Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 27

Fecha del Boletín 
02-02-2022

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220202-82

Páginas: 9


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES

OFERTAS DE EMPLEO

82
San Sebastián de los Reyes. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

Que la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de diciembre de 2021, adoptó acuerdo aprobando la convocatoria y las bases para la provisión, mediante acceso libre, de una plaza de Ingeniero/a Técnico/a Industrial, del tenor literal siguiente:

BASES PARA LA PROVISIÓN, MEDIANTE ACCESO LIBRE, DE UNA PLAZA DE INGENIERO TÉCNICO INDUSTRIAL (SUBGRUPO A2), ESCALA DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, DEL AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES

BASES

Primera. Objeto de la convocatoria.—1.1. Características: Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante acceso libre, de una plaza de Ingeniero/a Técnico/a Industrial, perteneciente al Grupo A, Subgrupo A2, Escala de Administración Especial, Subescala Técnica (Código 29). Las referidas plazas figuran vacantes en la actual relación de puestos de trabajo, en la plantilla y correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2019.

El número de plazas a cubrir podría ampliarse de producirse nuevas vacantes antes de concluir el presente proceso selectivo.

1.2. Normativa aplicable: El proceso selectivo se ajustará a lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; Ley 30/84, de 2 de agosto; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio; Ley 39/2015, de 1 de octubre; Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, así como en la restante legislación aplicable al personal funcionario al servicio de la Administración Local y a las normas de esta convocatoria.

Principio de igualdad de trato: La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española; el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres.

1.3. Procedimiento selectivo: El procedimiento de selección de los/las aspirantes será el de oposición.

1.4. Funciones de los puestos: Las funciones propias de la plaza serán, entre otras, las siguientes:

— El seguimiento y control técnico de las instalaciones de los edificios y de los contratos vinculados a las mismas (Mantenimiento de las Instalaciones Térmicas, Fotovoltaicas, Protección Contra Incendios, Ascensores, Grupos Electrógenos, Instalaciones Eléctricas en Media y Baja Tensión, Puertas Automáticas, Instalaciones deportivas, etc.).

— Seguimiento y control técnico del Contrato ESE de Alumbrado Público y su gestión energética. 3.

— Seguimiento y control de los contratos de suministro de energía electricidad, gas, gasóleo y trigeneración).

— Seguimiento y control de los consumos energéticos en las instalaciones municipales. Análisis de actuaciones de mejora.

— Seguimiento de Auditorías de Eficiencia Energética y presupuestos de implantación. Seguimiento de ejecución de instalaciones en reformas o edificios municipales de nueva construcción, realización de planos y presupuestos.

Esta relación de funciones no es exhaustiva, ya que en general corresponde a las personas titulares de estas plazas todas aquellas que, en la línea de las descritas y similares a ellas, sean precisas para la buena marcha del servicio al que se adscriben, bajo la dependencia, dirección y control de la correspondiente Jefatura de Sección.

Segunda. Requisitos de los aspirantes.—Para ser admitidos/as a la realización de las pruebas selectivas, los/las aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español/a o ciudadano/a de la Unión Europea.

b) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder de la edad establecida para la jubilación.

c) Poseer la capacidad funcional suficiente para el desempeño de las tareas habituales del Cuerpo, Escala o Categoría profesional objeto de la convocatoria.

d) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas.

e) Estar en posesión del título de Ingeniero Técnico Industrial o Grado en Ingeniería Técnica de Energía, o el título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las directivas comunitarias. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar acredite su homologación.

f) Estar en posesión del permiso de conducir B.

g) No tener otro empleo retribuido con cargo a cualquier organismo público el día de la toma de posesión, de acuerdo con la Ley 53/84, de 26 de diciembre, y demás normativa sobre incompatibilidades de los/las funcionarios/as públicos/as.

Las personas aspirantes deberán reunir los requisitos exigidos en las bases de convocatoria antes del día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, excepto el previsto en el apartado g) que deberá acreditarse con motivo del nombramiento.

Respecto a las titulaciones, cuando las mismas se hayan obtenido en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite, en su caso, la homologación.

