Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 73

Fecha del Boletín 
26-03-2022

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220326-5

Páginas: 23


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

MANCOMUNIDAD DEL SUR

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

5
Mancomunidad del Sur. Organización y funcionamiento. Reglamento planta tratamiento residuos domésticos

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo de la Asamblea General inicial aprobatorio del Reglamento de la planta de tratamiento de residuos domésticos, con biometanización y compostaje de la fracción orgánica, en el término municipal de Pinto (expediente 308/2018), cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local:

REGLAMENTO DEL SERVICIO

NOVIEMBRE 2018

Capítulo I

Normas y condiciones generales

Artículo 1. Objeto del presente Reglamento.—El presente documento tiene por objeto establecer las obligaciones y facultades de la Empresa Concesionaria y las condiciones en que se desarrolla la explotación, mantenimiento y conservación de la Planta de Tratamiento de Residuos Domésticos de la Mancomunidad del Sur en Pinto.

La Empresa Concesionaria, bajo su responsabilidad, se encargará de la Explotación de la Planta.

Para ello dispondrá de los medios humanos, técnicos, administrativos y económicos necesarios para la adecuada prestación del servicio de acuerdo con lo establecido en el Contrato entre la Empresa Concesionaria y la Mancomunidad del Sur.

Los objetivos mínimos que debe cumplir la Empresa Concesionaria son los siguientes:

— Cumplir con la normativa vigente en todos sus aspectos y con las obligaciones derivadas de las autorizaciones de la Planta, en especial las derivadas de la Autorización Ambiental Integrada de la instalación.

— Conservación y mejora de las instalaciones existentes, optimizando su rendimiento y posibilidades.

— Tratamiento integral de todos los residuos que lleguen a la instalación, y gestión adecuada de todos los productos obtenidos.

— Recuperación de cuantos materiales sean susceptibles de un reciclaje y reutilización posterior.

— Optimización de la producción de biogás de metanización y de biogás del Depósito Controlado de Pinto.

— Optimización de la conversión en energía eléctrica.

Art. 2. Plan de Explotación.—La Empresa Concesionaria está obligada a la elaboración de un Plan de Explotación para la Planta, en el que se desarrollen todos los aspectos relacionados con la explotación de la misma. Este Plan de Explotación será coincidente y coherente con los compromisos adquiridos por la Empresa Concesionaria en su oferta.

El Plan de Explotación será aprobado, en su caso, por la Mancomunidad del Sur dentro de los treinta días siguientes a la firma del contrato.

Este Plan de Explotación definirá los siguientes aspectos:

— Caracterización de los flujos de entrada y salida.

— Cantidades a tratar.

— Consideraciones técnicas generales de la explotación, balances y capacidades de tratamiento.

— Estudio de costes e ingresos de la explotación de la instalación.

— Organización de la admisión de los residuos.

— Programación operativa.

— Recursos humanos y organigrama del personal.

— Descripción de la necesidad de talleres y almacenes.

— Consumos y producciones.

— Producción de biogás y conversión en energía eléctrica.

— Enumeración y detalle de la maquinaria, vehículos y equipos previstos en la explotación.

— Plan de Mantenimiento, Limpieza y Conservación.

— Plan de Control de Calidad.

— Plan de Seguridad y Salud.

— Plan de Emergencias.

— Plan Contraincendios.

— Plan de aprovechamiento de los productos valorizables.

— Plan de Gestión del Rechazo.

— Informes de explotación.

— Cantidades, calidades y usos potenciales del compost.

— Viabilidad técnico económica de la comercialización y utilización del compost.

— Propuesta de comercialización y precios de venta.

— Programa de Vigilancia Ambiental.

— Plan de mejoras semestral.

— Estudio de optimización energética.

Cada uno de los apartados se desarrollará incluyendo, como mínimo, los contenidos que se expresan en el presente Reglamento de Explotación.

Art. 3. Suministro de residuos.—En cuanto al suministro y gestión de residuos:

— La Mancomunidad del Sur autorizará el origen de los suministros de los residuos a tratar, según las cantidades y características que se establecen en los pliegos.

— La Empresa Concesionaria dispondrá de autorización administrativa como gestor de residuos.

Art. 4. Control de accesos.—El control de acceso a la Planta es responsabilidad de la Empresa Concesionaria. Para ello, la Empresa Concesionaria dispondrá de un servicio de conserjería las 24 horas del día todos los días del año, siendo un servicio de vigilancia cuando la Planta no esté en funcionamiento, velando, en todo caso, por la seguridad de las instalaciones y, eventualmente, realizando las labores del control de accesos y báscula. Estos servicios serán a costa de la Empresa Concesionaria.

A la Planta está previsto el acceso del personal de la Empresa Concesionaria, así como de terceros que, con autorización de la Mancomunidad del Sur, intervengan en el transporte y manipulación de residuos, materias primas, subproductos, así como aquellos que realicen servicios auxiliares (mantenimiento, limpieza, desratización, desinsectación, desinfección y otros servicios).

Dispondrán de libre acceso en cualquier momento y sin restricciones, los técnicos o representantes de la Mancomunidad del Sur, así como los representantes y/o inspectores de la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid y los de cualquier administración competente en el ejercicio de su autoridad.

Art. 5. Circulación de vehículos en el interior.—No se permitirá en el interior de la Planta la circulación de vehículos no adscritos a los trabajos de explotación, a excepción de aquellos que acudan a descargar residuos, suministros, carga de cualquier producto o rechazo, y en todo caso los vehículos expresamente autorizados por la Mancomunidad del Sur.

No se admitirá el acceso a la Planta de aquellos vehículos que sistemáticamente presenten pérdidas de líquidos, lixiviados o la dispersión de residuos. La no admisión se comunicará a la Mancomunidad del Sur debidamente documentada y registrada como incidencia.

Art. 6. Usuarios de las instalaciones.—Los usuarios de las instalaciones, públicos y privados, deberán disponer del correspondiente contrato de tratamiento de residuos con la Mancomunidad del Sur. Igualmente, la Mancomunidad del Sur se reserva la posibilidad de poder utilizar las instalaciones para el desarrollo de visitas, estudios, investigaciones y todas aquellas actuaciones objeto de la actividad normal de la Mancomunidad del Sur.

Las personas que visiten la Planta cumplirán las medidas de seguridad y de prevención de riesgos laborales que la Empresa Concesionaria establezca.

La Empresa Concesionaria prestará su apoyo en la realización de todas estas actuaciones.

Art. 7. Visitas organizadas.—Para poder ser visitada la Planta por grupos organizados, será condición indispensable la previa autorización de la Mancomunidad del Sur. Para ello se dispondrá del correspondiente itinerario para recorrer, de forma segura y sin tránsito de maquinaria móvil, las zonas que, a criterio de la Mancomunidad del Sur, puedan ser visitadas.

Art. 8. Revisión del Reglamento.—Anualmente podrá ser revisado este Reglamento por la Mancomunidad del Sur y la Empresa Concesionaria, si las condiciones de partida cambiaran de forma substancial como consecuencia de la implantación de nuevos sistemas de gestión y/o mejoras en las instalaciones, el desarrollo de nuevas tecnologías, modificaciones en la legislación que impliquen cambios substanciales en el proceso industrial o por haberse detectado ineficiencias en el servicio o en la aplicación del presente Reglamento.

