Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 52

Fecha del Boletín 
02-03-2022

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220302-81

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

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Madrid. Secretaría de Gobierno. Nombramiento juez de paz de Valdeolmos-Alalpardo

SECRETARÍA DE GOBIERNO

DON SEBASTIÁN LASTRA LIENDO, Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con sede en Madrid.

Certifico: Que la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid en sesión celebrada el 24 de enero de 2022 ha adoptado el siguiente acuerdo:

Valdeolmos-Alarpardo.- Nombramiento de Juez de Paz titular.

3. Quince. Valdeolmos-Alalpardo.- Nombramiento de juez de paz titular.

Se da cuenta de la certificación remitida por el Ayuntamiento de Valdeolmos Alalpardo, realizada en comunicación del resultado del pleno de 6 de octubre del 2021, en la que se propone como candidato para el cargo de Juez de Paz titular a D. Ángel Merino Gil.

Atendiendo a los criterios establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el Reglamento de los Jueces de Paz relativos al régimen de prohibiciones e incompatibilidades y observando que concurren en el electo las condiciones de idoneidad y elegibilidad.

La Sala de Gobierno por unanimidad acuerda: Asumir la propuesta, realizada en comunicación del resultado del pleno de 6 de octubre del 2021 del Ayuntamiento de Valdeolmos Alalpardo y nombrar juez de paz titular del Juzgado de Paz de la localidad a D. Ángel Merino Gil.

Con certificación particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, al Juzgado Decano de Primera Instancia e Instrucción de Torrejón de Ardoz, Partido Judicial al que pertenece, al Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Valdeolmos-Alalpardo, al Juzgado de Paz de la misma localidad y al Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, para su publicación.

Conforme a lo que establece el artículo 14.1 del Reglamento 1/2000, de 26 de julio, de los Órganos de Gobierno de Tribunales, contra los actos de las Salas de Gobierno, constituidas en pleno o en comisión, podrá interponerse recurso de alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, disponiendo el artículo 122.1 de la citada Ley 39/2015, que el plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el acto fuera expreso.

Y para que conste extiendo la presente en Madrid a día 03 de Febrero del 2022.

EL SECRETARIO DE GOBIERNO

Sebastián Lastra Liendo

(03/2.823/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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