Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 29

Fecha del Boletín 
04-02-2022

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220204-95

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

95
Madrid número 9. Procedimiento 762/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARIA TERESA DIAZ ORTEGA letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 09 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 762/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. ROBERT SZOCS frente a MARISCAL CHAPA Y PINTURA SL, D. JAVIER MARISCAL ESTRADA Y D. JUAN CARLOS MARISCAL ESTRADA sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado sentencia en fecha trece de enero de dos il veintidós..

Hallándose en ignorado paradero la demandada MARISCAL CHAPA Y PINTURA SL, D. JAVIER MARISCAL ESTRADA Y D. JUAN CARLOS MARISCAL ESTRADA y de acuerdo con lo dispuesto en el art. 59.2 LRJS, se ha acordado notificarle la misma por edictos, haciéndoles saber que su contenido íntegro está a disposición de la persona interesada para su consulta en este Órgano Judicial sito en C/ Princesa, nº 3, 6ª Planta, 28008 Madrid. Haciéndole saber que contra la misma cabe recurso de suplicación en el plazo de cinco días.

Este edicto cumple los criterios de protección de datos de carácter personal en el ámbito de la Administración de Justicia establecidos en los arts. 236 bis y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y la Instrucción 6/2012 de la Secretaría General de la Administración de Justicia, relativa a la publicación de edictos en diarios y boletines oficiales y la protección de datos.

Y para que sirva de notificación en legal forma MARISCAL CHAPA Y PINTURA SL, D. JAVIER MARISCAL ESTRADA Y D. JUAN CARLOS MARISCAL ESTRADA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiuno de diciembre dos mil veintiuno.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/1.488/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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