La revisión se producirá necesariamente si la legislación que resulte aplicable determinase un cambio que afectase al proceso industrial y/o a cualquiera de los aspectos recogidos en el presente Reglamento.

Capítulo II

Competencias administrativas

El servicio contemplado en el presente Reglamento se gestiona por la Mancomunidad del Sur de acuerdo con los Estatutos de dicha entidad, donde se define su objeto para la prestación de los servicios de gestión de los residuos y en especial, el tratamiento, valoración energética y eliminación de los Residuos Sólidos Urbanos en los municipios mancomunados.

La Mancomunidad ejercerá su actividad y prestará sus servicios, de acuerdo con las formas de gestión de los servicios prevista en la legislación vigente de aplicación.

El servicio será prestado por la Mancomunidad del Sur a través de la Empresa Concesionaria.

La competencia de la Mancomunidad del Sur podrá extenderse a otros fines comprendidos dentro de las competencias que la legislación sobre residuos disponga como competencia municipal, y cuya realización conjunta interese a los municipios mancomunados.

La Mancomunidad del Sur tiene plena personalidad y capacidad jurídica para el cumplimiento de sus fines específicos y, en consecuencia, está capacitada para adquirir, poseer, reivindicar, prometer, gravar o enajenar toda clase de bienes, celebrar contratos, establecer y prestar los servicios públicos señalados en sus Estatutos como de su competencia, obligarse, interponer los recursos establecidos y ejercitar las acciones previstas en las leyes.

Para el cumplimiento de sus competencias, la Mancomunidad del Sur ostentará las siguientes potestades y prerrogativas:

— Las potestades reglamentarias y de autoorganización.

— Las potestades tributaria y financiera.

— La potestad de programación o planificación.

— Las potestades de investigación, deslinde y recuperación de oficio de sus bienes.

— La presunción de legitimidad y la ejecutividad de sus actos.

— Las potestades de ejecución forzosa y sancionadora.

— La potestad de revisión de oficio de sus actos y acuerdos.

— Las prelaciones y preferencias y demás prerrogativas reconocidas a la Hacienda Pública para los créditos de la misma, sin perjuicio de las que correspondan a las Haciendas del Estado y de las Comunidades Autónomas; así como la inembargabilidad de sus bienes y derechos en los términos previstos en las leyes.

Toda relación de los usuarios del servicio con los ayuntamientos de los municipios mancomunados relativa a la prestación de dicho servicio se canalizará a través de la Mancomunidad del Sur.

La Empresa Concesionaria presentará durante los primeros 20 días del contrato un Plan de Educación Ambiental que será revisado y validado por la Mancomunidad del Sur, teniendo la Empresa Concesionaria que pedir autorización expresa a dicha entidad si, puntualmente, requiere la utilización de los recursos asignados a dichas labores, como aula, medios audiovisuales, y otros elementos de apoyo, para labores comerciales o visitas técnicas.

Capítulo III

Derechos y obligaciones de las partes

Art. 9. Derechos y obligaciones de la Mancomunidad del Sur.—La Mancomunidad del Sur ostenta, en general, todos los derechos y obligaciones que para la Administración se recogen en la legislación vigente y en particular:

— Realizar, en cualquier momento, las funciones de inspección y control de las instalaciones, de la productividad, de los rendimientos y del adecuado funcionamiento de las mismas.

— Realizar en cualquier momento las labores de vigilancia y control de los riesgos existentes y de las medidas establecidas para limitarlos.

— Establecer las directrices generales de la explotación, así como las modificaciones que aconseje por el interés público.

— Seguimiento de la gestión de la Empresa Concesionaria pudiendo al efecto inspeccionar el servicio, sus obras, instalaciones, locales, dependencias, así como los libros, documentos y justificante de contabilidad de la Empresa Concesionaria y dictar las órdenes oportunas para mantener y restablecer en su caso la debida prestación.

— Imponer a la Empresa Concesionaria las correcciones pertinentes por las infracciones que cometiera y las actuaciones necesarias para la corrección de las deficiencias técnicas y de los impactos ambientales que se pongan de manifiesto en las auditorías anuales.

— Establecer medidas para verificar que los flujos de salida de la planta de tratamiento, en cuanto a materiales valorizables, son coherentes con los flujos de entrada a la misma, en función de la composición de los flujos de entrada, de la tecnología de la planta y de los rendimientos de recuperación previsibles para cada tipo de material. Para ello, la Mancomunidad del Sur podrá realizar estudios in situ en las instalaciones, tanto por sus propios medios, como designado a las entidades que estime oportuno en cada momento.

Art. 10. Derechos y obligaciones de la Empresa Concesionaria:

a) Obligaciones generales: Con carácter general, y además de las señaladas en el Pliego de Cláusulas Administrativas y el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, correrán a cargo de la Empresa Concesionaria las siguientes obligaciones:

— Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los usuarios el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el abono de una compensación económica.

— Cuidar del buen orden y servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones, sin perjuicio de los poderes de policía de la Mancomunidad del Sur.

— Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio.

— Mantener en buen estado las obras, instalaciones, bienes y medios auxiliares aportados por la Mancomunidad del Sur.

— Vigilar el recinto e instalaciones de la Planta durante las veinticuatro horas del día, asumiendo el coste que ello suponga, en el período de vigencia del contrato y de sus posibles prórrogas con carácter presencial.

— La Empresa Concesionaria está obligada a la correcta y adecuada prestación de los servicios de explotación, con completa sujeción a lo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, en el Contrato, en el Plan de Explotación y en el presente Reglamento, los cuales acatará en todos sus términos.

— La Empresa Concesionaria es la responsable de realizar, a satisfacción de la Mancomunidad del Sur, todos los servicios y operaciones que sean necesarios para alcanzar los objetivos previstos, con el funcionamiento de la planta en las mejores condiciones técnicas, productivas y de durabilidad.

— La Empresa Concesionaria no podrá ceder el contrato a terceros, ni parte de los derechos y obligaciones que del mismo se deriven, sin el previo y expreso consentimiento de la Mancomunidad del Sur.

— La Empresa Concesionaria adoptará las medidas necesarias para evitar que, por el funcionamiento de la Planta, se modifiquen las condiciones medioambientales del entorno, respetando, en todo caso, la normativa vigente en materia de medio ambiente.

— La Empresa Concesionaria es la responsable de que en la instalación se respeten las normas sobre seguridad y salud laboral, de acuerdo con lo que disponga la legislación en materia de Prevención de Riesgos Laborales, realizando cuantas acciones sean necesarias para cumplir este objetivo.

— La Empresa Concesionaria es la responsable de que en la instalación se respeten y cumplan todas las normas sobre aspectos ambientales, realizando, a su cargo, todas las modificaciones y controles que establezca la legislación vigente y, en su caso, las autorizaciones de que disponga la instalación.

b) Obligaciones laborales y sociales:

— La empresa explotadora cumplirá con la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la legislación vigente, sobre prevención de Riesgos Laborables y en el reglamento vigente de los Servicios de Prevención, así como de las que se promulguen durante la ejecución del contrato.

