Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 38

Fecha del Boletín 
15-02-2022

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220215-134

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

134
Móstoles número 1. Ejecución 262/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO letrado/a de la Admón.. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 01 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución 262/2021-V, de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. Paolo Raul Martinez Giraldez y D./Dña. Maria del Rocio Martin Grande García Mochales frente a D./Dña. Jesus Dorta Martín sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Decreto, cuya parte dispositiva es la siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda el embargo sobre el salario o retribución de cualquier otra naturaleza que de la empresa ALOJAMIENTO EL HOSTAL S.L. perciba el demandado D. Jesus Dorta Martín, con NIF 78391799W, apremiado en las presentes actuaciones, por un importe suficiente a cubrir principal, intereses y costas provisionales; por lo que requiérase a la referida empresa bajo su personal responsabilidad para que retenga y remita mensualmente, hasta la total liquidación de la deuda, las cantidades que excedan al salario mínimo interprofesional; debiéndose acreditar mediante copia de la hoja de salarios o equivalente el importe del mismo.

Adviértase: A) que el pago que en su caso se hiciere al apremiado no sería valido (art. 1.165 Código Civil ) y que asimismo la transferencia ordenada le libera de toda responsabilidad frente al acreedor, y B) de las responsabilidades penales en que pueden incurrir quienes auxilien o se confabulen con el apremiado para ocultar o sustraer alguna parte de sus bienes o créditos (arts. 257 del Código Penal y 893 del Código de Comercio).

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art. 186.1 L.J.S).

Y para que sirva de notificación en legal forma a D./Dña. Jesus Dorta Martín, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a veintiuno de enero de dos mil veintidós.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/1.625/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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