Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 38

Fecha del Boletín 
15-02-2022

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220215-103

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

103
Villaviciosa de Odón. Organización y funcionamiento. Reglamento uso instalaciones municipales

Aprobación inicial del Reglamento de Uso de las Instalaciones Municipales y apertura de trámite de información pública. Expediente: 12007/20-42.

En la sesión ordinaria celebrada el 31 de enero de 2022, el Pleno de la Corporación, aprobó inicialmente el Reglamento de Uso de las Instalaciones Municipales.

En cumplimiento del artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se abre un trámite de información pública por un plazo de treinta días, a contar desde el siguiente a aquel en el que se publique este edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que se puedan presentar sugerencias y alegaciones.

El texto del Reglamento aprobado inicialmente podrá consultarse en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento (https://www.aytovillaviciosadeodon.es/portal-de-transparencia) y en la Secretaría General del Ayuntamiento, en horario de oficina.

Si no se presentan alegaciones y sugerencias dentro del plazo indicado, el Reglamento quedará definitivamente aprobado con el contenido aprobado inicialmente.

La aprobación inicial del Reglamento es un acto de trámite contra el que no cabe interponer recurso, de acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre, aunque se podrá manifestar la oposición a este acto de trámite para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento.

Villaviciosa de Odón, a 1 de febrero de 2022.—El secretario general, Manuel Paz Taboada.

(03/2.223/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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