— Asimismo, acreditará ante la Mancomunidad del Sur, cuando fuese requerido, en cualquier momento durante la vigencia del contrato, o en todo caso antes de la devolución de la garantía definitiva, el cumplimiento de sus obligaciones laborales y sociales.

c) Seguros, gastos e impuestos:

— Son de cuenta de la Empresa Concesionaria los gastos por impuestos y por formalización del contrato, así como cuantas licencias, concesiones, autorizaciones y permisos procedan en orden a la ejecución del contrato.

— Asimismo correrá de cuenta de la Empresa Concesionaria satisfacer todos los gastos que la misma debe realizar para el cumplimiento del contrato, como son generales, financieros, de seguros, controles ambientales, vigilancia, transportes y desplazamientos, combustibles, materiales, instalaciones, energía eléctrica, agua, honorarios de personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, especialmente el IBI, el impuesto de actividades, el impuesto de producción de hidrocarburos, el IVA y cualesquiera otros que puedan derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo.

— La Empresa Concesionaria suscribirá, a su cargo, las pólizas de seguros exigidas en los pliegos de bases de la licitación, así como aquellas a las que la Mancomunidad del Sur esté obligada legalmente y que tengan relación con la Planta de Tratamiento de Residuos Domésticos de la Mancomunidad del Sur en Pinto.

— En concreto, se suscribirá y asumirá el coste que suponga una póliza de responsabilidad civil general que cubra todos los riesgos de las personas y bienes que de manera permanente, temporal o accidental se encuentren en la Planta de Tratamiento de Residuos Domésticos de la Mancomunidad del Sur en Pinto.

— Asimismo, se remitirá a la Mancomunidad del Sur copia de los documentos que justifiquen el cumplimiento de esta obligación en el plazo de un mes a contar desde la fecha de formalización del contrato.

— Además, la Empresa Concesionaria asumirá el coste, durante la duración total del contrato incluidas sus eventuales prorrogas, que supongan las pólizas por los seguros de daños actualmente contratadas para la Planta de Tratamiento de Residuos Domésticos de la Mancomunidad del Sur en Pinto.

— Con independencia de lo señalado en este apartado, la empresa explotadora suscribirá las pólizas, a su cargo, de seguros que considere necesarias en orden a evitar cualquier responsabilidad frente a terceros. Especialmente si existen profesionales no integrados en la plantilla de personal, se suscribirá una póliza que cubra la responsabilidad civil que pueda derivarse de la actuación de los mismos.

d) Derechos: El Adjudicatario tendrá, en general, los derechos que establece la legislación vigente en relación con los contratos del sector público, los cuales constituyen a su vez obligaciones de la Mancomunidad del Sur, y en particular:

— Corresponde a la Empresa Concesionaria el canon de tratamiento establecido en función de la tipología de residuo.

— Corresponden a la Empresa Concesionaria los ingresos y/o gastos por la comercialización que realice de materiales recuperados no adscritos a convenio de Ecoembes.

— Corresponden a la Empresa Concesionaria los ingresos de los materiales adscritos a Ecoembes. En este caso serán percibidos por la Mancomunidad del Sur y pagados a la Empresa Concesionaria íntegramente.

— La Empresa Concesionaria podrá realizar, a su cargo, las modificaciones y mejoras técnicas necesarias, cuando disponga de la correspondiente autorización previa y expresa de la Mancomunidad del Sur.

Art. 11. Derechos y obligaciones de los usuarios.—Los usuarios estarán sujetos a los siguientes derechos y obligaciones:

— Los usuarios tendrán derecho a utilizar el servicio en las condiciones que hayan sido establecidas.

— A cambio de la utilización del servicio los usuarios deberán realizar el abono a la Mancomunidad del Sur de la tasa o precio público que corresponda.

Capítulo IV

Definición y características del servicio de tratamiento de residuos

Art. 12. Composición de los residuos.—Se admitirán en la Planta todos aquellos residuos domésticos, entendiéndose como tales los residuos generados en los hogares como consecuencia de las actividades domésticas. Se admitirán también los similares a los anteriores generados en servicios e industrias, los que se generan en los hogares de aparatos eléctricos y electrónicos, ropa, pilas, acumuladores, muebles y enseres, así como los residuos y escombros procedentes de obras menores de construcción y reparación domiciliaria.

Asimismo, se admitirán los residuos procedentes de limpieza de vías públicas, zonas verdes y áreas recreativas, los animales domésticos muertos y los vehículos abandonados.

Art. 13. Recepción y clasificación del residuo recibido.—El material llega a la planta por medio de vehículos de recogida domiciliaria o en contenedores procedentes de plantas de transferencia. En el área de recepción son pesados y controlados sus datos de material transportado, procedencia matricula, peso bruto, etc.

La gestión de la información generada se realiza por medio de la aplicación web denominada Plataforma de gestión de residuos domésticos de la Mancomunidad del Sur.

Para facilitar el control de entradas y salidas se dispone de dos básculas de pesaje de camiones en la zona de recepción, que cuentan con el adecuado equipo informático para tratamiento de los datos de pesadas y control.

Los camiones una vez pesados pasan a una Plataforma de descarga en nave cerrada desde donde descargan en un foso partido en cuatro zonas con una capacidad total de 2.160 m3 capacidad para dos días. En la plataforma de la nave de recepción los vehículos maniobrarán para enfrentarse en el sentido de marcha hacia atrás con alguna de las posiciones de descarga existentes en los fosos. La plataforma de la nave de recepción tiene las dimensiones necesarias para realizar con holgura las maniobras de llegada, giro, aproximación, descarga y salida.

La nave de fosos dispone de dos zonas claramente diferenciadas:

— Una zona destinada para recepcionar, almacenar y alimentar R. S. U. a pretratamiento, en la que se incluyen los fosos de recepción de residuos.

— La otra zona de la nave está dedicada para el almacenamiento de la fracción orgánica en un foso pulmón que regula la dosificación a la planta de biometanización. Con este foso regulador se independiza el funcionamiento del Pretratamiento (un turno de trabajo) del Área de la preparación del orgánico para biometanización (dos turnos).

La manipulación de residuos en los fosos y la alimentación a líneas de pretratamiento se realiza mediante un conjunto de alimentación formado por puente grúa y pulpo ubicado en cada vaso del foso, de forma que una vez descargados los residuos en los fosos por los vehículos, se procede a su homogeneización y manejo, mediante los dos puentes grúa, provistos de sus correspondientes pulpos, que trasladan y descargan en pulpadas sobre las líneas de proceso.

El operador del puente grúa realiza una primera selección de voluminosos no recuperables que deposita en un contenedor.

Art. 14. Separación de las fracciones reciclables de las no reciclables.—En esta zona se realiza la separación manual de los distintos materiales que sean objeto de separación y la fracción orgánica que se trata en el proceso de biometanización, transportándose los rechazos al Vertedero adyacente a la planta previa compactación.

La Planta dispone de dos líneas en las que se separan manualmente voluminosos, papel y vidrio en el triaje primario y la fracción orgánica por medio de trómeles. La selección de materiales a realizar en la primera cabina de triaje es la siguiente.

— Voluminosos recuperables y no recuperables que caen por gravedad y son recogidos en contenedores separados.

— Vidrios enteros que caen por gravedad y son recogidos en un contenedor.

— Cartones de gran tamaño que caen a una cinta para su transporte hasta una prensa. Esta selección previa de cartón es fundamental para obtener un producto de calidad (menos húmedo y sucio).

El flujo de residuos es posteriormente cribado mediante trómel de 80 mm con selección del hundido enriquecido en orgánicos.

