Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 52

Fecha del Boletín 
02-03-2022

Sección 1.2.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220302-14

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL

14
CORRECCIÓN de errores de la Orden de 4 de febrero de 2022 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de febrero), de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se convocan puestos de trabajo para su provisión, por el sistema de Concurso de Méritos, en la referida Consejería.

Advertido error material en la publicación de la citada Orden efectuada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, correspondiente al día 16 de febrero de 2022, consistente en el error de uno de los méritos, se procede a subsanar dicho error en virtud de lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Donde dice en el quinto mérito de todos puestos de la convocatoria:

“EXPERIENCIA EN LA ELABORACIÓN DE ESTADÍSTICAS EN LA TRAMITACIÓN DE LAS FACTURAS EN LA APLICACIÓN NEXUS”

Deberá decir:

“EXPERIENCIA EN LA ELABORACIÓN DE ESTADÍSTICAS Y EN LA TRAMITACIÓN DE LAS FACTURAS EN LA APLICACIÓN NEXUS”

Se concede un nuevo plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la presente corrección, para la presentación de solicitudes.

La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, a 17 de febrero de 2022.—La Consejera de Familia, Juventud y Política Social, P. D. (Orden 1558/2021, de 28 de septiembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de octubre de 2021), la Secretaria General Técnica, Lubima Jivkova Kosseva.

(03/3.492/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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