Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 33

Fecha del Boletín 
09-02-2022

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220209-86

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SEVILLA LA NUEVA

URBANISMO

86
Sevilla la Nueva. Urbanismo. Subsanación parcela

Por la Junta de Gobierno local celebrada con fecha 3 de junio de 2021, se adoptó el siguiente acuerdo:

Con objeto de subsanar los defectos contenidos en el escrito de calificación desfavorable, para la inscripción en el Registro de la Propiedad de Navalcarnero número 2, de las actuaciones complementarias para subsanación datos del antiguo SAU 2, se trae de nuevo para corrección, mediante nuevo acuerdo, la subsanación de los errores contenidos en el último acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local, en fecha 8 de febrero de 2021, y respecto al que se le envío certificado al citado Registro de la Propiedad, para su inmatriculación.

Visto el escrito recibido del Registro de la Propiedad de la Propiedad de Navalcarnero número 2, en el que se requiere al Ayuntamiento para que subsane y apruebe de nuevo, por el órgano competente, lo que se señala en el requerimiento.

Visto que de esta forma quedan subsanados los defectos observados en la certificación de la vicesecretaria-interventora, fecha 17 de febrero de 2021, y podría llevarse a cabo la inscripción en el Registro de la Propiedad de la certificación remitida con las correcciones que ahora se adopten, señaladas en el escrito de calificación desfavorable y que son las siguientes:

1.o Rectificar la fecha del informe del arquitecto municipal: donde dice 19 de junio de 2020, debe decir 2 de agosto de 2020.

2.o Hacer constar en la descripción de la finca el siguiente párrafo descrito en el informe del arquitecto municipal de fecha 2 de agosto de 2020 y que, por omisión, no se incluyó en el certificado:

«Dentro de esta finca, entre varias otras, se encuentra la parcela 89 del polígono 5, de superficie 4.814 m2, que es la única incluida dentro del perímetro del Sector SAU-2 y, por tanto, la única incluida a los efectos de compensación, estando todavía veintiuna hectáreas, cincuenta y dos áreas y cincuenta y nueve centiáreas fuera del ámbito del sector SAU-2.

La parcela 89 del polígono 5 tiene como lindes: al Oriente, con la parcela 110 Deluve, S. L.; al Poniente, Residencial Fin de Semana “El Hórreo”; y al Sur, Camino del Pozo del Caño y parcela número 5 del Ayuntamiento de Sevilla la Nueva.

Queda como resto, que no se incorpora al Proyecto de Compensación del SAU-2, la finca con la misma descripción que figura en el Registro, y superficie de veintiuna hectáreas, cincuenta y dos áreas y cincuenta y nueve centiáreas, presentando la siguiente descripción de lindes: al Oriente, Feliciana Gómez, Benito Yanguas, Narcisa Gómez, Pablo Errejón, Agustín Povedano, José Gómez Arribas y Arroyo Maeso; al Poniente, Feliciana Elvira, Arroyo de la fuente de Montes, Alberto Benito y José González Mesa, Matilde Moreno, Camino del Pozo y Narcisa Gómez, hoy Residencial Fin de Semana “El Hórreo”; y al Sur, Feliciana Gómez. A esta finca al Mediodía la divide el arroyo del Maeso, y por el Poniente, el arroyo de la Fuente de Montes, habiéndose enclavado dentro de la misma otra de doña Juana Elvira».

En base a estos hechos, se acuerda:

Primero.—La rectificación del error material contenido en la certificación de la vicesecretaria interventora del Ayuntamiento de Sevilla la Nueva, doña Fátima Osona Rodríguez de Torres, de fecha 17 de febrero de 2020, en relación a la fecha del informe del arquitecto municipal, donde dice 19 de junio de 2020, debe decir 2 de agosto de 2020.

Segundo.—Hacer constar en la descripción de la finca el siguiente párrafo descrito en el informe del arquitecto municipal de fecha 2 de agosto de 2020 y que, por omisión, no se incluyó en el certificado:

«Dentro de esta finca, entre varias otras, se encuentra, la parcela 89, del polígono 5, de superficie 4814 m2, que es la única incluida dentro del perímetro del Sector SAU-2 y, por tanto, la única incluida a los efectos de compensación, estando todavía veintiuna hectáreas, cincuenta y dos áreas y cincuenta y nueve centiáreas fuera del ámbito del sector SAU-2.

La parcela 89 del polígono 5 tiene como lindes: al Oriente, con la parcela 110 Deluve, S. L.; al Poniente, Residencial Fin de Semana “El Hórreo”; y al Sur, Camino del Pozo del Caño y parcela número 5 del Ayuntamiento de Sevilla la Nueva.

Queda como resto, que no se incorpora al Proyecto de Compensación del SAU-2, la finca con la misma descripción que figura en el Registro, y superficie de veintiuna hectáreas, cincuenta y dos áreas y cincuenta y nueve centiáreas, presentando la siguiente descripción de lindes: al Oriente, Feliciana Gómez, Benito Yanguas, Narcisa Gómez, Pablo Errejón, Agustín Povedano, José Gómez Arribas y Arroyo Maeso; al Poniente, Feliciana Elvira, Arroyo de la fuente de Montes, Alberto Benito y José González Mesa, Matilde Moreno, Camino del Pozo y Narcisa Gómez, hoy Residencial Fin de Semana “El Hórreo”; y al Sur, Feliciana Gómez. A esta finca al Mediodía la divide el arroyo del Maeso, y por el Poniente, el arroyo de la Fuente de Montes, habiéndose enclavado dentro de la misma otra de doña Juana Elvira».

Tercero.—Que se remitan dichas aclaraciones que se derivan del informe del técnico municipal, junto con los documentos aportados por el servicio y requeridos por el Registro de la Propiedad, a fin de que pueda llevarse a cabo la inmatriculación.

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos procedentes, advirtiendo de que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (según modificación aprobada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), y 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de junio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra la anterior resolución podrá interponer los siguientes recursos: a) Potestativo de reposición, ante la Junta de Gobierno Local, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que se efectúa esta notificación. b) Recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses contados igualmente a partir del día siguiente a aquel en que se efectúa esta notificación. Si se interpone el recurso potestativo de reposición no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente el recurso de reposición o se haya producido la desestimación presunta del mismo por transcurso de un mes, conforme a los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas anteriormente señalada. No obstante, se podrán interponer los recursos que se estimen pertinentes.

En Sevilla la Nueva, a 13 de septiembre de 2019.—El alcalde-presidente, Asensio Martínez Agraz.

(02/33.257/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220209-86