Este hundido del trómel (fracción fina), tras pasar por un separador magnético y otro inductivo en los que se recuperan metales férricos y aluminio, es enviado al pretratamiento húmedo. En dicho pretratamiento, los inertes son separados de la materia orgánica, que es enviada al área de preparación húmeda.

El rebose del trómel es enviado a la cabina de triaje secundario.

En esta zona de pretratamiento y clasificación se recuperan manualmente los siguientes materiales:

— Papel y cartón.

— Tetrabrik.

— Polietileno de alta densidad.

— Polietileno de baja densidad.

— PET.

— PVC.

— Otros plásticos.

El rechazo se pasa por un separador magnético, para recuperar férricos, y el resto es compactado en dos compactadores y transportado a vertedero.

Art. 15. Biometanización.—Adyacente al área de separación y recuperación se realiza el proceso de tratamiento de la fracción orgánica seleccionada para ser preparada a las condiciones adecuadas para el proceso de metanización.

El proceso de metanización dispone de tres zonas claramente diferenciadas:

— Zona de preparación y concentración de la materia orgánica a digestar donde se separan inertes y se obtiene una suspensión con un 10 por 100 de materia seca.

— Zona de metanización y producción de biogás así como de recuperación de energía eléctrica, donde se digesta la suspensión y se obtiene biogás que es aprovechado en los motogeneradores.

— Zona de preparación y producción materia orgánica procedente de la metanización, donde se deshidrata la suspensión y se obtiene un digestado con un 30 por 100 de materia seca que es enviado a la zona de compostaje.

La alimentación a biometanización se realiza desde el foso pulmón de materia orgánica, que sirve para obtener una regulación de la planta de tratamiento húmedo del área de biometanización. De la misma forma se puede alimentar directamente con las cintas transportadoras de la fracción pasante de los trómeles. El Pretratamiento Húmedo está formado por el conjunto de equipos que transforman el material procedente del Pretratamiento Seco en una suspensión denominada macerado con características óptimas para ser procesada mediante hidrólisis y digestión anaerobia vía húmeda.

El foso pulmón consta de un vaso donde actúa un puente grúa con su correspondiente cuchara bivalva el cual descarga en un alimentador dosificador situado a un lado del foso. El alimentador dosificador dispone de velocidad variable y de un limitador de vena regulable de modo que la demanda del material es regulada desde el púlper, según el tiempo de permanencia del residuo y la consistencia del mismo. El alimentador dosificador descarga en una cinta, que puede recibir también desde otra cinta el material procedente directamente de la planta de pretratamiento sin necesidad de pasar por el foso pulmón.

El material es elevado hasta los púlperes del tratamiento húmedo de biometanización por cinta transportadora y tornillos sinfín.

El macerado pasa por gravedad desde los púlperes hasta las cribas trómel. Cada púlper está asociado en línea con un trómel. La principal función de este equipo es separar impropios presentes en el macerado, de cara a prevenir la formación de sedimentos y costras de flotantes y preparar una suspensión fácilmente digerible.

El macerado obtenido en cada uno de las cribas-trómel entra por gravedad en el separador de arenas previo al depósito de macerado. En este, en la entrada se encuentra una caja permitiendo una salida del macerado a las dos partes del depósito. Las salidas al depósito están equipadas con compuertas de cierre de operación manual para ajustar el desborde de tal forma que entra la misma cantidad a ambas partes del depósito respectivamente cerrar una parte cuando hay una excavación o tipo de mantenimiento.

Los rechazos de la criba trómel son prensados antes de su descarga en contenedor.

Los rechazos de los sinfines son descargados en contenedores para su evacuación.

El macerado proveniente del depósito de macerado se impulsa mediante bombas hasta los reactores de digestión. Dos válvulas neumáticas permiten que el caudal impulsado por cualquiera de las bombas pueda conducirse a cada uno de los reactores.

Los digestores operan, con pequeñas oscilaciones, con un nivel de llenado del 92 por 100 del volumen del reactor. En el espacio libre se acumula el biogás que se va generando durante el proceso.

Para poder lograr un caudal constante hacia los decantadores centrífugos existe un depósito intermedio que desacopla el sistema-digestión del sistema-centrifugación. En digestión se tiene una operación continua y permanente 24 horas/día; 365 días/año, con un régimen de salida semicontinuo; mientras que en separación sólido/líquido se trabaja en continuo dentro del horario laboral de la planta. Para garantizar la homogeneidad del macerado-digerido a bombear a centrifugas, el depósito dispone de un agitador-mezclador. Mediante bombas se impulsa el macerado-digerido hacia los decantadores centrífugos.

Mediante la adición de un floculante previo al proceso de separación por centrifugado es posible obtener un material con un alto contenido de materia seca. Un juego de cintas conduce el material hasta un mezclador, donde se efectuará una mezcla entre sólidos deshidratados y material estructurante. Posteriormente otro juego de cintas conduce este material hasta los túneles de estabilización.

El centrifugado se recoge por gravedad en depósito de centrifugado encima de lo cual está instalada la estructura de los decantadores.

Los centrifugados excedentes son enviados por desborde hasta depósitos para su utilización como agua de riego de los túneles de maduración del digerido y para regularizar el caudal entrante a la Depuradora de la planta.

Art. 16. Fermentación y maduración en túneles.—En esta área está prevista la fermentación de la materia orgánica no enviada a biometanización. Se mezclará la torta de centrifugado deshidratada al 30 por 100 con esta materia orgánica que realiza las funciones de material estructurante.

Al final del proceso de fermentación y maduración se obtendrá un bioestabilizado que se higieniza en la fase inicial de fermentación de 2 semanas complementada con una maduración en pilas de 4 semanas. Posteriormente se procede a la depuración y almacenamiento final.

La mezcla de deshidratado y materia orgánica pasa a un proceso que dispone de una zona de alimentación a túneles cerrada, para evitar la salida de olores al exterior. La altura de los túneles tiene holgura suficiente para permitir la maniobra de los equipos en su interior.

La Planta cuenta con 12 túneles cerrados herméticamente en los que se controla el proceso de fermentación aerobia, y en ellos la materia fermentable permanecerá catorce días para que se realice la fermentación y esterilización correctamente. Los 12 túneles están dispuestos en una línea, formando un bloque con las bocas de los túneles abriéndose a un pasillo en el que se sitúa el carro de llenado automático, que por su diseño puede alimentar los túneles.

El equipamiento de proceso de los túneles se complementa con una red de ventilación, humidificación, sondas y controles para crear una atmósfera artificial óptima para el correcto funcionamiento del sistema y que permite un mayor y más rápido desarrollo de la maduración aerobia del humus procedente de la digestión anaerobia.

Los olores producidos en las fases de la fermentación son depurados mediante biofiltros.

Los lixiviados producidos se recogen en una red que los transporta a un depósito destinado a tal efecto, siendo reconducidos a los túneles cuando exista demanda de humedad o bien al proceso de metanización (digestores).

Después de la fase de fermentación de 2 semanas de duración está prevista la maduración de 4 semanas en pilas volteadas que se sitúan frente a los túneles.

En la fase de túneles se realizará una extracción del material a la semana, para evitar la compactación del material en el interior del túnel.