Tercera. Documentación y presentación de las solicitudes.—3.1. Instancias: Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se presentarán en el Registro Municipal, mediante Sede Electrónica o por cualquiera de los medios previstos en la legislación vigente.

A las solicitudes, deberá acompañarse:

— Fotocopia del DNI o autorización para la consulta de plataforma SVD.

— Fotocopia de la/s titulación/es exigida/s o autorización para la consulta de plataforma SVD.

— Justificante de pago de tasas.

La presentación al proceso selectivo implica la autorización del candidato/a a la exposición de sus datos personales en la web municipal y en tablón de anuncios del Ayuntamiento.

3.2. Tasas: Las tasas se fijan, con carácter general, en la cantidad de 29,99 euros.

Para personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, la tasa será de 22,49 euros.

Si la discapacidad fuera superior al 50 por 100, la tasa será de 14,99 euros.

Y en caso de pertenecer a una familia numerosa, será de 14,99 euros.

Los derechos del presente proceso selectivo deberán abonarse antes de presentar la correspondiente solicitud en la siguiente cuenta bancaria a nombre del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes: BBVA: ES89 0182 2370 44 0203001648.

En el momento de realizar el ingreso, además de indicar el nombre del aspirante, se añadirá: “Selección Ingeniero/a Técnico/a Industrial”.

Los derechos de examen no podrán ser devueltos a las personas aspirantes más que en el caso de no ser admitidos/as al proceso selectivo por no cumplir los requisitos para tomar parte en el mismo.

3.3. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”, después de haberse publicado las bases íntegras en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarta. Lista de personas admitidas y excluidas.—4.1. Lista provisional: Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Concejalía-Delegada de Recursos Humanos adoptará Decreto, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas, en su caso, con mención expresa al motivo de la exclusión, que se hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la web municipal http://www.ssreyes.org, concediéndose a los/las aspirantes excluidos un plazo de diez días a efectos de reclamaciones. Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a ser admitidos/as, será definitivamente excluidos/as del proceso de selección.

4.2. Lista definitiva: Transcurrido dicho plazo, la Concejalía-Delegada de Recursos Humanos adoptará un nuevo Decreto declarando la relación definitiva de personas admitidas y excluidas. El mismo Decreto, se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y contendrá el lugar donde se encuentran expuesta al público la lista certificada y completa de aspirantes admitidas/os y excluidas/os, la composición nominal del Tribunal Calificador con sus titulares y suplentes, además del lugar, fecha y hora del inicio de las pruebas selectivas.

Iniciado el proceso selectivo, la publicación de los sucesivos anuncios se efectuará a través de la web municipal www.ssreyes.org y el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Quinta. Tribunal Calificador.—5.1. Composición: El Tribunal Calificador estará constituido de la siguiente forma:

Presidencia:

— Una persona funcionaria de carrera del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, propuesto/a por la Concejalía-Delegada de Recursos Humanos.

Vocales:

— Tres personas funcionarias de carrera, propuestos por Concejalía-Delegada de Recursos Humanos.

Secretaría:

— Una persona funcionaria de carrera del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, propuesto por la Concejalía-Delegada de Recursos Humanos.

Los/las vocales miembros del Tribunal Calificador deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 4, apartado e), del Real Decreto 896/91, de 7 de junio.

El Tribunal Calificador se clasifica en la segunda categoría, conforme a lo establecido en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.

5.2. Recusación y abstención: Los/las aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal y estos/as abstenerse cuando concurran las circunstancias previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

5.3. Actuación y constitución del Tribunal: Para la válida constitución del Tribunal, se requerirá la presencia de la Presidencia y de la Secretaría, o en su caso, de quienes los sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes.

El Tribunal resolverá por mayoría de votos de los/las miembros presentes todas las dudas que surjan de la aplicación de las normas contenidas en estas bases y determinará la actuación procedente en los casos no previstos. Sus acuerdos solo podrán ser impugnados por las personas interesadas en los supuestos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores/as especialistas durante el proceso selectivo. Dichos asesores/as se limitarán a la colaboración que, en función de sus especialidades técnicas, le solicite el Tribunal, por lo que actuarán con voz, pero sin voto.

