Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 63

Fecha del Boletín 
15-03-2022

Sección 1.2.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220315-12

Páginas: 10


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

12
RESOLUCIÓN de 2 de marzo de 2022, de la Dirección General de Función Pública, por la que se requiere documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos a efectos de la constitución de la lista de espera de personal funcionario interino del Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Técnicos, Escala de Arquitectura Técnica, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid.

Mediante Orden 318/2019, de 12 de febrero, de la entonces Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 48, de 26 de febrero), corrección de errores BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 132, de 5 de junio), se convocaron pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Técnicos, Escala de Arquitectura Técnica, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid, en el apartado primero de la base decimoséptima de la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la entonces Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid, y en la base décima de la citada 318/2019, de 12 de febrero, a efectos de la selección de personal funcionario interino del cuerpo y escala de referencia, se procederá a la constitución y aprobación de una lista de espera, integrada por un máximo de 50 candidatos, de personal funcionario interino del Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Técnicos, Escala de Arquitectura Técnica, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, con aquellos aspirantes que hayan obtenido como mínimo 3 puntos en la calificación del primer ejercicio de la oposición y no superen el proceso selectivo, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha lista de espera, o que se les hubiera anulado el examen de alguno de los ejercicios de la oposición por incumplimiento de las normas legales y reglamentarias de aplicación en la presente convocatoria.

A tal fin, en el apartado segundo de la base decimoséptima de la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 163, de 10 de julio) por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid, aplicable en virtud de remisión expresa de la base décima de la antes citada Orden 318/2019, de 12 de febrero, dispone que el tribunal calificador de las señaladas pruebas remitirá a la Dirección General de Función Pública la relación de aspirantes que integrarían esa lista de espera, debiendo requerirse a los mismos, mediante resolución del aludido centro directivo a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, la presentación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de participación exigidos en la expresada orden de convocatoria.

De acuerdo con la normativa expuesta, y una vez elevada por el tribunal de selección la relación de aspirantes que han de ser tomados en consideración a los efectos descritos en la base décima anteriormente indicada, resulta obligado la previa acreditación por aquellos del cumplimiento de los referidos requisitos.

En virtud de cuanto antecede, esta Dirección General, en uso de las facultades que tiene atribuidas,

RESUELVE

Primero

Hacer pública, como Anexo a la presente resolución, la relación de aspirantes remitida por el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Técnicos, Escala de Arquitectura Técnica, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, convocadas por Orden 318/2019, de 12 de febrero, de la entonces Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, integrada por aquellas personas aspirantes que han alcanzado el nivel mínimo establecido en la base décima de dicha orden, todo ello a fin de formar parte de la lista de espera de personal funcionario interino del citado cuerpo y escala.

Segundo

1. Requerir a las personas que figuran en el citado Anexo la presentación, en el plazo de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de los documentos que correspondan de entre los que se detallan a continuación, poniendo a su disposición, a tal efecto, el modelo de solicitud que se incorpora a la misma, y todo ello sin perjuicio de lo previsto en el punto 2 de este apartado segundo:

A) Copia del Documento Nacional de Identidad y, en su caso, de demás documentación que fuera precisa a efectos de acreditar el cumplimiento del requisito de nacionalidad establecido en el apartado 1.b) de la base sexta de citada Orden 290/2018, de 27 de junio.

B) Copia del título de Arquitecto Técnico o de Grado que habilite para el ejercicio de la profesión de Arquitecto Técnico o, en su caso, de la certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición de dichos títulos, junto a la acreditación del pago de la tasa correspondiente a la expedición de los mismos.

En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá aportar copia de la credencial que proceda conforme a la normativa que resulte de aplicación a tal efecto.

C) Declaración jurada o promesa, a efectos de ser nombrado personal funcionario interino, de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

Las personas aspirantes que posean nacionalidad distinta de la española deberán presentar, además de la declaración relativa al Estado Español, declaración jurada o promesa de no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público. Al objeto de formular la declaración o promesa descrita, se adjunta a la presente resolución el correspondiente modelo, que habrá de ser debidamente cumplimentado y firmado

Al objeto de formular la declaración o promesa descrita, se adjunta a la presente resolución el correspondiente modelo, que habrá de ser debidamente cumplimentado y firmado.