Art. 17. Afino.—El compost/bioestabilizado es sometido a un proceso de afino en el que se homogeneiza por tamaños y se eliminan las posibles fracciones inertes (vidrio, cerámica, pequeños plásticos) que pudieran tener. Para ello, la materia orgánica ya fermentada y madurada en los túneles de compostaje, se evacúa mediante pala cargadora y se transporta así hasta el área de afino.

El producto obtenido en el afino se lleva a la zona de almacenamiento prevista para ello, donde estará en espera de suministro en aquellas épocas en que haya demanda.

El proceso de afino funcionará de forma automática sin más necesidad que la alimentación por medio de una pala cargadora. Un cribado asegura las dimensiones del producto a comercializar (entre 15 y 10 mm), rechazando los materiales que tuvieran mayor tamaño que el especificado y fracción estructural recirculada, y una mesa densimétrica clasifica los productos en dos densidades distintas, separando los inertes (vidrio, arenas, etc.) y obteniendo un compost/bioestabilizado totalmente higienizado y limpio de impurezas inertes.

Art. 18. Cogeneración y explotación de la desgasificación del vertedero.—La Planta utiliza biogás para producir energía térmica y eléctrica para el funcionamiento de la instalación.

El biogás procede por un lado del proceso de biometanización de la planta y por otro lado de la desgasificación del vertedero de Pinto, anejo a las instalaciones de tratamiento. El contrato incluye el mantenimiento operativo de la desgasificación del depósito controlado.

El exceso de energía eléctrica se transforma a media tensión y se vende a la red.

El sistema de biogás está compuesto por uno principal que recoge el biogás del vertedero y otro secundario que recoge el biogás del sistema de digestión.

Biogás del vertedero:

El biogás es recogido con pozos verticales del vertedero en estaciones de regulación manuales. Estas están conectadas por colectores con el sistema de extracción en el recinto de la planta. El sistema de extracción consta de un sistema de enfriamiento del biogás y tres soplantes de extracción que impulsan el biogás del vertedero hacia el Sistema de Cogeneración.

Este sistema dispone de 4 colectores de regulación con control de caudal y calidad del biogás. Dos antorchas permiten quemar el biogás procedente del vertedero en caso de parada de los motores.

Biogás del sistema de digestión:

La Línea de Biogás está formado por la serie de equipamientos responsables del filtrado de biogás, recogida de condensados y su conducción hasta el Sistema de Cogeneración. Para realizar esta operación se dispone de una red de conductos, equipados con los correspondientes filtros y sistema de recogida de condensados, conectados a las 3 soplantes de impulsión hacia los motores de cogeneración. También se dispone de un gasómetro y de una antorcha para quemado de biogás en caso de picos de producción de biogás o situaciones de emergencia.

El biogás recogido en el espacio libre bajo la cúpula de los digestores es aspirado desde las soplantes de gas existentes para ello. El biogás después de la unificación de las 2 líneas en un solo conducto principal atraviesa en primer lugar un filtro de gruesos donde se separan las gotitas de agua y las espumas que pudieran ser arrastradas por la corriente de gas. Este conducto principal atraviesa un segundo filtro fino que realiza una limpieza adicional y actúa como colector de los condensados que se hubieran producido.

Una derivación de esta línea principal conduce hasta la antorcha, cuya operación se inicia al superarse la presión de encendido en la red de biogás respectivamente cuando el gasómetro esta llenado a 95 por 100.

La línea principal de biogás entra en una arqueta de válvulas desde donde se regula el caudal pasante hacia los grupos de cogeneración, así como los caudales entrante y saliente al gasómetro. Este gasómetro tiene como funciones regularizar el caudal pasante hacia el aprovechamiento energético y mediante mezcla de las distintas líneas de biogás lograr una homogeneización de la composición del combustible entrante a los motores de cogeneración.

Tras la regulación de caudal y presión mediante la antorcha y el gasómetro el conducto principal de gas se divide en los ramales de alimentación a las soplantes de biogás que realizan la impulsión final hacia los motores de cogeneración, sometiéndose al biogás a una última filtración mediante filtro fino que extrae partículas finas y gotitas de condensado antes de la reunificación de las 3 líneas previo a la entrada al edificio de cogeneración.

Entrada a motores:

Un colector recoge la mezcla de biogás de digestión y vertedero. En este se controla la presión de alimentación de los motores. Del colector parten los ramales que conectan con cada uno de los motores.

Art. 19. Tratamiento de efluentes.—Los efluentes principales a tratar en la instalación son:

— Lixiviados procedentes de la digestión anaerobia. Estas son tratadas en una planta diseñada con capacidad suficiente para el tratamiento de los caudales y cargas contaminantes.

— Olores de la fermentación orgánica y áreas de recepción que son enviados a un filtro biológico con una eficiencia de depuración del 99 por 100.

Art. 20. Desgasificación del vertedero.—La Planta cuenta con un sistema de extracción de biogás de vertedero hacia la zona de cogeneración mediante un grupo de turbosoplantes de biogás, y una estación de mezclado para biogás de vertedero y de metanización (igualmente se puede proceder a mezclar también Gas Natural), desde donde se acomete a las rampas de gas de los grupos motogeneradores.

El contrato incluye la operación y mantenimiento del sistema de desgasificación del vertedero de Pinto, tanto de las celdas selladas actualmente, como las que entren en desgasificación a lo largo del período contractual.

La explotación del biogás del vertedero consta de los siguientes elementos:

— Red de sondeos de captación.

— Colectores secundarios que unen los sondeos con las arquetas de control y medida.

— Arquetas de control y medida.

— Colectores principales que unen las arquetas de control y conducen el biogás a la estación de acondicionamiento.

— Estación de acondicionamiento y mezcla, que consta de lo siguiente:

• Líneas de admisión, pretratamiento y control.

• Unidad de mezcla con biodigestor.

• Unidad de sobrepresión.

• Unidad de mezcla con gas natural.

• Línea de medición y control para generadores.

• Antorchas.

• Sistemas de análisis de biogás de vertedero.

• Sistema de análisis de mezclas.

• Unidad de control y visualización.

Art. 21. Aprovechamiento energético.—La planta cuenta con 11 motogeneradores de 1.413 kWe que pueden ser alimentados por tres combustibles diferentes: el biogás procedente del proceso de biometanización, el biogás de la desgasificación del D.C. de Pinto y, potencialmente, Gas Natural. De esta forma se produce energía eléctrica para el funcionamiento de la instalación.

El exceso de energía eléctrica se transforma a media tensión y se vende a la red.

Art. 22. Transporte de rechazos a vertedero.—El transporte de los rechazos se realiza en dos tipos de contenedores: de compactación de 40 m3 y abiertos de 30 m3. Estos contenedores son cargados en el vehículo con gancho de izado y transportados al vertedero.

Los contenedores de 40 m3 se llenan a través de dos compactadores existentes en la Planta de Pretratamiento y los de 30 m3 por caída libre del rechazo que llega hasta ellas mediante cinta transportadora o por carga mediante pala.

El camión transporta los contenedores al vertedero donde reciben el tratamiento correspondiente.

Art. 23. Tratamiento de la fracción orgánica de recogida selectiva.—Se dispondrá de un área para el tratamiento de la materia orgánica de recogida selectiva en el que se realizará un proceso de fermentación en sistema cerrado y maduración en pilas de compostaje.