Asimismo, el Tribunal adoptará las medidas necesarias para la realización de los ejercicios de los/las aspirantes con discapacidad, de forma que gocen de igualdad de oportunidades con los/las demás aspirantes.

El Tribunal continuará constituido hasta que no se resuelvan las reclamaciones planteadas o las dudas que pueda suscitar el procedimiento selectivo.

Cuando el proceso selectivo, por razón del número de aspirantes presentados/as a las pruebas o por otras circunstancias que así lo aconsejen, el Tribunal, por medio de su Presidencia, podrá solicitar al Servicio de Recursos Humanos la incorporación al mismo de otros funcionarios/as o trabajadores/as municipales, para colaborar en el desarrollo de los procesos selectivos, bajo la dirección del citado Tribunal.

Sexta. Proceso selectivo.—El proceso selectivo de oposición constará de los tres ejercicios siguientes, siendo cada uno de ellos eliminatorio:

Primer ejercicio: Cuestionario, propuesto por el Tribunal Calificador, de 90 preguntas, más cuatro de reserva, con tres respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta, relacionadas con el programa que figura en el Anexo de esta convocatoria (Temario General y Temario Específico). Cada pregunta contestada erróneamente se penalizará con 1/3 del valor de la respuesta. El tiempo para su realización será de 90 minutos.

Con carácter previo a las calificaciones, el Tribunal Calificador publicará el cuestionario y la plantilla con las respuestas correctas. Dicha plantilla tendrá carácter provisional y las personas aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles a partir de su publicación, para formular alegaciones sobre el contenido de la prueba y la plantilla correctora. Las citadas alegaciones serán resueltas por el Tribunal Calificador.

La resolución se hará pública con la plantilla definitiva y la lista de calificaciones de las personas aspirantes que hayan superado el ejercicio, entendiéndose desestimadas todas aquellas alegaciones y reclamaciones que no aparezcan en la citada Resolución, sin perjuicio de la notificación individualizada que se realice a cada una de las personas aspirantes que formularon alegaciones o reclamaciones.

Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito un cuestionario de 10 preguntas propuestas basado en las materias del temario del Bloque II: Temario Específico de las bases que figuran en el anexo.

El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de 90 minutos.

Tercer ejercicio: Consistirá en la realización de un supuesto práctico, a elegir entre los propuestos por el Tribunal, relacionado con las funciones propias de la plaza.

El tiempo máximo de realización de la prueba será de dos horas.

En este ejercicio se valorará fundamentalmente el conocimiento del temario en la aplicación práctica, la capacidad de raciocinio, la sistemática en el planteamiento y formulación de conclusiones y el conocimiento y adecuada interpretación de la normativa aplicable.

En el caso de que el segundo y/o tercer ejercicio requiera la utilización de equipos o herramientas informáticas el Tribunal lo informará, indicando las características técnicas, junto a la publicación de la fecha del segundo ejercicio.

Séptima. Calificación del proceso selectivo.—En la fase de oposición, cada uno de los ejercicios será calificado de 0 a 10 puntos, siendo eliminadas las personas aspirantes que no alcancen la nota de corte mínima en cada ejercicio.

El Tribunal Calificador, mediante la adopción del acuerdo correspondiente y teniendo en cuenta el número de aspirantes presentados/as y el nivel de conocimiento de los mismos, sin identificar a ninguno de los/las opositores/as, decidirá cuál será la nota de corte para superar cada ejercicio.

Todas las calificaciones de los ejercicios deberán ser redondeadas al valor del segundo decimal.

Primer ejercicio: Cada pregunta contestada erróneamente se penalizará con 1/3 del valor de la respuesta correcta, redondeado al valor del segundo decimal.

Segundo ejercicio y tercer ejercicio: Las calificaciones de los ejercicios segundo y tercero se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes de aquel, siendo el cociente la calificación definitiva de cada ejercicio. Cuando entre las puntuaciones otorgadas por los/las miembros del Tribunal exista una diferencia de tres o más enteros entre las calificaciones máxima y mínima, serán automáticamente excluidas y se hallará la puntuación media entre las calificaciones restantes.

