Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 52

Fecha del Boletín 
02-03-2022

Sección 1.4.31.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220302-43

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN

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ACUERDO de 27 de diciembre de 2021, de modificación y de prórroga para el año 2022 del Convenio entre la Comunidad de Madrid y la Mancomunidad de Servicios del Valle Norte del Lozoya, por el que se encomienda la gestión de las actividades materiales y técnicas de la competencia de la Comunidad de Madrid de fomento del desarrollo económico en materia turística, al carecer de medios materiales y técnicos idóneos en la Sierra Norte de Madrid.

Madrid, a 27 de diciembre de 2021.

REUNIDOS

De una parte, don Carlos Izquierdo Torres, Consejero de Administración Local y Digitalización de la Comunidad de Madrid, nombrado mediante Decreto 48/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 146, de 21 de junio de 2021), actuando en uso de sus competencias propias, otorgadas por el artículo 4.3.a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, y el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

Ha de tenerse en cuenta, a este respecto, que el artículo 7 del Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de junio de 2021), atribuye las competencias en materia de administración local que antes ostentaba la Consejería de Vivienda y Administración Local a la actual Consejería de Administración Local y Digitalización. En este sentido, por Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 1 de julio de 2021), se adscribe la Dirección General de Reequilibrio Territorial a la Viceconsejería de Administración Local y Digitalización (artículo 6.5 y 7).

Y de otra, don Ángel Martínez Herrero, Presidente de la Mancomunidad de Servicios del Valle Norte del Lozoya, elegido por la Junta de Mancomunidad de 13 de agosto de 2019, en nombre y representación de la citada Mancomunidad, en virtud de su cargo y de las facultades que le confiere el artículo 7 de los Estatutos de dicha Mancomunidad,

MANIFIESTAN

I. Que con fecha 5 de mayo de 2020 se firmó, como instrumento de formalización de la Encomienda, el Convenio entre la Comunidad de Madrid y la Mancomunidad de Servicios del Valle Norte del Lozoya, por el que se encomienda la gestión de las actividades materiales y técnicas de la competencia de la Comunidad de Madrid de fomento del desarrollo económico en materia turística, al carecer de medios materiales y técnicos idóneos en la Sierra Norte de Madrid (de ahora en adelante Convenio de Encomienda de Gestión de 5 de mayo de 2020).

II. Que el citado instrumento de formalización establece en su cláusula séptima que tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021, y que antes de la finalización de ese plazo los firmantes podrán acordar su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales, hasta el 31 de diciembre de 2025, pudiendo articularse este plazo de prórroga tanto en una sola prórroga como en prórrogas sucesivas.

III. Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 4.3.d) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de septiembre de 2019), la modificación del contenido del Convenio requiere la unanimidad de los firmantes.

IV. Que ambas partes expresan con la firma de este Acuerdo su unanimidad en la modificación de la cláusula cuarta del Convenio de Encomienda de Gestión de 5 de mayo de 2020 en lo que respecta a la cuantía de su financiación, de modo que la compensación económica para cada anualidad que se prorrogue hasta la finalización de la vigencia del Convenio será de 180.000,00 euros, es decir, desde la correspondiente al próximo año 2022 hasta el 31 de diciembre de 2025 en que finaliza su vigencia, en los términos de las cláusulas que se recogen en la parte dispositiva de este Acuerdo de Modificación y Prórroga.

V. Que estando en continuo avance, a través de la encomienda de gestión, los objetivos de fomento del desarrollo económico en materia turística de la Sierra Norte madrileña, y persistiendo tanto la necesidad de consecución y ampliación de tales objetivos como la falta de medios materiales y técnicos idóneos en la Dirección General de Reequilibrio Territorial, se hace aconsejable prorrogar para el 2022 la encomienda de gestión que nos trae causa, con una compensación económica para toda la anualidad de 180.000,00 euros.

VI. Por lo que antecede y de conformidad con el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, ambas partes suscriben por unanimidad el presente Acuerdo de modificación y prórroga expresa del Convenio de Encomienda de Gestión que nos trae causa, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Se modifica la cláusula cuarta del Convenio de Encomienda de Gestión firmado el 5 de mayo de 2020 en lo que respecta a la cuantía de su financiación, que pasa a ser de 180.000,00 euros para cada anualidad que se prorrogue hasta el fin de su vigencia, a fin de dar respuesta a la necesaria reactivación económica para superar las consecuencias provocadas por la pandemia de la COVID-19.

Segunda

Se prorrogan, para el período comprendido entre el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022, los efectos del Convenio de Encomienda de Gestión entre la Comunidad de Madrid y la Mancomunidad de Servicios del Valle Norte del Lozoya, por el que se encomienda la gestión de las actividades materiales y técnicas de la competencia de la Comunidad de Madrid de fomento del desarrollo económico en materia turística, al carecer de medios materiales y técnicos idóneos en la Sierra Norte de Madrid, cuya cláusula cuarta se modifica también por este Acuerdo.

Tercera

Que, por lo tanto, en la presente prórroga para 2022, la cantidad a abonar como compensación económica por la Consejería de Administración Local y Digitalización a la Mancomunidad de Servicios del Valle Norte del Lozoya es de 180.000,00 euros.

Cuarta

Utilización de las dependencias del edificio “Villa San Roque” de la avenida de La Cabrera, número 36, propiedad de la Comunidad de Madrid.

La Comunidad de Madrid es propietaria del edificio ubicado en la avenida de La Cabrera, número 36, en el municipio de La Cabrera, conocido como “Villa San Roque”, por situarse en una antigua villa de recreo y en una de cuyas dependencias se ubica la sede administrativa del Registro Auxiliar de la Dirección General de Reequilibrio Territorial de la Consejería de Administración Local y Digitalización.

La Mancomunidad de Servicios del Valle Norte del Lozoya, para el ejercicio de las actividades materiales y técnicas de esta encomienda, que desarrollará con sus propios medios, podrá utilizar las dependencias que componen el citado edificio, salvo autorización o modificación posterior expresa por parte de la Dirección General.

En todo caso, la Mancomunidad deberá mantener la necesaria gestión y cuidado de las instalaciones del inmueble público dispuesto para la encomienda.

Quinta

El importe del gasto que representa para la Comunidad de Madrid la presente prórroga para el año 2022 se efectuará con cargo al programa 942N, subconcepto 22801 del ejercicio presupuestario correspondiente.

Sexta

La presente modificación y prórroga producirá efectos desde el 1 de enero del año 2022.

Y en prueba de conformidad unánime, se formaliza y firma este Acuerdo de modificación y prórroga en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

Madrid, a 27 de diciembre de 2021.—El Consejero de Administración Local y Digitalización de la Comunidad de Madrid, Carlos Izquierdo Torres.—El Presidente de la Mancomunidad de Servicios del Valle Norte del Lozoya, Ángel Martínez Herrero.

(03/3.858/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.31.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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