Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 69

Fecha del Boletín 
22-03-2022

Sección 3.10.20Z: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220322-58

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ZARZALEJO

RÉGIMEN ECONÓMICO

58
Zarzalejo. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 25 de febrero de 2022, por la que se convocan subvenciones a asociaciones del municipio correspondientes a las actividades del año 2022, por el procedimiento de concurrencia competitiva.

ID BDNS 613727

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( www.infosubvenciones.es ) y en la página web del Ayuntamiento de Zarzalejo.

Primero. Beneficiarios.—1. Podrán solicitar subvenciones con arreglo a la presente convocatoria las asociaciones que figuran dentro del artículo 5 de la ordenanza reguladora de la concesión de subvenciones a asociaciones.

2. El cumplimiento del requisito de inscripción en el Registro Municipal se verificará de oficio por parte del personal técnico del Ayuntamiento.

3. No podrán ser beneficiarias aquellas asociaciones en las que incurran las causas del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

4. Los requisitos deberán mantenerse hasta la fecha de la justificación de la subvención.

Segundo. Objeto.—La subvención tiene por finalidad la realización de actividades de interés público y social de naturaleza cultural a cargo de las asociaciones inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Zarzalejo.

Los gastos subvencionables serán aquellos que de manera indubitada estén relacionados las actividades contempladas en el artículo 6 de la ordenanza reguladora de la concesión de subvenciones a asociaciones.

No serán objeto de subvención:

a) Gastos de mantenimiento y funcionamiento ordinario de las asociaciones: alquiler de locales para la realización de actividades de administración, gastos financieros, licencias, asesoría legal u otros gastos corrientes tales como luz, agua, teléfono o Internet entre otros.

b) Comidas y gastos de representación similares.

c) Aquellas actividades comprendidas en los apartados 2, 3 y 4 del artículo 2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Tercero. Bases reguladoras.—Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en la Ordenanza específica para la concesión de subvenciones en materia de asociaciones, aprobada en fecha 3 de diciembre de 2018, y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 63, de fecha 15 de marzo de 2019.

Cuarto. Cuantía de la ayuda.—Los créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención son los siguientes 10.000 euros, y la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas es de 700 euros por asociación.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Las solicitudes se formularán mediante instancia en formato electrónico. Se dirigirán al Alcalde del Ayuntamiento, y se presentarán en la sede electrónica del Ayuntamiento ( https://zarzalejo.sedelectronica.es/ ) o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes desde la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto. Otros datos.—Deberán acompañarse a la solicitud los documentos siguientes:

a) Memoria detallada del proyecto/actividad o actividades para los que se solicita la subvención, en la que además se justifique la necesidad de obtener la subvención que se solicita.

b) Presupuesto aproximado de gastos e ingresos del total del proyecto, actividad o actividades para los que solicita la subvención.

c) Declaración jurada de no tener deudas pendientes con el Ayuntamiento de Zarzalejo.

d) Declaración jurada o responsable de cumplimiento de los requisitos de la Ordenanza y de la Ley 38/2003 de Subvenciones en modelo que puede ser facilitado por el Ayuntamiento.

Zarzalejo, a 7 de marzo de 2022.—El alcalde-presidente, Rafael Herranz Ventura.

(03/5.338/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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