Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 25

Fecha del Boletín 
31-01-2022

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220131-77

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SOTO DEL REAL

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

77
Soto del Real. Organización y funcionamiento. Ordenanza tarjeta estacionamiento

Este Ayuntamiento en Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 6 de octubre de 2021, acordó aprobar provisionalmente la modificación de la ordenanza municipal reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos automóviles para personas con discapacidad que figura en el anexo.

Transcurrido el plazo de un mes de exposición pública, contado desde el 15 de diciembre de 2021 hasta el 15 de enero de 2022 (ambos incluidos), efectuada mediante anuncios publicados en el tablón de edictos y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 297, de 14 de diciembre de 2021, sin que durante el mismo se presentasen reclamaciones o sugerencias, dicho acuerdo se entiende definitivamente aprobado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Contra el presente acuerdo definitivo podrá interponerse, con carácter previo, recurso de reposición ante el Pleno del Ayuntamiento en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Contencioso Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, según establece el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la misma, a continuación se inserta el acuerdo adoptado y el texto íntegro de la ordenanza aprobada:

ANEXO

“Disposición transitoria única.—Las tarjetas de estacionamiento emitidas por el propio Ayuntamiento de Soto del Real con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto 1056/2014, de 12 de diciembre, por el que se regulan las condiciones básicas de emisión y uso de las tarjetas de estacionamiento para personas con discapacidad, y del Decreto 47/2015, de 7 de mayo, por el que se establece un modelo único de tarjeta de estacionamiento para las personas con discapacidad en el ámbito de la Comunidad de Madrid, y se determinan las condiciones para su utilización, mantendrán su validez hasta 90 días después de la entrada en vigor de la presente modificación, plazo en el que deberán realizar los trámites oportunos para obtener la tarjeta de estacionamiento normalizada recogida en la presente ordenanza”.

Soto del Real, a 17 de enero de 2022.—La alcaldesa, Noelia Barrado Olivares.

(03/1.096/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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