Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 63

Fecha del Boletín 
15-03-2022

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220315-128

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

128
Móstoles número 1. Ejecución 244/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento número de ejecución 244/2021-V, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mario Novella Romero, don Ángel Luis Fernández Fernández, don Daniel Morozan, don David Moya Fernández del Moral, don Francisco José Jurado Alcántara, don Jesús Muñoz Torres, don Juan Manuel Muñoz Ramos y don Igor Ogarkin, frente a UBSA Obras y Servicios, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado auto y decreto de 24 de enero de 2022, y decreto de insolvencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, don Jesús Muñoz Torres, don Juan Manuel Muñoz Ramos, don David Moya Fernández del Moral, don Mario Novella Romero, don Francisco José Jurado Alcántara, don Igor Ogarkin, don Daniel Morozan y don Ángel Luis Fernández Fernández, frente a la demandada UBSA Obras y Servicios, S. L., parte ejecutada, por un principal de 119.867,26 euros (desglosado según consta en sentencia), más 20.377 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la LJS, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado, abierta en la entidad Banco Santander, número 2850-0000-64-0244-21.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:

Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación.

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 119.867,26 euros de principal; más 20.377 euros de intereses y calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado UBSA Obras y Servicios, S. L., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación.

Y para que sirva de notificación en legal forma a UBSA Obras y Servicios, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a 23 de febrero de 2022.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/3.881/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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