Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 66

Fecha del Boletín 
18-03-2022

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220318-50

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Alcobendas. Régimen económico. Matrícula impuesto

Por el presente, y en aplicación de los artículos 90 y 91 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, mediante el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y el artículo 3 del Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, por el que se dictan normas para la gestión del impuesto sobre actividades económicas y se regula la delegación de competencias en materia censal de dicho impuesto, pongo en general conocimiento la exposición pública de la matrícula del impuesto sobre actividades económicas de 2022, desde el día 1 al 15 del mes de abril de 2022.

La matrícula está constituida por el censo de los sujetos pasivos que ejercen actividades económicas en el municipio y que reúnen la condición de obligados tributarios (que tributan por cuota municipal y no están exentos) del impuesto. Asimismo, se encuentra a disposición del público la matrícula comprensiva de aquellos sujetos pasivos cuyo domicilio fiscal radica en este municipio y tributan por cuota nacional, a tenor de lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero.

Durante el plazo indicado de exposición al público y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantías de los Derechos Digitales, el Servicio de Atención al Ciudadano (plaza Mayor, número 1, planta baja, del Ayuntamiento), proporcionará a los contribuyentes que lo soliciten la información de los referidos padrones que directamente les afecten, en horas de atención al público (lunes a viernes, de 8:30 a 14:30 horas y de 16:00 a 19:00 horas, previa cita llamando al 010 desde Alcobendas, o al 912 969 088 desde móviles o desde fuera de Alcobendas.

Recursos:

1. Cuotas municipales: contra los actos censales de inclusión, exclusión o alteración de los datos contenidos en la matrícula del impuesto sobre actividades económicas, los interesados podrán interponer el recurso de reposición previsto en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, mediante el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, ante el concejal-delegado de Economía y Hacienda, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al del término del período de exposición pública de la matrícula. Contra la resolución del recurso de reposición podrá formular reclamación económico-administrativa en el plazo de un mes ante el Tribunal Económico Administrativo Regional.

2. Cuotas nacionales: contra los actos censales de inclusión, exclusión o alteración de los datos contenidos en la matrícula del impuesto sobre actividades económicas, los interesados podrán interponer recurso de reposición potestativo ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria o reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional.

La interposición del recurso de reposición o reclamación económico-administrativa contra los actos citados no originará la suspensión de los actos de liquidación municipales.

Alcobendas, a 25 de febrero de 2022.—El alcalde, Aitor Retolaza Izpizua.

(01/4.756/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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