Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 59

Fecha del Boletín 
10-03-2022

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220310-58

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Alcobendas. Régimen económico. Ordenanza fiscal incremento valor terrenos

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y 162 y siguientes del Reglamento Orgánico de Pleno, el Ayuntamiento Pleno, en su sesión extraordinaria y urgente celebrada el 9 de marzo de 2022, en relación con el proyecto de modificación del artículo 3, con adición de un nuevo apartado 5; modificación del artículo 6, apartados 1, 2, 3 y adición de un nuevo apartado 4; y modificación del artículo 11, apartado 1 de la ordenanza fiscal 4.4 reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, ejercicio 2022, adoptó el siguiente acuerdo:

Aprobar provisionalmente la modificación del artículo 3, con adición de un nuevo apartado 5; modificación del artículo 6, apartados 1, 2, 3 y adición de un nuevo apartado 4; y modificación del artículo 11, apartado 1 de la ordenanza fiscal 4.4 reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, ejercicio 2022.

Procedimiento y efectos:

Las modificaciones acordadas se aplicarán a partir del día siguiente a la publicación del anuncio de aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a cuyo efecto, y en cumplimiento de lo establecido en los párrafos 1 y 2 del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se expondrán en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento durante treinta días, dentro de los cuales los interesados podrán examinar los expedientes y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. De conformidad con lo dispuesto en el párrafo 3 del citado artículo 17, en el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario.

Dicha exposición al público se anunciará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y comenzará a contar su plazo a partir del día siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio. Además, deberá anunciarse en uno de los diarios de mayor difusión de la Comunidad Autónoma.

El expediente del acuerdo de referencia se halla expuesto al público en la Dirección General de Economía (Subdirección General de Rentas y Exacciones) a fin de que los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, puedan examinarlos y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, contra los mismos, con sujeción a las normas que se indican a continuación:

a) Plazo de exposición al público y de presentación de reclamaciones: treinta días hábiles a partir de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Oficinas de presentación:

— Oficinas del Servicio de Atención Ciudadana:

• Ayuntamiento de Alcobendas, plaza Mayor, número 1, Alcobendas (Madrid). Con cita previa.

• Distrito Centro, plaza del Pueblo, número 1, Alcobendas (Madrid). Con cita previa

• Distrito Urbanizaciones, avenida Bruselas, número 19, Alcobendas (Madrid). Con cita previa.

— Registro electrónico del Ayuntamiento de Alcobendas, a través de su página web: www.alcobendas.org

— A través de los medios electrónicos indicados en el artículo 12 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

c) Órgano ante el que se reclama: alcalde-presidente del Ayuntamiento de Alcobendas.

Alcobendas, a 9 de marzo de 2022.—El secretario general del Pleno accidental (Resolución de la DGRT de la Comunidad de Madrid, de 6 de octubre de 2021), Francisco Coronado Martínez.

(03/4.901/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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