Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 72

Fecha del Boletín 
25-03-2022

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220325-69

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GASCONES

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Gascones. Régimen económico. Calendario fiscal

Aprobación calendario fiscal 2022.—Por resolución de Alcaldía de fecha 15 de marzo de 2022, se acuerda la aprobación del calendario de cobro de tributos municipales de carácter periódico y notificación colectiva del año 2022.

Del 1 de abril al 31 de mayo estarán puestos al cobro los recibos correspondientes a:

— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

— Tasa vados.

Del 1 de julio al 30 de septiembre estarán puestos al cobro los recibos correspondientes a:

— Impuesto sobre bienes inmuebles (urbana y rústica).

— Impuesto de actividades económicas.

— Tasa recogida de basura.

El ingreso de las cuotas en período voluntario se realizará a través de la entidad bancaria colaboradora (Banco Santander), en las fechas anteriormente referenciadas.

Los recibos domiciliados se pasarán al cobro en la mitad del período de pago voluntario.

Los padrones correspondientes estarán expuestos en el Ayuntamiento durante los quince días anteriores a la fecha de inicio del período voluntario. Contra las liquidaciones contenidas en los mismos podrá formularse recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo de exposición pública del padrón (artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).

Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, se iniciará el período ejecutivo y las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengándose intereses de demora y los recargos del período ejecutivo en los términos de los artículos 26 y 28 de la Ley General Tributaria.

Este anuncio tiene carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

En Gascones, a 15 de marzo de 2022.—El alcalde-presidente, Jesús Manuel Romero Martín.

(01/5.362/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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