un tipo de parcela sin construir, con mucha superficie, mucho fondo y poco frente. Al estar limitada la superficie máxima a 400 metros y el frente a 6 metros, no es posible segregarlas. El objeto de la modificación, vistos los beneficios que se producen para el municipio con la supresión en casco de limitar la parcela máxima, se promueve la presente modificación puntual para suprimir el límite de superficie máxima.

Segundo.—Someter la modificación al trámite de información pública por el plazo de un mes, mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en periódico de amplia difusión, en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y la web municipal, conforme al artículo 57.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, quedando el expediente a disposición de cualquier persona física o jurídica interesada o afectada que desee examinarlo durante el plazo señalado para formular las alegaciones que se estimen oportunas.

Tercero.—Requerir informes sectoriales a los órganos y entidades públicas previstos legalmente como preceptivos o que, por razón de la posible afección de los intereses públicos por ellos gestionados, deban considerarse necesarios., informes que deberán emitirse en el plazo de un mes conforme a lo determinado en el artículo 57.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Durante el plazo señalado se podrá examinar el expediente en las oficinas de la Secretaría Municipal de este Ayuntamiento, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 14:00 horas y formular las alegaciones que se consideren oportunas. Asimismo, el expediente puede examinarse en la dirección web www.puentesviejas.org

Puentes Viejas, a 27 de diciembre de 2021.—El alcalde, Gabriel Ramírez Sanz.

(03/1.162/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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