El Tribunal prefijará los elementos que serán objeto de valoración.

Octava. Calificación definitiva y orden de colocación de los/as aspirantes.—La calificación final del proceso selectivo será la media de las puntuaciones obtenidas en los tres ejercicios de la oposición.

Los criterios de desempate son los siguientes:

— La mayor puntuación en el tercer ejercicio.

— La mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.

— La mayor puntuación obtenida en primer ejercicio.

— El género infrarrepresentado en el ámbito.

De persistir el empate, se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra que resultara del sorteo anual realizado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública vigente en la fecha límite de la presentación de las solicitudes.

Novena. Lista de personas aprobadas y propuesta del Tribunal.—9.1. Publicación de la lista de aprobados/as: Terminada la calificación de las pruebas selectivas, el Tribunal publicará la relación de personas aprobadas por el orden de puntuación en la intranet, en la web municipal y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, no pudiendo rebasar estas el número de plazas convocadas.

9.2. Elevación de la lista y Acta de la última sesión: Simultáneamente a su publicación, el Tribunal elevará la propuesta de nombramiento a la Concejalía-Delegada de Recursos Humanos. Al propio tiempo, remitirá a dicha autoridad el acta de la última sesión.

Décima. Presentación de documentos y contratación.—10.1. Documentación: El/la aspirante propuesto/a presentará en el Registro del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes los siguientes documentos acreditativos de que posee las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en esta convocatoria:

a) Fotocopia compulsada del DNI o autorización para la consulta de plataforma SVD.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.

c) Declaración de no estar incurso/a en causa de Incompatibilidad.

d) Declaración jurada o promesa de poseer capacidad funcional suficiente para el desempeño de las tareas habituales del Cuerpo, Escala o Categoría Profesional objeto de la convocatoria.

10.2. Plazo: El plazo de presentación de estos documentos será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de personas aprobadas en la intranet, en la web municipal y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

10.3. Falta de presentación de documentos: El/la aspirante propuesto/a que, dentro del plazo señalado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentara su documentación o no reuniera los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado/a y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria.

10.4. Nombramiento y toma de posesión: Concluido el proceso selectivo y aportado los documentos a que se refiere la base anterior, la Concejalía-Delegada de Recursos Humanos procederá al nombramiento como funcionarios/as de carrera, hasta el límite de plazas anunciadas y que se hallen dotadas presupuestariamente. Dichos nombramientos serán publicados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Undécima. Lista de espera.—El presente proceso selectivo servirá para la confección de una lista de espera para cubrir eventuales vacantes que se produzcan en la plantilla con aquellas personas aspirantes que, habiendo aprobado alguno de los ejercicios de la oposición, no superen el proceso selectivo, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha lista de espera.

Prelación: El orden de los/las aspirantes vendrá determinado por los criterios siguientes:

En el caso de superación de la fase de oposición:

— Calificación definitiva.

— Puntuación obtenida en el tercer ejercicio.

— Puntuación obtenida en el segundo ejercicio.

— Puntuación obtenida en el primer ejercicio.

— Género infrarrepresentado en el ámbito.

En el caso de no superación de la fase de oposición:

— Puntuación obtenida en el tercer ejercicio.

— Puntuación obtenida en el segundo ejercicio.

— Puntuación obtenida en el primer ejercicio.

— Género infrarrepresentado en el ámbito.

El nombramiento interino se revocará cuando finalice el objeto del mismo.

Los/las aspirantes propuestos, con ocasión del nombramiento, deberán presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la base segunda.

Duodécima. Recursos.—Las presentes bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos que se deriven de ellas, así como las actuaciones del Tribunal Calificador, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

ANEXO I

TEMARIO

BLOQUE I

Materias comunes

1. La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión.

2. La Jefatura del Estado. La Corona. Funciones del Rey. El refrendo.

3. Las Cortes Generales. Composición. Atribuciones y funcionamiento.

4. El Gobierno y la Administración en la Constitución. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.

5. La Administración Pública: principios constitucionales. La Administración General del Estado. Organización administrativa. Órganos Superiores y Directivos.

