Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 54

Fecha del Boletín 
04-03-2022

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220304-70

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES

RÉGIMEN ECONÓMICO

70
Móstoles. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del acuerdo 23/135, de la Junta de Gobierno Local de 1 de marzo de 2022, por el que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones para la realización de Proyectos de creación y expresión de las Artes Escénicas y Musicales en centros públicos de Educación Infantil y Primaria (C.E.I.P.) y en el centro público de Educación Especial (C.E.E.) de Móstoles, durante el curso 2021-2022.

BNDS: 612914

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de las bases reguladoras de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los centros públicos de Educación Infantil y Primaria (C.E.I.P.) y el centro público de Educación Especial (C.E.E.) de Móstoles.

Segundo. Objeto.—Regular las medidas de apoyo y reconocimiento a los proyectos que desarrollen experiencias de creación y expresión de las Artes Escénicas y Musicales en aras de la mejora en la calidad de la enseñanza, en los centros públicos del municipio de Móstoles.

Tercero. Bases reguladoras.—Aprobadas por acuerdo número 23/135, de la Junta de Gobierno Local de 1 de marzo de 2022.

Cuarto. Cuantía.—La Concejalía de Educación y Juventud destinará a la presente convocatoria un máximo de 23.000 euros (veintitrés mil euros) para la financiación de las ayudas que tendrán la naturaleza jurídica de subvención y que serán financiadas con cargo a la aplicación 35-3261-48905 del presupuesto general del Ayuntamiento. La concesión de las ayudas tendrá lugar durante el año 2022, y estará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto en vigor en ese momento. La cuantía máxima de la ayuda económica de cada proyecto no podrá superar la cantidad de 2.000 euros (dos mil euros).

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Será de veinte días naturales a partir del día siguiente a la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Se acompañará de la siguiente documentación: Anexo 1, Solicitud de participación, Anexo 2, Contenidos del Proyecto de Innovación. Ambos anexos disponibles en la web municipal del Ayuntamiento de Móstoles.

En Móstoles, a 2 de marzo de 2022.—La concejala de Educación y Juventud, Nati Gómez Gómez.

(03/4.362/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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