Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 45

Fecha del Boletín 
22-02-2022

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220222-48

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEMAQUEDA

RÉGIMEN ECONÓMICO

48
Valdemaqueda. Régimen económico. Padrones fiscales

Aprobados por resolución 51 de esta Alcaldía, dictada con fecha de 9 de febrero de 2022, los padrones y listas cobratorias de los tributos locales, impuesto de vehículos de tracción mecánica (IVTM), tasa de alcantarillado, tasa por prestación del servicio de recogida domiciliaria de basuras y residuos sólidos urbanos y tasa por ocupación del dominio público, referidos todos ellos al ejercicio de 2022, a efectos tanto de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos a trámite de información pública, por medio del presente anuncio se exponen al público en la sede electrónica y tablón municipal de edictos, por el plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones, por convenientes, tengan.

Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones contenidas en los mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía-Presidencia en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la notificación expresa, en su caso, de la resolución, o desde el día siguiente a de finalización del término de exposición pública, de acuerdo con cuanto establece el artículo 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en período voluntario:

— Por ingreso directo o transferencia bancaria a la cuenta restringida de Recaudación del Ayuntamiento, abierta en el Banco de Santander, sucursal de Robledo de Chavela, IBAN ES 15/0049/6808.73/2110002196.

— En las dependencias municipales, sitas en el Ayuntamiento de Valdemaqueda, los días 7 y 28 de marzo, 4 y 25 de abril, de 10:00 a 13:00 horas.

— Los recibos domiciliados serán cargados en cuenta el último día del período recaudatorio.

Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.

Valdemaqueda, a 10 de febrero de 2022.—El alcalde-presidente, Álvaro Santamaría Rodríguez.

(01/2.868/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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