Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 70

Fecha del Boletín 
23-03-2022

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220323-67

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS

RÉGIMEN ECONÓMICO

67
Leganés. Régimen económico. Bases subvenciones

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Leganés, en sesión celebrada el día 1 de marzo de 2022, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar la modificación de las base décimo quinta que regula la Convocatoria pública de subvenciones destinadas a actuaciones relativas a la conservación, mejora de la accesibilidad y eficiencia energética en edificios con tipología residencial en el municipio de Leganés año 2019 (expediente número 000001/2019-125SURB), relativa a la omisión de la figura del órgano colegiado a que se refiere el apartado 1 del artículo 22 de la Ley de Subvenciones, haciendo constar que la base 15 “Tramitación de las solicitudes y procedimientos de instrucción” en su apartado relativo a la “Instrucción del Procedimiento” punto 1, queda redactado en los siguientes términos:

“1. El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para el conocimiento y determinación de los datos en virtud de los cuales se debe emitir informe del cumplimiento de los requisitos administrativos e informe con la valoración técnica y económica de la inversión, en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de resolución.

Se constituirá un órgano colegiado, con el fin de evaluar las solicitudes formuladas que estará formada por un Presidente, un Secretario y un vocal, cuyos cargos serán desempeñados por tres Técnicos del Área de Urbanismo.

El órgano colegiado, a la vista de las solicitudes presentadas, emitirá informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada del que se dará traslado al órgano instructor para formular propuesta.

Una vez estudiadas las solicitudes y establecido el orden de prelación se realizará una propuesta de resolución que se elevará por el órgano instructor al órgano competente para resolver (Junta de Gobierno Local)”.

Segundo.—Convalidar los actos administrativos del procedimiento de tramitación de la Subvención efectuados tras la aprobación de las bases de la convocatoria, previo al informe propuesta que sirva de base para la concesión de subvenciones a favor de los beneficiarios, emitido por el Órgano Instructor al órgano competente para resolver.

Tercero.—Ordenar la publicación de la modificación de las base decimoquinta de la convocatoria pública de subvenciones destinadas a actuaciones relativas a la conservación, mejora de la accesibilidad y eficiencia energética en edificios con tipología residencial en el municipio de Leganés (año 2019) en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Leganés y en la página web municipal (sede electrónica del Ayuntamiento de Leganés, sede.leganes.org ).

Leganés, a 10 de marzo de 2022.—La concejala-delegada de Urbanismo, Industrias, Patrimonio y Recursos Humanos (decreto de Alcaldía número 8111/2021, de 9 de septiembre de 2021, Laura Oliva García.

(03/5.042/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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