Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 41

Fecha del Boletín 
18-02-2022

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220218-92

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7

92
Madrid número 7. Ejecución 261/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Moreiras Chaves, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 261/2021 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Sergio Cabanillas Fernández, frente a Fondo de Garantía Salarial y Aluminios Escobar, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución número 178/2021.

Auto

En Madrid, a 17 de noviembre de 2021.

Parte dispositiva:

Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Sergio Cabanillas Fernández con Aluminios Escobar, S. L., condenando a esta última al abono a la actora de las siguientes cantidades en concepto de indemnización y salarios de tramitación: indemnización: 31.383,06 euros y salarios de tramitación: 28.028,8 euros.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad Banco Santander, número 2505-0000-64-0261-21.

Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma.—La ilustrísima señora magistrada-juez, doña Isabel Sánchez Peña.—El magistrado-juez.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la LRJS.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Aluminios Escobar, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 28 de enero de 2022.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/1.829/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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