6. La Administración Periférica e Institucional.

7. Órganos constitucionales de control de la Administración. El Defensor del Pueblo y el Tribunal de Cuentas. El Consejo de Estado y otros órganos consultivos.

8. La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas: constitución y distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas.

9. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid. Las competencias de la Comunidad de Madrid. La Asamblea, el Presidente y el Gobierno: Composición, funciones y potestades.

10. La Administración Local en la Constitución. La Carta Europea de Autonomía Local. El principio de Autonomía Local: significado, contenido y límites.

11. El derecho administrativo: Concepto y contenido. Autonomía del derecho Administrativo. Criterios de aplicación. Sometimiento de la Administración Pública al derecho privado.

12. Las haciendas locales. Principios constitucionales. Los tributos locales: principios. La potestad reglamentaria de las entidades locales. Impuestos obligatorios y potestativos. Tasas. Precios públicos. Contribuciones especiales.

13. Los Contratos del Sector Público. Tipología y procedimiento.

14. Proyectos y Modificados de obra: Contenido. Las Oficinas de supervisión. Informe de supervisión: Plazos y contenido. Acta de replanteo y Certificado de titularidad de los terrenos y acta de replanteo previo.

BLOQUE II

TEMARIO ESPECÍFICO

Piscinas

15. Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas.

16. El Decreto 80/1998 de la Comunidad de Madrid, que regula las condiciones higiénico-sanitarias de las piscinas de uso colectivo, continúa parcialmente en vigor en todo aquello que no se oponga al Real Decreto.

PGOU

17. Clasificación de usos. Condiciones particulares del uso global Económico Industrial. Condiciones particulares del uso global Económico Terciario. Condiciones particulares del uso global Dotacional: Equipamiento, Espacio libre, Infraestructura y Garaje.

Ordenanza reguladora del control municipal de las actuaciones urbanísticas y de la implantación y ejercicio de actividades en San Sebastián de los Reyes

18. Preámbulo, estructura de la Ordenanza y título preliminar. Título IV: Instalación y control de actividades.

Ordenanza solar

19. Ordenanza municipal sobre captación de energía solar para usos térmicos de San Sebastián de los Reyes.

RSCIEI

20. Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales: Objeto, ámbito de aplicación, compatibilidad reglamentaria. Régimen de implantación, construcción y puesta en servicio. Inspecciones periódicas.

21. Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales: Caracterización de los establecimientos industriales en relación con la seguridad contra incendio.

22. Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales: Requisitos constructivos: fachadas accesibles. Estructura portante. Estructura principal de cubierta, cubierta, carga permanente. Ubicaciones no permitidas de sectores de incendio con actividad industrial. Sectorización de los establecimientos industriales.

23. Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales: Estabilidad al fuego de los elementos constructivos portantes. Resistencia al fuego de elementos constructivos de cerramiento.

24. Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales: Evacuación de los establecimientos industriales. Ventilación y eliminación de humos y gases de la combustión en los edificios industriales. Almacenamientos. Instalaciones técnicas de servicios de los establecimientos industriales.

25. Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales: Requisitos de las instalaciones de protección contra incendios en los establecimientos industriales.

RIPCI

26. Real Decreto 513/2017, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios.

CTE DB-SI

27. Propagación interior: Compartimentación en sectores de incendio. Resistencia al fuego de las paredes, techos y puertas que delimitan sectores de incendio.

28. Propagación interior: Locales y zonas de riesgo especial. Espacios ocultos. Paso de instalaciones a través de elementos de compartimentación de incendios. Reacción al fuego de los elementos constructivos, decorativos y de mobiliario.

29. Propagación exterior: Medianerías y fachadas. Cubiertas.

30. Evacuación de los ocupantes: Compatibilidad de los elementos de evacuación. Cálculo de la ocupación. Número de salidas y longitud de los recorridos de evacuación. Señalización de los medios de evacuación.

31. Evacuación de los ocupantes: Dimensionado de los medios de evacuación. Protección de las escaleras. Puertas situadas en recorridos de evacuación. Control de humo de incendio.

