Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 73

Fecha del Boletín 
26-03-2022

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220326-11

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

11
Móstoles número 2. Ejecución 110/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARIA ISABEL CANO CAMPAÑA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en la Ejecución 110/202, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de D. MOHAMED BOUKADIDA BOUZID frente a CONSTRUCCIONES FUENSALAMANCA S.L. y CONSTRUCCIONES FUENCIUDAD, S. L., sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Decreto de fecha 11/01/2022, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 5.338,95 euros de principal pendiente, más 409,91 euros de interés por mora y 588,00 euros de intereses y costas, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL parcial del ejecutado CONSTRUCCIONES FUENSALAMANCA, S. L., y CONSTRUCCIONES FUENCIUDAD, S. L., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Asimismo, hágase entrega de certificación a las partes ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL, así como demás testimonios necesarios y copia sellada de la demanda, que se remiten vía LexNet al letrado de las partes actora.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Y para que sirva de notificación en legal forma a CONSTRUCCIONES FUENSALAMANCA S.L. y CONSTRUCCIONES FUENCIUDAD S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a 4 de marzo de 2022.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/4.772/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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