Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 29

Fecha del Boletín 
04-02-2022

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220204-70

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Arganda del Rey. Régimen económico. Ordenanza fiscal incremento valor de terrenos

Se hace público que el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 2 de febrero de 2022, ha aprobado el proyecto inicial de modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.

Igualmente ha acordado la apertura de un período de información pública durante un plazo de treinta días hábiles. Lo que se hace público al objeto de que cuantas personas se consideren interesadas puedan examinar el expediente durante el indicado plazo de treinta días hábiles, que comenzará a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo establecido en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. Asimismo, dentro del referido plazo, podrán formular por escrito las alegaciones que consideren oportunas y presentarlas en el registro del Ayuntamiento de Arganda del Rey o de cualquier otra forma admitida por el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El expediente puede ser consultado, durante el período de información pública, en la oficina de la Unidad de Ingresos Públicos, situada en la planta primera de la Casa Consistorial (plaza de la Constitución, s/n), en horario de atención al público y en el tablón de anuncios de la sede electrónica municipal.

Arganda del Rey, a 2 de febrero de 2022.—La concejala-delegada de Hacienda y Régimen Interior, Ana María Sabugo Marcello.

(03/2.173/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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