Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 39

Fecha del Boletín 
16-02-2022

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220216-109

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VELILLA DE SAN ANTONIO

LICENCIAS

109
Velilla de San Antonio. Licencias. Sucesores de Barriuso, S. L.

De acuerdo a lo establecido en el artículo 48 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, se hace público que se ha concedido licencia para almacén temporal y gestión de residuos peligrosos y no peligrosos, de recuperación de papel, cartón, madera, plásticos, metales y de aparatos eléctricos y electrónicos, en la calle Herreros, número 10, a nombre de Sucesores de Barriuso, S. L., con las siguientes condiciones:

— La licencia de actividad tendrá vigencia indefinida sin perjuicio de la obligación legal de adaptación de los establecidos a las normas que en cada momento los regulen.

— Además, y pese a su autorización mediante licencia expresa o presunta, los usos mientras persistan estarán sujetos a inspección municipal, pudiendo los servicios técnicos correspondientes formular por escrito los reparos de legalidad, seguridad o salubridad, sobrevenida incluso, que procedan, que deberán ser cumplimentados.

— Esta Licencia queda condicionada a la eficacia permanente de las medidas correctoras previstas en el proyecto, así como al cumplimiento de las ordenanzas municipales y legislación que le sea de aplicación.

— Deberá cumplir el informe de Impacto Ambiental emitido por la Dirección General del Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid, que se hace público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 3, de fecha 4 de enero de 2018.

— Deberá cumplir la resolución de la Autorización Ambiental Integrada, de la Dirección General del Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid, que se hace pública en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 59, de fecha 9 de marzo de 2018.

Velilla de San Antonio, a 3 de diciembre de 2021.—El concejal-delegado de Ordenación del Territorio, Rodrigo Morales Sánchez.

(02/34.442/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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