D) En caso de haber participado en el proceso selectivo a través del cupo de reserva para personas con discapacidad, copia de la documentación vigente acreditativa de la condición de persona con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, que se indica en la base 10.1.c) de la Orden 1261/2017, de 3 de mayo.

2. No obstante lo anterior, no será necesario aportar la documentación señalada en las letras A) y B), obteniéndose por la Administración, de oficio, la información a que van referidas las mismas, salvo si la persona interesada se opusiera expresamente a la consulta de datos por medios electrónicos establecida a tal fin en el apartado 5 del modelo de solicitud.

Sin perjuicio de lo expuesto, en lo relativo a la titulación académica, el acceso de oficio a la información requerida, únicamente será posible siempre y cuando la persona interesada hubiera procedido al abono de la tasa correspondiente a la expedición del título de que se trate exigido para concurrir al proceso de referencia. En caso contrario, deberá aportarse la documentación comprendida en la letra B) del punto 1.

En aquellos casos en los que la condición de persona con discapacidad hubiera sido reconocida por el órgano competente de la Comunidad de Madrid, la administración consultará de oficio la información, no siendo necesario aportar la documentación contemplada en la letra D), siempre que el interesado no se oponga expresamente a la consulta de datos por medios electrónicos establecida en el apartado 5 del modelo de solicitud.

3. La documentación indicada habrá de acreditar la posesión de los requisitos correspondientes en los términos dispuestos en el apartado primero de la base segunda de la mencionada Orden 318/2019, de 12 de febrero, debiendo ser presentada telemáticamente, cumplimentando la solicitud que se encuentra disponible en la página web de la Comunidad de Madrid, y a la que podrá accederse desde el enlace https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/bolsas-empleo-temporal-adm..., en el apartado “Listas de espera en formación”, o desde el Portal del Ciudadano de la Comunidad de Madrid, siguiendo las indicaciones recogidas en el apartado denominado “Tramitación”.

Para ello, la persona interesada debe disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma y tener instalada la aplicación “Autofirma”, que podrá descargarse, una vez cumplimentado el formulario de solicitud, en el proceso de envío a registro.

4. De conformidad con lo dispuesto en la base décima de la orden de convocatoria, la lista de espera de funcionarios interinos del Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Técnicos, Escala de Arquitectura Técnica, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, estará compuesta por un máximo de cincuenta candidatos, por lo que se incluirá en la lista de espera definitiva a las personas aspirantes que acrediten el cumplimiento de los requisitos para formar parte de la misma en el plazo determinado en la presente resolución y en el orden de prelación indicado en el anexo, hasta alcanzar el número máximo de candidatos previsto.

Tercero

Si la documentación aportada por las personas que figuran en el anexo de la presente resolución o la obtenida por la Administración a través de la consulta de datos por medios electrónicos, adoleciera de algún defecto, se procederá, una vez finalizado el plazo señalado en el apartado anterior, a habilitar a aquellas el plazo de subsanación correspondiente, en los términos dispuestos en la normativa aplicable al proceso de referencia.

Cuarto

Las personas que, estando incluidas en el mencionado anexo, no presenten la documentación requerida en la forma y plazo establecidos a tal efecto en el apartado segundo de la misma, o si la aportada u obtenida de la aludida consulta acreditara que incumplen los requisitos de participación exigidos en la orden de convocatoria del reseñado proceso selectivo, no podrán formar parte de la lista de espera de personal funcionario interino del cuerpo y escala indicado, sin perjuicio de la responsabilidad en la que, en su caso, pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.

Quinto

Una vez efectuadas las comprobaciones oportunas de las actuaciones que traigan causa de lo dispuesto en la presente resolución, se procederá a la aprobación de la lista de espera de personal funcionario interino del Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Técnicos, Escala de Arquitectura Técnica, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, que se hará pública en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a través de la correspondiente resolución de este centro directivo.

Dado en Madrid, a 2 de marzo de 2022.—La Directora General de Función Pública, María José Esteban Raposo.













(03/4.370/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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