Se realizará, en su caso, una apertura de bolsas con medios mecánicos y mezcla con podas previa. Posteriormente se alimentará al sistema de fermentación.

Tras la descarga, se llevará a la zona de pilas de maduración.

El compost obtenido se afinará y acopiará de forma separada.

Art. 24. Tratamiento de las podas.—Se ha previsto una zona de trituración y valorización de podas. Las podas recibidas se trituran con un equipo móvil y posteriormente se criba para la extracción de una fracción gruesa y otra fina.

La fracción gruesa se destina a su venta como biomasa.

La fracción fina se procesará mediante compostaje en pilas sobre una plataforma dispuesta al efecto.

Después del proceso de fermentación y maduración, se realiza un afino final del material obteniendo un compost fino y compost grueso.

Art. 25. Tratamiento de lixiviados.—La planta cuenta con una instalación de tratamiento de lixiviados mediante proceso biológico cerrado y a presión, con membranas para ultrafiltración y ósmosis inversa con la que se tratarán los lixiviados de proceso para obtención de agua depurada, apta para su uso en la planta por una parte, y concentrado a gestionar por Gestor Autorizado por otra.

Se prevé complementar dicha instalación con una nueva instalación de tratamiento por evaporación, en la que se realizará la evaporación de los lixiviados procedentes tanto de la planta de biometanización y como del depósito controlado. La energía térmica necesaria se obtendrá a partir del calor de motores de alta temperatura y de gases de escape.

Se prevé que el rechazo de la planta de evaporación sea estabilizado con cal y se destinado a material de cubrición del vertedero, siempre y cuando no tenga la consideración de residuo peligroso, en cuyo caso deberá ser entregado a Gestor Autorizado.

Capítulo V

Condiciones y control de los residuos admisibles

Art. 26. Admisión de residuos.—Los residuos admisibles serán, únicamente, los que figuren en la Autorización Administrativa que esté vigente en cada momento.

La naturaleza de los residuos admisibles en la Planta de Tratamiento de Residuos Domésticos de la Mancomunidad del Sur en Pinto será la definida en las Autorizaciones Administrativas de la Mancomunidad del Sur para la instalación. En todo caso serán recibidos en la Planta los residuos que a simple vista no aparezcan mezclados con materiales de otra naturaleza o procedencia, estableciéndose con posterioridad al inicio de las actividades del Servicio un catálogo de materiales admisibles.

La Empresa Concesionaria rechazará e identificará todo vehículo que acceda a las instalaciones sin la preceptiva cubrición de su carga y no expedirá ningún producto sin proceder antes igualmente a la preceptiva cubrición de su carga. Asimismo, serán identificados y rechazados aquellos vehículos que presenten derramas de líquidos, suciedad en las ruedas o cualquier otra causa que pueda ensuciar las instalaciones o la vía pública.

La Planta dará servicio a los municipios de la Mancomunidad del Sur, de acuerdo a sus Estatutos.

Art. 27. Residuos admisibles en la Planta.—Los residuos admisibles por la Planta de Tratamiento de Residuos Domésticos de la Mancomunidad del Sur en Pinto son los especificados en la Autorización Ambiental Integrada emitida a tal efecto por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

Art. 28. Residuos no admisibles en la Planta.—Se considerarán como residuos no admisibles en la Planta todos aquellos que no vienen expresamente mencionados en el artículo 12. Composición de los residuos.

Capítulo VI

Programación operativa

Art. 29. Calendario y horario de recepción y operación.—El horario de operación de las instalaciones será tal que la Empresa Concesionaria pueda tratar la totalidad de los residuos recibidos en la Planta comprometidos por la Empresa Concesionaria en su oferta y en el Plan de Explotación.

La Empresa Concesionaria, previa comunicación a la Mancomunidad del Sur, podrá modificar el horario de recepción, pesaje y control.

En todo caso, tanto el calendario como el horario de recepción y operación (programación operativa) serán aprobados por la Mancomunidad del Sur.

Art. 30. Cambios de programación.—La Empresa Concesionaria necesitará la autorización previa y expresa de la Mancomunidad del Sur para cualquier cambio en la Programación Operativa de la Planta. Para ello presentará una solicitud por escrito indicando los motivos que le obligan a solicitar esta modificación.

La Mancomunidad del Sur se reserva el derecho a modificar la programación operativa de la instalación.

En todo caso, la programación operativa de la Planta se ajustará de manera que la instalación trate la totalidad de los residuos de entrada, manteniendo al mínimo las cantidades de residuo existentes en los fosos y almacenes de producto sin tratar, cumpliéndose, como mínimo, el horario de operación especificado en el artículo anterior.

Art. 31. Seguridad y vigilancia.—La Empresa Concesionaria tendrá contratado, a su cargo, el correspondiente servicio de seguridad y vigilancia, incluso cuando las instalaciones permanezcan fuera de operación, siendo esta responsabilidad de la Empresa Concesionaria, así como las consecuencias que se deriven de su no observancia.

Art. 32. Condiciones básicas de operación.—La Empresa Concesionaria mantendrá el normal funcionamiento de la Planta de Tratamiento de Residuos Domésticos de la Mancomunidad del Sur en Pinto asegurando la consecución de los objetivos de recuperación y tratamiento comprometidos en su oferta. Para ello la Empresa Concesionaria elaborará un Plan de Explotación, posterior a la firma del contrato, en el que comprometerá dichos objetivos.

Como objetivos prioritarios de la operación, la Empresa Concesionaria:

— Obtendrá la mayor cantidad y calidad posible de productos recuperados, alcanzando como mínimo los compromisos expresados en su oferta y en el Plan de Explotación entregado (estos compromisos serán coincidentes en ambos documentos).

— Minimizará los rechazos de planta, según los valores comprometidos en su oferta y en el Plan de Explotación entregados (estos compromisos serán coincidentes en ambos documentos).

— Asegurará la máxima disponibilidad de las instalaciones.

— Maximizará en lo posible el aprovechamiento del biogás procedente de la desgasificación de la Fase III del Depósito Controlado de Pinto.

— Cumplirá en contrato de explotación y demás documentos contractuales en todos sus términos.

No estará permitido el almacenamiento o acopio de los materiales de entrada ni de los productos y subproductos obtenidos, ni tan solo momentáneamente, en lugares distintos de los previstos efectivamente para tal fin, que reunirán siempre las características necesarias para el mantenimiento de las condiciones medioambientales, de seguridad y de salud laboral.

Art. 33. Recepción y pesaje.—Antes de proceder a la descarga del residuo, los vehículos serán pesados en la báscula, realizándose la labor de toma de datos requerida. Una vez descargado el residuo en la zona asignada por el personal de báscula, el vehículo se pesará en vacío.

La gestión de los datos de pesada se realizará mediante la Plataforma de gestión de residuos domésticos de la Mancomunidad del Sur.

Los tipos de usuario definidos en la Plataforma son:

— Mancomunidad: Es el único que puede gestionar los usuarios de la plataforma, las autorizaciones a particulares, y las entidades municipales supramunicipales (aunque cada a municipio puede editar sus datos). Puede ver todos los tránsitos validados, y los Documento de Identificación generados.

— Explotación: Puede gestionar toda la información de la o las plantas que administra. Tiene acceso a todos los tránsitos, incluidos los no validados que se acaban de producir, y se encarga de revisarlos y validarlos, para hacerlos visibles al resto usuarios. Puede generar Documento de Identificación para tránsitos que se originan en las plantas.

