Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 41

Fecha del Boletín 
18-02-2022

Sección 1.3.220.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220218-21

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS

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RESOLUCIÓN de 10 de febrero de 2022, del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se aprueban y se hacen públicas las bases reguladoras y la convocatoria del Programa de “Becas-Prácticas Fundación ONCE-CRUE”. Curso 2021-2022.

BDNS: 610234

Extracto de la Resolución de 10 de febrero de 2022, por la que se convocan cuatro becas a estudiantes con discapacidad dentro del programa de becas de la Fundación ONCE-CRUE para el curso 2021-2022.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero

Beneficiarios

Podrán optar a esta beca los alumnos de la Universidad Rey Juan Carlos que reúnan los siguientes requisitos:

Requisitos generales:

— Estar en posesión del certificado acreditativo de discapacidad igual o superior a 33 por 100.

— Estar matriculado en la asignatura Prácticas Externas de cualquier grado o máster de la URJC (oficial o título propio).

— Haber superado al menos el 50 por 100 de los créditos de la titulación de grado, o estar cursando un máster.

— No mantener relación contractual de tipo laboral, de prestación de servicios o asimilable con empresa, institución o entidad o con la propia URJC, en el momento de disfrutar de la beca.

— La obligación de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley y de no ser deudor por resolución de procedencia de reintegro.

— Haber realizado la solicitud de la beca “a través de la plataforma de becas ONCE (https://becas.fundaciononce.es/paginas/becaspracticasoncecrue.aspx) y en la URJC”.

Segundo

Objeto

Facilitar el desarrollo de prácticas académicas externas a los universitarios con discapacidad, promoviendo así la mejora de su empleabilidad y su futuro profesional.

Las becas consisten en una dotación de 1.800,00 euros, por un período de tres meses, percibiendo, por lo tanto, 600 euros brutos mensuales. Este importe será ingresado en el número de cuenta del beneficiario con las retenciones previstas en legislación vigente.

Tercero

Bases reguladoras

La información relativa a la convocatoria puede encontrarse en la página web de la universidad: https://sede.urjc.es/

Cuarto

Cuantía

El importe total presupuestado para financiar los gastos derivados de esta convocatoria es de 7.822,92 euros.

Quinto

Plazo y presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes es desde la publicación del extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el 28 de febrero de 2022.

La solicitud de las becas deberá realizarse a través de http://becas.fundaciononce.es y a través de Registro General o cualquiera de los Registros Auxiliares de la Universidad Rey Juan Carlos o mediante alguno de los medios contemplados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Sexto

Otros datos

Además del formulario de solicitud se deberá presentar la documentación exigida en la base tercera de la convocatoria.

Séptimo

Adjudicaciones y criterios de selección

El órgano responsable de la instrucción del procedimiento será el Vicerrectorado de Planificación y Estrategia de la Universidad Rey Juan Carlos que, con el apoyo administrativo de la Unidad de Atención a Personas con Discapacidad y Necesidades Educativas Especiales, acordará de oficio todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos aportados por el solicitante en virtud de los cuales debe emitirse la resolución final.

Octavo

Resolución y recursos

El Rector de la Universidad Rey Juan Carlos emitirá Resolución de adjudicación.

Contra dicha Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que lo dictó, en el plazo de un mes y en los términos del artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o formular recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses desde su publicación, conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, no se pueden simultanear ambos recursos, de tal manera que, si solicitante opta por presentar el recurso potestativo de reposición, no podrá deducir recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o desestimación presunta del primero, de conformidad con los artículos 25 y 46 de la citada Ley 29/1998, de 13 de julio.

Móstoles, a 10 de febrero de 2022.—El Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, Javier Ramos López.

(03/2.932/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.220.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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