Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 69

Fecha del Boletín 
22-03-2022

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220322-36

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

OFERTAS DE EMPLEO

36
Boadilla del Monte. Ofertas de empleo. Proceso selectivo

De conformidad con lo establecido en el apartado 11.o de las bases generales aprobadas en el marco del “Plan de consolidación y estabilización de empleo temporal del Ayuntamiento de Boadilla del Monte” (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 38, de 15 de febrero de 2021), así como en la base 16.a de las específicas que rigen el proceso selectivo, se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, decreto del segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras 1188/2022, de 9 de marzo, cuya parte dispositiva resulta del siguiente tenor:

«1.o Rectificar el error material advertido en la parte dispositiva del decreto 813/2022, de 17 de febrero, del segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 52, de 2 de marzo de 2022), del segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras, en el sentido que se indica:

Donde dice:

“1.o Aceptar la propuesta para la resolución del proceso selectivo convocado para la cobertura, por el procedimiento selectivo extraordinario de Estabilización de Empleo Temporal, mediante el sistema de concurso-oposición, de cuatro plazas de personal funcionario de carrera de técnico de Administración General, encuadradas en la Escala de Administración General, Subescala Técnica, Clase Superior, Grupo A, Subgrupo A1, del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, en favor de las personas que a continuación se relacionan:

Debe decir:

“1.o Aceptar la propuesta para la resolución del proceso selectivo convocado para la cobertura, por el procedimiento selectivo extraordinario de Estabilización de Empleo Temporal, mediante el sistema de concurso-oposición, de cuatro plazas de personal funcionario de carrera de Técnico de Administración General, encuadradas en la Escala de Administración General, Subescala Técnica, Clase Superior, Grupo A, Subgrupo A1, del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, en favor de las personas que a continuación se relacionan:

2.o Nombrar funcionarias de carrera en la categoría de técnico de administración general, de la Escala de Administración General, Subescala Técnica, Clase Superior, Grupo A, Subgrupo A1, del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, a las personas que a continuación se relacionan, quedando adscritas al puesto que se indica:

3.o Las aspirantes deberán tomar posesión en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del nombramiento en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Transcurrido el plazo señalado sin que haya tomado posesión sin causa justificada y salvo casos de fuerza mayor, se les tendrá por desistidas en su derecho al nombramiento.

4.o Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en el Tablón de Edictos y Anuncios Digital, y en su página web municipal ( http://www.ayuntamientoboadilladelmonte.org ).

5.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, puede ser recurrido potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, y se entenderá desestimado si transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.

La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.

No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su interposición).

Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime procedente».

En Boadilla del Monte, a 9 de marzo de 2022. —El segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras, Jesús Egea Pascual.

(01/4.990/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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