Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 54

Fecha del Boletín 
04-03-2022

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220304-80

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18

80
Madrid número 18. Procedimiento 18/2022

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Juicio sobre delitos leves 18/2022 por lesiones de D./Dña. FATIMA BOUHLAL BENHAMMOU y por un presunto delito de Lesiones, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO

EL/LA JUEZ/MAGISTRADO-JUEZ QUE LO DICTA: D./Dña. ANGEL JOSE LERA CARRASCO.

Lugar: Madrid.

Fecha: 3 de febrero de 2022.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- En este Juzgado se ha recibido información solicitada de la de la Comisaria Provincial de Guadalajara la cual queda unida a las actuaciones.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- No obstante, de lo actuado no resulta debidamente justificada la perpetración del delito leve que ha dado motivo a la formación de la causa, por lo que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 641-1º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, procede, por ahora, decretar sobreseimiento provisional de las actuaciones.

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda el sobreseimiento provisional y el archivo de las actuaciones, que será definitivo una vez transcurrido el plazo de un año desde la fecha de la firmeza de esta resolución.

Notifíquese esta resolución a las partes personadas, y al Mº Fiscal,

Contra esta resolución cabe interponer recurso de reforma y subsidiario de apelación dentro de los tres días siguientes a su notificación, o bien, recurso de apelación directo dentro de los cinco días siguientes a la última notificación.

Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.—El/La Juez/Magistrado-JuezEl/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación a D./Dña. FATIMA BOUHLAL BENHAMMOU expido y firmo la presente.

En Madrid, a 17 de febrero de 2022.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/3.399/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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