Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 59

Fecha del Boletín 
10-03-2022

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220310-47

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL

47
ADENDA de prórroga de 17 de febrero de 2022, del convenio marco entre la Comunidad de Madrid, Consejería de Políticas Sociales y Familia (actual Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y el Colegio Oficial de Trabajo Social de Madrid para el desarrollo de actuaciones conjuntas relativas a fomento de voluntariado y apoyo en situaciones de emergencia social en la Comunidad de Madrid.

En Madrid, a 17 de febrero de 2022.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. D.a María Concepción Dancausa Treviño, Consejera de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 47/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

De otra, D. Daniel Gil Martorell, IImo. Sr. Decano del Colegio Oficial de Trabajo Social de Madrid, con domicilio social en la calle Evaristo San Miguel, número 4, 28008 Madrid, nombrado en Asamblea Extraordinaria de fecha 19 de octubre de 2020 e inscrita en el Registro de Colegios Profesionales de la Comunidad de Madrid mediante Orden del Consejero de Justicia, Interior y Víctimas, de 1 de diciembre del 2020, y que actúa en representación del mismo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 32.a) de sus Estatutos Sociales.

Actuando dichas partes en uso de la representación que ostentan y reconociéndose mutuamente la capacidad legal suficiente,

MANIFIESTAN

1. Que ambas instituciones comparten la importancia de la promoción del voluntariado en todos los ámbitos para avanzar en la construcción de una sociedad más justa y solidaria. Con este objetivo, consideran conveniente promover el voluntariado entre los/as trabajadores/as sociales de Madrid, por considerar este colectivo profesional uno de los más preparados para dar respuesta inmediata ante situaciones de vulnerabilidad social como consecuencia de una emergencia.

2. Que siendo coincidentes los objetivos en materia de voluntariado de ambas partes, suscribieron un Convenio Marco el día 18 de febrero de 2019 en virtud del cual se comprometieron a fomentar el voluntariado, en particular a través del Cuerpo de Trabajadores/as Sociales Voluntarios/as de intervención en situación de emergencia social, en la Comunidad de Madrid.

3. Que en la cláusula quinta del citado Convenio Marco se establecía su vigencia desde la fecha de la firma, el 18 de febrero de 2019, con una duración de un año. Pudiéndose prorrogar, de forma expresa y por mutuo acuerdo de las partes, mediante la firma de una adenda de prórroga, antes de la finalización del citado plazo de vigencia, hasta un máximo de cuatro años adicionales.

4. Que atendiendo a lo establecido en la mencionada clausula quinta del citado Convenio Marco, se firmó una Adenda de Prorroga del mismo el 18 de febrero de 2020 por un año más, hasta el 18 de febrero de 2021 y otra Adenda de Prorroga también del mismo el 18 de febrero de 2021 por otro año más.

Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir la presente adenda de prórroga al convenio citado conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Prórroga

De conformidad con lo dispuesto en la cláusula quinta del Convenio Marco entre la Comunidad de Madrid, Consejería de Políticas Sociales y Familia (actual Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y el Colegio Oficial de Trabajo Social de Madrid, para el desarrollo de actuaciones conjuntas relativas a fomento de voluntariado y apoyo en situaciones de emergencia social en la Comunidad de Madrid, de fecha 18 de febrero de 2019, ambas partes acuerdan prorrogar el mencionado convenio por un período de un año más, desde el 18 de febrero de 2022 hasta el 18 de febrero de 2023.

Segunda

Financiación.

De la presente Adenda no se derivará obligación económica alguna para la Comunidad de Madrid.

Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma la presente Adenda de Prórroga, siendo la fecha de formalización de la misma la correspondiente a la de la firma de la Comunidad de Madrid, o en ausencia de fecha en el pie de firma, la que figure en el encabezamiento.

Madrid, a 17 de febrero de 2022.—La Consejera de Familia, Juventud y Política Social, María Concepción Dancausa Treviño.—El Decano del Colegio Oficial de Trabajo Social de Madrid, Daniel Gil Martorell.

(03/4.032/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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