Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 60

Fecha del Boletín 
11-03-2022

Sección 1.4.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220311-32

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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RESOLUCIÓN de 17 de febrero de 2022, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre depósito de los estatutos de la asociación empresarial denominada Asociación de Proveedores de Correos Express-Asprocex (número de registro de la asociación 28100035).

Visto el escrito de solicitud de depósito de estatutos presentado por don Juan Manuel Piqueras Ruiz, en representación de la asociación empresarial denominada Asociación de Proveedores de Correos Express-Asprocex y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Que la citada asociación presentó escrito registrado en esta Oficina Pública de Depósito de Estatutos por el que solicitaba el depósito de sus estatutos y del acta de constitución.

Segundo

Los estatutos y el acta de constitución fueron suscritos por los siguientes promotores: Don José Sáez Gil, en representación de Transportes Saejo, S. L.; doña Yeray Cordón Herrera, en representación de Yeray Cordon Transportes, S. L.; don Francisco Javier García Carmona, en representación de Pia Box Logistic, S. L.; don Miguel Jiménez Torrubia, en representación de Otbox Logic, S. A.; don Juan José Martín Iglesias, en representación de Transportes Padeseris, S. L., y don Vicente Marcos Fernández Campeño, en representación de Dafnevia, S. L.

Tercero

Que examinada la documentación presentada se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos, siendo el ámbito territorial el de la Comunidad de Madrid y su ámbito funcional el empresarial.

Al observarse defectos en la documentación presentada, se requirió con fecha 20 de enero de 2022 la subsanación de los mismos, que fue efectuada el día 13 de febrero de 2022.

Cuarto

Que en la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones reglamentarias de general aplicación.

A los anteriores antecedentes, son de aplicación los siguientes:

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

Que la Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud, de conformidad con lo establecido en la Ley 19/1977, de 1 de abril, Reguladora del Derecho de Asociación Sindical; Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales constituidas al amparo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, y Real Decreto 932/1995, de 9 de junio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de trabajo y demás disposiciones complementarias concordantes.

Segundo

Que del análisis de la documentación aportada se deduce que los Estatutos contienen todos los requisitos exigidos en la citada Ley 19/1977, de 1 de abril, por lo que se procede a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con el artículo 13.3 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, que desarrolla dicha Ley.

Por todo lo expuesto, esta Dirección General de Trabajo

ACUERDA

Anunciar el depósito de estatutos de la asociación empresarial denominada Asociación de Proveedores de Correos Express-Asprocex, siendo su ámbito territorial el de la Comunidad de Madrid y funcional el empresarial; así como la inserción de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.

Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y obtener copia del mismo, siendo posible impugnarlo ante el Juzgado de lo Social, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social (“Boletín Oficial del Estado” de 11 de octubre de 2011).

Madrid, a 17 de febrero de 2022.—La Directora General de Trabajo, Silvia Marina Parra Rudilla.

(03/4.225/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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