Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 56

Fecha del Boletín 
07-03-2022

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220307-104

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

104
Móstoles número 1. Procedimiento 490/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento número 490/2021 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Marta Pérez do Souto y doña Bárbara Ruiz Santos, frente a Sociedad Cooperativa Madrileña Tamaj, sobre procedimiento ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 42/2022

En la ciudad de Móstoles, a 11 de febrero de 2022.

Fallo

Estimar la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por doña Bárbara Ruiz Santos y doña Marta Pérez do Souto contra Sociedad Cooperativa Madrileña Tamaj, condenando a Sociedad Cooperativa Madrileña Tamaj a abonar a:

1.° Doña Bárbara Ruiz Santos la cantidad de 2.588, 94 euros brutos más el 10 por 100 de interés por mora.

2.° Doña Marta Pérez do Souto la cantidad de 3.221, 63 euros brutos más el 10 por 100 de interés por mora.

Debo absolver y absuelvo al Fondo de Garantía Salarial sin perjuicio de lo establecido en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación, por medio de comparecencia o por escrito, siendo indispensable si el recurrente no ostenta el carácter de trabajador y no goza del beneficio de justicia gratuita que presente resguardo acreditativo de haber ingresado, en impreso separado, el total al que se le condena y sin cuyo requisito no se tendrá por anunciado el recurso, y al mismo tiempo para su formalización deberá presentar resguardo de ingreso del depósito especial de 300 euros, ambos en la cuenta abierta a tal efecto en el Banco Santander, IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, y número cuenta expediente 2850-0000-00-0490-21, y sin cuyo requisito no podrá tenerse en cuenta el recurso y quedará firme la sentencia.

La presente resolución judicial, la pronuncia, manda y firma don Francisco Juan Sánchez Delgado, Magistrado del Juzgado de lo Social número 1 de Móstoles, en nombre de su Majestad el Rey.

Publicación.—Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el día de su fecha por don Francisco Juan Sánchez Delgado, Magistrado del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles y de su partido judicial que la suscribe, estando celebrando audiencia pública. Se incluye original de esta resolución en el libro de sentencias, poniendo en los autos certificación literal de la misma y se remite a cada una de las partes un sobre por correo certificado con acuse de recibo, conteniendo copia de ella, conforme a lo dispuesto en los artículos 56 a 60 de la Ley 36/2011 de 10 de octubre reguladora de la jurisdicción social. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Sociedad Cooperativa Madrileña Tamaj, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a 14 de febrero de 2022.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/3.150/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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