Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 57

Fecha del Boletín 
08-03-2022

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220308-26

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

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ANUNCIO del extracto de la Orden 245/2022, de 22 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan ayudas a empresas privadas para realizar proyectos de música en 2022.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http:/pap.minhap.gob.es/bdnstrans):

BDNS: 612468

Primero

Beneficiarios

Tener la condición de microempresa o de pequeña empresa con capacidad de obrar en el ámbito musical, de acuerdo con lo previsto en el anexo I sobre la definición de pyme, del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014. Residencia fiscal en la Comunidad de Madrid. Una antigüedad de dos años de actividad profesional acreditada y continuada en los dos años anteriores a la fecha de la solicitud, o de manera discontinua en los cuatro últimos años.

No podrán tener la condición de beneficiario las agrupaciones de personas físicas o jurídicas que carezcan de personalidad jurídica propia, tales como comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado.

Segundo

Objeto

La realización de proyectos de música tendrá las siguientes modalidades:

a) Producción y estreno de espectáculos musicales con música en directo: zarzuela, ópera.

b) Grabación, edición discográfica y difusión por medios audiovisuales o por Internet.

c) Producción y exhibición de ciclos, festivales o conciertos.

Se entenderá por ciclo o festival la realización de eventos musicales de cualquier estilo en los que se programen al menos cuatro conciertos diferentes.

Tercero

Bases reguladoras

Las bases reguladoras de las ayudas a empresas privadas para la realización de proyectos de música han sido establecidas por la Orden 1424/16, de 18 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 de mayo de 2016) y modificada mediante la Orden 232/2018, de 6 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 23 de marzo de 2018) y por la Orden 1015/2021, de 6 de septiembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 17 de septiembre de 2021).

http://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/05/06/BOCM-20160506-20%2C0...

http://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2018/03/23/BOCM-20180323-20.PDF

http://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/09/17/BOCM-20210917-25.PDF

Cuarto

Cuantía

La presente convocatoria asciende a 325.000 euros. La cuantía mínima individual será de 4.000 euros y la máxima de 41.500. Tendrá como límite el importe de la subvención solicitada y no excederá del 75 por 100 del presupuesto presentado por el interesado en su solicitud.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

Quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del extracto de la Orden de convocatoria.

Sexto

Período subvencionable: desde el 1 de octubre de 2021 al 14 de diciembre de 2022.

Séptimo

Plazo máximo de justificación: hasta el 15 de diciembre de 2022.

En Madrid, a 22 de febrero de 2022.

La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, MARTA RIVERA DE LA CRUZ

(03/4.186/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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