— Municipal: Ve los tránsitos validados con origen en su municipio, y puede crear Documento de Identificación para los tránsitos que llevará a las plantas. Gestiona empresas y vehículos autorizados a transportar sus residuos.

— Particular: Tiene asignada al menos una autorización de vertido, puede ver los tránsitos validados que ha hecho, y gestionar las empresas y vehículos autorizados a transportar sus residuos.

— Basculista: Es un tipo de usuario especial, que solo se usa para entrar en la aplicación báscula, y para la comunicación de aplicación con plataforma.

Las empresas no municipales, que en la plataforma se denominan “particulares”, necesitan tener una autorización en vigor para llevar residuos a las plantas. Las aplicaciones de báscula, cuando un vehículo particular llega a una planta, solo comprueban si la autorización existe y está en vigor.

Cada municipio o particular debe generar e imprimir un Documento de Identificación para cada porte de material a las plantas.

Siempre que sea posible, y por razones de seguridad, se realizará la pesada sin bajar los ocupantes del vehículo mientras dura esta operación recogiendo después el conductor el correspondiente albarán de entrega.

La operativa para los productos de salida, ya sean estos productos valorizables o rechazos, será la misma que la descrita para los residuos de entrada.

Si una vez descargado el vehículo se apreciara que los residuos no son aptos para su tratamiento, la Empresa Concesionaria cargará nuevamente el camión.

Una vez realizada la operación de pesada de entrada, se le darán las indicaciones correspondientes al conductor para que descargue en la zona correspondiente.

El peso neto que servirá para obtener el importe del albarán o factura correspondiente, estará calculado como diferencia de pesadas entre la entrada y la salida de báscula.

En lo que se refiere a la pesada de los camiones la demora máxima de espera con carga queda determinada en el período de quince minutos. La Mancomunidad del Sur se reserva la posibilidad de sancionar al contratista en el caso de que las demoras fuesen repetidamente superiores.

Art. 34. Procedimiento de descarga.—Para proceder a la descarga, una vez cumplimentados los trámites de recepción (identificación del vehículo, origen y peso), los conductores de los camiones recibirán las instrucciones pertinentes de los responsables de la Planta.

En la Planta se dispondrá de áreas diferenciadas y preparadas para la descarga de los diferentes tipos de residuos, de forma que estos puedan recibir el tratamiento más adecuado en relación con sus características. Dado que estas características pueden correlacionarse con la procedencia concreta de los residuos, dicho factor de procedencia podrá utilizarse como discriminante para el tratamiento posterior, y por tanto, para la asignación de un área determinada de descarga.

Art. 35. Manipulación de residuos.—La manipulación interna de los residuos o materiales de proceso se ejecutará, en todo momento, de manera que se minimice la producción de lixiviados o la emisión de malos olores.

Los residuos admitidos en las instalaciones seguirán el siguiente control:

— Control de entrada y pesaje de los mismos. La primera operación a realizar será el pesado de los vehículos para anotar su procedencia y peso neto. Al mismo tiempo se realizará una inspección del contenido de los residuos.

— La manipulación para carga y descarga se realizará mediante palas cargadoras o maquinaria similar. En los puestos de trabajo los operarios irán provistos del equipamiento necesario para cumplir todas las normas de Seguridad e Higiene en el trabajo.

Art. 36. Gestión de rechazos del proceso.—Los rechazos del proceso permanecerán en las zonas de la Planta destinadas a su almacenamiento temporal un máximo de dos días antes de ser transportados a su destino final. La Empresa Concesionaria notificará a la Mancomunidad del Sur los tipos y cantidades de rechazos almacenados en el la Planta de forma que sea posible su inspección antes de ser remitidos a su destino final.

La actividad se desarrollará en todo momento conforme a lo establecido en la siguiente normativa:

— Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados.

— Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid.

— Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero.

— Decisión de Consejo 2003/33/CE, de 19 de diciembre de 2002, por la que se establecen los criterios y procedimientos de admisión de residuos en los vertederos con arreglo al artículo 16 y al anexo II de la Directiva 1999/31/CEE.

Así como en toda aquella legislación vigente en la materia o que sustituya a la anteriormente citada.

En todo caso la Empresa Concesionaria realizará las labores de explotación de la Planta de tal manera que se minimicen las cantidades destinadas al vertido o al tratamiento final por medio de gestor autorizado. La Empresa Concesionaria cumplirá los objetivos mínimos especificados en su oferta y en el Plan de Explotación.

Todos estos rechazos estarán perfectamente determinados y clasificados. La Empresa Concesionaria informará a la Mancomunidad del Sur, a primer requerimiento, del destino final de estos rechazos, así como los datos del gestor autorizado, en su caso, que los va a gestionar.

La Empresa Concesionaria considerará a estos materiales como productos de salida de la Planta y los tratará como tales, generando tanto los albaranes de salida como los registros de materiales que quedarán a disposición de la Mancomunidad del Sur a primer requerimiento. Los albaranes serán propiedad de la Mancomunidad del Sur.

La Empresa Concesionaria hará frente, a su cargo, a los costes derivados del transporte, las tasas de vertido e impuestos aplicables, así como obtener las correspondientes autorizaciones.

Art. 37. Marketing.—La Empresa Concesionaria realizará las labores de marketing necesarias para la consecución de los objetivos de comercialización comprometidos en su oferta y especificados en su Plan de Explotación.

Art. 38. Prevención y control de incendios.—Como medida de precaución se rechazará la recepción de cualquier material residual que se presente en estado de ignición o a una temperatura superior a 10oC a la temperatura ambiente.

Se rechazará cualquier residuo que, por su propia naturaleza, procedencia, o por cualquier otro motivo pueda comportar un riesgo apreciable de producción o generación de fuego.

El sistema contra incendios debe mantenerse en perfecto estado de servicio cumpliéndose en todo caso con la legislación vigente en la materia.

Art. 39. Mantenimiento y conservación:

a) Normas generales de mantenimiento. Para el mantenimiento de la instalación, con carácter general, se tendrá en cuenta lo siguiente:

— La Programación de las labores de mantenimiento asegurará una disponibilidad en cómputo anual de la planta superior al 70 por 100 para todas las áreas, salvo para las de extracción, cogeneración y venta de energía, en la que se garantizará una disponibilidad mínima del 95 por 100.

— Las paradas programadas se realizarán, en la medida de lo posible, fuera del horario operativo de la instalación afectada por la parada. Las labores programadas de Mantenimiento no superarán las ocho horas; en caso de que por necesidades imperativas la parada sea superior a las ocho horas, será necesaria la autorización expresa de la Mancomunidad del Sur, que se reserva el derecho a aplicar las penalizaciones previstas en caso de paradas en la instalación. Si la disponibilidad fuese inferior a lo arriba indicado, la Mancomunidad del Sur se reserva el derecho a aplicar las penalizaciones previstas.

— La Empresa Concesionaria incluirá en su Plan de Explotación la siguiente documentación:

• Plan de Mantenimiento y Conservación, que incluya tanto la conservación de la obra civil como el mantenimiento de la maquinaria fija y móvil de la instalación. Este Plan de Mantenimiento y Conservación se realizará de acuerdo con las instrucciones de los fabricantes de los equipos, así como de la corriente práctica en ingeniería.

