Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 70

Fecha del Boletín 
23-03-2022

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220323-46

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Distrito de Arganzuela

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Madrid. Régimen económico. Distrito de Arganzuela. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del Decreto 202200101 de la concejala-presidenta del distrito de Arganzuela, por el que se aprueban las bases que regirán la Convocatoria Premio Arganzuela 2022, III Edición Certamen Literario “Benito Pérez Galdós”.

BDNS 615166

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).

1. Objeto y finalidad de la convocatoria

Convocatoria Premio Arganzuela 2022, III Edición Certamen Literario “Benito Pérez Galdós”, en régimen de concurrencia competitiva, modalidades de relato corto y poesía.

2. Régimen jurídico aplicable

Se regirá por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (“Boletín Oficial del Estado” de 18 de noviembre de 2003); Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (“Boletín Oficial del Estado” de 25 de julio de 2006); la disposición adicional primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre 2013, así como lo recogido en la convocatoria.

3. Participantes y categorías

Podrán participar en este concurso todos los escritores, cualquiera que sea su nacionalidad, que presenten obras originales, inéditas, no premiadas en otros certámenes y escritas en castellano. Cada modalidad (relato corto, poesía) tendrá tres categorías:

— Primera categoría: Certamen literario “Benito Pérez Galdós”, destinado a cualquier persona residente en España que haya cumplido la mayoría de edad en el momento de presentar su obra.

— Segunda categoría: Certamen literario “Benito Pérez Galdós” para autores empadronados en el distrito de Arganzuela y que hayan cumplido la mayoría de edad en el momento de presentar su obra.

— Tercera categoría: Certamen literario “Benito Pérez Galdós” para jóvenes con una edad comprendida entre los trece y diecisiete años (empadronados en el distrito de Arganzuela, nacidos entre los años 2005 y 2009).

4. Premios

— Relato corto a nivel nacional: 2.000,00.

— Relato corto para autores empadronados en el distrito de Arganzuela: 1000,00.

— Relato corto para jóvenes empadronados en el distrito de Arganzuela: 500,00.

— Poesía a nivel nacional: 2.000,00.

— Poesía para autores empadronados en el distrito de Arganzuela: 1.000,00.

— Poesía para jóvenes empadronados en el distrito de Arganzuela: 500,00.

5. Entrega de las obras

Plazo de presentación de las obras: del 1 de mayo de 2022 al 30 de junio de 2022. No se admitirán inscripciones fuera del plazo establecido, para lo que se tendrá en cuenta la fecha del matasellos.

Lugar de entrega:

— Presencial: En la Oficina de Atención al Ciudadano del distrito de Arganzuela “Línea Madrid”. Horario de atención: de 8:30 a 17:00 horas, de lunes a jueves. De 8:30 a 14:00 horas los viernes. Meses de julio y agosto: de 8:30 a 14:00 horas de lunes a viernes. La atención se realizará solicitando cita previa en el teléfono 010.

— Por correo certificado: Junta Municipal del distrito de Arganzuela. Unidad de Servicios Culturales y Ocio Comunitario. Paseo Chopera, número 10, segunda planta, 28045 Madrid. Referencia: III Certamen literario “Benito Pérez Galdós”.

El texto íntegro de la convocatoria se publica en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” (BOAM).

Madrid, a 10 de marzo de 2022.—La concejala-presidenta de Arganzuela, María Cayetana Hernández de la Riva.

(03/5.364/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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