Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 66

Fecha del Boletín 
18-03-2022

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220318-68

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

68
Móstoles. Organización y funcionamiento. Catálogo de modelos normalizados

Resolución de la concejala de Presidencia y Desarrollo Urbano.

Primero.—Considerando que con fecha 1 de septiembre de 2021, desde la Concejalía de Derechos Sociales y Mayores se remite justificación de la necesidad de modificar el modelo de Solicitud Individual de Prestaciones de Servicios Sociales, así como sus anexos I y II, para adaptarlos a la nueva ordenanza municipal, solicitando, asimismo, la anulación del anexo V de dicha solicitud.

Segundo.—Considerando que con fecha 12 de noviembre de 2021, desde el Departamento de Recaudación Voluntaria se solicita la creación de un nuevo modelo de Adhesión al Sistema Especial de Pagos en período voluntario, suprimiendo los modelos Mn/H/006c de adhesión al sistema especial de pagos en período voluntario para matrimonios y el modelo Mn/H/006i de Adhesión al Sistema Especial de Pagos en período voluntario individual.

Con esa misma fecha se envía justificación de la necesidad de modificar el modelo de solicitud de domiciliación bancaria para el pago de tributos, para incorporar un apartado para el sistema especial de pagos.

Tercero.—Considerando que con fecha 24 de enero de 2022, desde el Departamento de Personal se solicita la modificación del modelo normalizado de Solicitud de Admisión a Pruebas Selectivas para incorporar la opción de poder consultar y verificar los DNI, y así dar cumplimiento al artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cuarto.—Considerando que tras la entrada en vigor del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de obligatorio cumplimiento desde el 25 de mayo de 2018, junto con la nueva LOPDGDD, de obligado cumplimiento desde el 7 de diciembre de 2018, que implican que las organizaciones deben estar adaptadas a las nuevas exigencias impuestas por ambas, se hace necesario modificar los modelos normalizados para su adaptación.

Quinto.—Considerando que el Consejo de Dirección Técnico-Administrativa informó favorablemente los citados modelos en sesión de fecha 1 de marzo de 2022.

Sexto.—Considerando que en el apartado segundo del artículo 11 del Reglamento Municipal de Procedimiento Administrativo establece que “la Concejalía de Presidencia mantendrá permanentemente actualizado y a disposición pública un catálogo de modelos normalizados de solicitud elaborados por la Administración municipal”.

Séptimo.—Considerando que en el apartado primero del artículo indicado establece que los modelos normalizados de solicitud serán aprobados por resolución de Alcaldía o de la Concejalía-Delegada de Presidencia, previo informe favorable del Consejo de Dirección Técnico-Administrativa.

Octavo.—Considerando el informe de la responsable de Estadística, de fecha 15 de febrero de 2022, la propuesta de resolución del secretario general, de fecha 16 de febrero de 2022, y el dictamen favorable del Consejo de Dirección Técnico-Administrativa de fecha 1 de marzo de 2022.

Por todo lo expuesto, de conformidad con apartado segundo del artículo 11 del Reglamento Municipal de Procedimiento Administrativo en conexión con el Decreto de Alcaldía número 1860/2021, de 23 de abril, resuelvo lo siguiente:

Primero.—Aprobar la actualización del Catálogo de Modelos Normalizados de Solicitud que consta en el punto cuarto y proceder a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en la web municipal, tablones de edictos y en todas las Oficinas de Registro de este Ayuntamiento.

Segundo.—Los modelos a aprobar son los siguientes:

Móstoles, a 3 de marzo de 2022.—La concejala de Presidencia y Desarrollo Urbano, María Luisa Ruiz González.

(03/4.559/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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