Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 27

Fecha del Boletín 
02-02-2022

Sección 1.4.28.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220202-35

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA

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AVISO de 10 de enero de 2022, de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, relativo a la toma de posesión de las fincas de reemplazo de la concentración parcelaria de la zona de “La Poveda”, del término municipal de Fuentidueña de Tajo (Madrid).

La concentración parcelaria de la zona de “La Poveda”, del término municipal de Fuentidueña de Tajo (Madrid), fue declarada de utilidad pública por Decreto 20/1992, de 2 de abril, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 94, de 21 de abril de 1992.

La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, mediante Orden 780/2014, de 28 de abril de 2014, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 126, de 29 de mayo de 2014, determinó el perímetro de concentración parcelaria.

Se pone en conocimiento de todos los interesados en el proceso, que:

Primero

Conforme dispone el artículo 219 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, de 12 de enero de 1973, “Terminada la publicación del Acuerdo de concentración parcelaria, la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, siempre que el número de recursos presentados contra el mismo no exceda del 4 por 100 del número total de propietarios, podrá dar posesión provisional de las nuevas fincas, sin perjuicio de las rectificaciones que procedan como consecuencia de los recursos que prosperen”.

Segundo

Que finalizada la publicación de las bases definitivas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 285, de 1 de diciembre de 2015) y el Acuerdo de Concentración (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 9, de 11 de enero de 2019), y habiendo efectuado el replanteo y amojonamiento de las nuevas fincas de reemplazo, esta Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación procede a dar la toma de posesión de las fincas de reemplazo, a tenor de lo dispuesto en la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario de 12 de enero de 1973.

Tercero

A estos efectos se hace constar que la fecha de toma de posesión será el día siguiente al de la última publicación de este aviso en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Fuentidueña de Tajo (Madrid).

Cuarto

Que a tenor de lo dispuesto en el artículo 221 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que las fincas de reemplazo sean puestas a disposición de los propietarios para que tomen posesión de las mismas, los interesados podrán reclamar, acompañando dictamen pericial, sobre diferencias superiores al 2 por 100 entre la cabida de las nuevas fincas y la que conste en el expediente de concentración. Durante el plazo de estos treinta días para su consulta por parte de los interesados se expondrá el documento del amojonamiento en el Ayuntamiento de Fuentidueña de Tajo (Madrid).

Quinto

Aquellas parcelas que en el momento de la publicación de este aviso tengan cosechas pendientes de recolección, se entenderán entregadas a los nuevos propietarios, tan pronto como sea efectuada la recolección de la cosecha de la presente campaña, en cuyo caso la toma de posesión podrá posponerse hasta la fecha límite del 28 de febrero de 2022.

Madrid, a 10 de enero de 2022.—El Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Ángel de Oteo Mancebo.

(03/1.339/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.28.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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