32. Detección, control y extinción de incendios: Dotación de instalaciones de protección contra incendios. Señalización de las instalaciones manuales de protección contra incendios.

33. Intervención de los bomberos: Condiciones de aproximación y entorno. Resistencia al fuego de la estructura.

34. Terminología.

CTE DB-HE Ahorro de energía

35. DB-HE. Anejo A: Terminología.

36. HE0 Limitación del consumo energético.

37. HE2 Condiciones de las instalaciones térmicas.

38. HE3 Condiciones de las instalaciones de iluminación.

39. HE4 Contribución mínima de energía renovable para cubrir la demanda de agua caliente sanitaria. HE5 Generación mínima de energía eléctrica.

CTE DB-SUA

40. Seguridad frente al riesgo de caídas SUA1. Seguridad frente al riesgo de impacto o atrapamiento SUA2. Seguridad frente al riesgo de aprisionamiento SUA3. Seguridad frente al riesgo causado por iluminación inadecuada SUA4.

41. Seguridad frente al riesgo causado por situaciones con alta ocupación SUA5. Seguridad frente al riesgo de ahogamiento SUA6. Seguridad frente al riesgo causado por vehículos en movimiento SUA7. Accesibilidad. Anejo A. Terminología.

CTE DB-HS

42. Código Técnico de la Edificación. Documento Básico HS Salubridad: Sección HS 3 Calidad del Aire Interior.

RITE

43. Real Decreto 1027/2007, Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios. Objeto, ámbito de aplicación. Exigencias técnicas, condiciones administrativas. Condiciones para la ejecución de las instalaciones térmicas.

44. Real Decreto 1027/2007, Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios. Condiciones para la puesta en servicio de la instalación. Condiciones para el uso y mantenimiento de la instalación. Inspección. Empresas instaladoras y mantenedoras.

45. Real Decreto 1027/2007, Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios. IT1: Diseño y Dimensionado.

46. Real Decreto 1027/2007, Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios. IT2: Montaje. IT3: Mantenimiento y Uso. IT4: Inspección. Apéndice 1: Términos y Definiciones.

REEIAE 1890/2008

47. Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas complementarias EA-01 a EA-07.

Ascensores

48. Reglamento de aparatos de elevación y manutención, aprobado por Real Decreto 2291/1985. Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 “Ascensores”.

REBT

49. Guía Técnica de Aplicación del REBT. Unidad Temática número 2 Instalaciones de Enlace.

50. Guía Técnica de Aplicación del REBT. Unidad Temática número 4 Locales de pública concurrencia.

51. Guía Técnica de Aplicación del REBT. Unidad Temática número 5 Instalaciones de Alumbrado Exterior.

52. Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión: ITC-BT 052: Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos. Acta ASEICAM-DGIEM número 11, Prescripciones para la tramitación de Infraestructuras de Recarga de Vehículos Eléctricos (I.R.V.E.). Acta ASEICAM-DGIEM número 12, Aclaración Acta ASEICAM DGIEM número 12 Aclaraciones Acta XII sobre inspecciones periódicas en instalaciones con I.R.V.E. Acta ASEICAM-DGIEM número 14 Prescripciones tramitación de generación para autoconsumo. Tramitación de instalaciones para I.R.V.E. Reformas integrales que contengan aparcamiento.

Otros

53. Instalaciones eléctricas en Media Tensión. Tipos y características de los Centros de Transformación. Principales componentes. Tipos de Transformadores. Elementos de Seguridad.

54. Fuentes de energía renovable I: La energía solar térmica. Tecnologías y aplicaciones.

55. Fuentes de energía renovable II: La energía solar fotovoltaica. Tecnologías y aplicaciones. Regulación de la conexión a red de instalaciones de producción de energía eléctrica de pequeña potencia. Autoconsumo de energía eléctrica. Normativa de aplicación.

