Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 35

Fecha del Boletín 
11-02-2022

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220211-87

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAMANTILLA

RÉGIMEN ECONÓMICO

87
Villamantilla. Régimen económico. Calendario fiscal

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 20 de enero de 2022, acordó la aprobación del calendario fiscal del municipio correspondiente al ejercicio 2022, que estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento, ubicada en la siguiente dirección URL: www.sede.villamantilla.org, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 24 y 25 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, en los términos que se exponen a continuación:

Calendario fiscal para el ejercicio 2022

1. Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica año 2022: 1 de marzo al 30 de abril de 2022.

2. Tasa paso de carruajes. Año 2022: de 1 de marzo a 30 de abril de 2022.

3. Tasa por instalación de grúas. Año 2022: de 1 de marzo a 30 de abril de 2022.

4. Tasa por instalación de carteles. Año 2022: de 1 de marzo a 30 de abril de 2022.

5. Tasa recogida de basuras. Primer semestre 2022: de 1 de marzo a 30 de abril de 2022.

6. Tasa recogida de basuras. Segundo semestre 2022: de 29 de agosto a 29 de octubre de 2022.

7. Impuesto sobre bienes inmuebles urbana. Año 2022: de 31 de mayo a 1 de agosto de 2022.

8. Impuesto sobre bienes inmuebles rústica. Año 2022: de 29 de agosto a 29 de octubre de 2022.

9. Impuesto sobre actividades económicas. Año 2022: de 29 de agosto a 29 de octubre de 2022.

10. Servicio Especial de Pagos (SEP). Año 2022. Se cargará en cuenta los días 5 de cada mes, de abril a septiembre inclusive, seis pagos en total.

En Villamantilla, a 20 de enero de 2022.—El alcalde, Juan Antonio de la Morena Doca.

(01/2.006/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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