56. Fuentes de energía renovable III: La energía geotérmica. Tecnologías y aplicaciones.

57. Cálculo y dimensionado de Sistemas de Ventilación y Climatización (I): Psicrometría: Factores térmicos y de calentamiento sensible. Humidificación adiabática. Deshumectación. Calentamiento. Enfriamiento. Coeficientes de transmisión. Factor solar. Cargas térmicas: Cargas sensibles y cargas latentes. Carga del aire exterior. Refrigeración por compresión: Fundamentos termodinámicos. Propiedades de un refrigerante ideal. Clasificación de los refrigerantes. Diagramas termodinámicos de los fluidos frigoríficos. Compresores y tipos. Evaporadores. Condensadores. Intercambiadores. Reguladores Climatizadores: Funciones. Tipos. Componentes. Datos para la selección y la fabricación. Fan-coils.

58. Cálculo y dimensionado de Sistemas de Ventilación y Climatización (II): Conductos de aire: Tipos de conductos, construcción y montaje. Movimiento del aire en los conductos. Velocidad del aire y pérdidas de presión. Coeficientes de pérdidas. Cálculo y dimensionado. Sistemas de acondicionamiento de aire: Sistemas todo aire. Clasificación. Ventajas e inconvenientes. Unidades split. Unidades autónomas. Grandes unidades. Grupos frigoríficos. Sistemas todo agua, agua-aire, de expansión directa y con recuperación del calor. Clasificación, funcionamiento, ventajas e inconvenientes. Selección del sistema. Equipos autónomos y sistemas VRV. Sistemas de volumen de aire variable. Necesidades de ventilación. Movimiento de aire, uniformidad de temperaturas y ruido. Métodos de difusión. Eficacia. Impulsión y extracción. Rejillas, difusores y toberas. Selección y dimensionado. Unidades para instalaciones de caudal de aire variable. Ventiladores: Necesidades de ventilación y requisitos de los ventiladores. Tipos. Sistemas de montaje. Leyes de los ventiladores. Cálculo de la potencia y del rendimiento. Selección del ventilador para cada necesidad.

59. Cálculo y dimensionado de Sistemas de Ventilación y Climatización (III): Redes de tuberías y bombas de circulación: Tipos y características de las redes. Elementos constitutivos (purgadores, depósitos de expansión, válvulas de seguridad, dilatadores, antivibradores, filtros). Dimensionado y selección de los elementos. Tipos de tuberías. Pérdidas de carga. Métodos de cálculo. Bombas: componentes y tipos; cavitación; potencia; curvas características; velocidad de giro. Sistemática de cálculo.

60. Cálculo y dimensionado de Sistemas de Ventilación con Características Especiales: Extracciones localizadas: campanas extractoras en cocinas industriales. Desclasificación de locales con Riesgo de Incendio y Explosión. Detección y Extracción de Monóxido de Carbono en Garajes-Aparcamientos. Protección Frente al Humo en Escaleras Protegidas o Especialmente Protegidas mediante Sistemas de Ventilación de Sobrepresión. Ventilación de Humos en Atrios y pabellones deportivos.

61. Cálculo y diseño de las Instalaciones de Protección Contra Incendios en los Edificios: Sistemas de Detección y Alarma de Incendios, Sistemas de Abastecimiento de Agua Contra Incendios, Sistemas de Hidrantes contra incendios, Extintores de incendio, Sistemas de bocas de incendio equipadas, Sistemas de columna seca, Sistemas fijos de extinción por rociadores automáticos y agua nebulizada, Sistemas fijos de extinción por agentes extintores gaseosos.

62. Instalaciones de energía solar térmica. Generalidades. Normativa de aplicación. Elementos de la instalación solar. Dimensionado y cálculos.

63. La cogeneración y trigeneración. Tecnologías y aplicaciones. Situación en la Unión Europea, en España y en la Comunidad de Madrid.

64. Evolución de la política de gases combustibles en España. La Ley del sector de hidrocarburos en lo referente a gas natural.

65. Estructura de tarifas de electricidad. Normativa aplicable. Peajes de acceso. Complementos tarifarios. Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC). Nueva tarifa 3.0 TD. Bono social. Funcionamiento del mercado de electricidad: Regulación.

San Sebastián de los Reyes, a 28 de diciembre de 2021.—El concejal-delegado de Recursos Humanos, Ángel Buenache Moratilla.

(02/768/22)

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Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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