• Trabajos de mantenimiento y conservación programados. Especificando los elementos que van a ser sometidos a dichos trabajos de mantenimiento y conservación, así como los recursos destinados a las operaciones detalladas. En la relación de trabajos programados se especificará si es necesaria la parada total de la instalación.

— Para el control y registro de las labores de mantenimiento y conservación realizadas, se cumplimentarán las fichas de mantenimiento, que serán parte integrante del Plan de Mantenimiento y Conservación. Las fichas de mantenimiento cumplimentadas quedarán archivadas a disposición de la Mancomunidad del Sur en la Planta.

— La documentación técnica del proyecto es propiedad de la Mancomunidad del Sur de manera que la Empresa Concesionaria suministrará a la Mancomunidad del Sur a primer requerimiento toda aquella documentación necesaria para el desarrollo de las labores de policía que le corresponden a la propiedad. En caso de no ser así, se aplicarán las penalizaciones pertinentes.

La Empresa Concesionaria queda obligada a que la instalación esté en perfecto estado de conservación y a efectuar un mantenimiento de acuerdo con su correspondiente plan, el cual ha de regirse por las siguientes normas:

— La Planta quedará cada día en perfecto estado de limpieza, a fin y a efecto de evitar la proliferación de suciedad y el consiguiente deterioro de la maquinaria. Con este objeto, el personal deberá limpiar las instalaciones diariamente, incluso acabada la jornada laboral, con agua a presión, tierra, desinfectantes energéticos e incluso aire comprimido si fuese necesario, para lo cual habrá de disponer de un compresor móvil o de una instalación de aire comprimido para limpiar la maquinaria.

— La dirección establecerá un plan de engrase en el que será necesario definir los puntos de la mencionada actividad y su periodicidad.

— A fin y efecto de evitar la corrosión de los metales que conforman la maquinaria y utensilios auxiliares de la Planta, la Empresa Concesionaria queda obligada a pintarlos con impregnación antioxidante, pintura u otro producto si se cree oportuno a instancias de los servicios técnicos de la Mancomunidad del Sur o aquellos que hagan su función.

En todo momento la Empresa Concesionaria cumplirá en Plan de Mantenimiento y Conservación que será parte integrante del Plan de Explotación.

b) Mantenimiento preventivo de la maquinaria móvil: Para todas y cada una de las maquinas móviles que operan en la Planta, la Empresa Concesionaria mantendrá actualizado, en su correspondiente Plan de Mantenimiento y Conservación, las operaciones y periodicidades que, como mínimo, aconseje el fabricante.

Todos estos trabajos serán efectuados bajo la supervisión del responsable del mantenimiento y con personal debidamente entrenado (tal y como se establece en el Plan de Mantenimiento y Conservación).

De acuerdo con lo establecido en el Plan de Mantenimiento y Conservación, todas las intervenciones y actuaciones quedarán reflejadas en las correspondientes fichas, de forma detallada, tal y como se establece en el presente Reglamento de Explotación.

c) Mantenimiento preventivo de las instalaciones electromecánicas: De forma similar a lo indicado en el artículo anterior, se respetarán, en todo momento, las condiciones e intervenciones programadas en el Plan de Mantenimiento y Conservación.

En caso de que se incorpore nueva maquinaria a la Planta, esta maquinaria quedará englobada en el Plan de Mantenimiento y Conservación, asumiendo, a su cargo, la Empresa Concesionaria todas las labores inherentes a dicho mantenimiento. Igualmente, en el caso de modificaciones de maquinaria, será responsabilidad de la Empresa Concesionaria su mantenimiento acorde con lo comprometido por dicha empresa en su Plan de Mantenimiento y Conservación.

Por su importancia, se incluirá en el Plan de Mantenimiento un Programa de Engrase de equipos. Este Programa de Engrase definirá, para cada equipo, los diferentes puntos de intervención, producto que debe utilizarse y la periodicidad con la que se debe desarrollar cada actuación. Las labores de engrase realizadas quedarán registradas en las Fichas de Mantenimiento.

d) Mantenimiento preventivo y reposición de la infraestructura de la instalación: La Empresa Concesionaria mantendrá en perfecto estado el aspecto, conservación, funcionalidad y rendimiento todos los elementos de la urbanización, obra civil e instalaciones de la Planta.

Englobado en el Plan de Mantenimiento y Conservación la Empresa Concesionaria desarrollará un Programa de Mantenimiento Preventivo, que afectará a:

— Urbanización exterior.

— Urbanización interior, viales y pavimentos, alumbrado, y otros elementos.

— Naves y edificaciones.

— Jardinería exterior e interior.

— Depósitos de lixiviados, de concentrado de ósmosis, de aguas sucias y de agua limpia, depuración de aguas.

— Valla de cierre perimetral.

Además de las operaciones e inspecciones descritas en los documentos anteriores, será obligación de la Empresa Concesionaria realizar todas aquellas operaciones e inspecciones adicionales que considere puntualmente necesarias la Mancomunidad del Sur para un normal funcionamiento de las instalaciones, si hubiere motivo justificado para ello (entendiendo por motivo justificado un requerimiento, orden y/o cualquier otra exigencia administrativa, judicial y/o legal).

e) Contratos de mantenimiento externo a subscribir: La Empresa Concesionaria, mediante contratación externa a su cargo, realizará los servicios de mantenimiento de aquellos elementos, equipos e instalaciones de la Planta que por su especificidad y singularidad así lo requiriesen.

En particular, será obligatorio subscribir contratos para el mantenimiento de aquellos equipos cuya conservación sea muy especializada, como es el caso de transformadores, motogeneradores, instalaciones contraincendios, pararrayos, depósito de gasoil, báscula y elementos con normativa legal propia incluyendo los servicios de desratización, desinsectación y desinfección. En caso de que el mantenimiento de estos equipos no se realice de acuerdo con lo detallado en el Plan de Explotación y según lo establecido en la legislación vigente, la Mancomunidad del Sur se reserva el derecho de aplicar las penalizaciones pertinentes.

La Empresa Concesionaria mantendrá actualizados todos aquellos elementos con legislación propia de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente que les competa. En caso de no ser así, la Mancomunidad del Sur se reserva el derecho a aplicar las penalizaciones pertinentes, así como a pasar el cargo de aquellas actuaciones realizadas de oficio por la Mancomunidad del Sur.

f) Repuestos y recambios: La Empresa Concesionaria adquirirá, a su cargo, todos los materiales y suministros necesarios para el mantenimiento preventivo y correctivo, reposición, conservación y explotación, reparando, sustituyendo o reconstruyendo todos los elementos deteriorados de la Planta, de forma inmediata tras su deterioro.

g) Almacenes de repuestos: La Empresa Concesionaria dispondrá (en almacén propio o mediante sistema de suministro garantizado por contrato de respuesta rápida) las existencias mínimas de seguridad de materiales, piezas, aparatos y recambios para su funcionamiento normal y para reparaciones de rutina. En cualquier caso, la Empresa Concesionaria preverá la reposición de piezas críticas (que puedan alterar el buen funcionamiento y capacidad de la instalación) según lo establecido en el Plan de Mantenimiento y Conservación, asegurando las disponibilidades mínimas especificadas en capítulos anteriores, así como las duraciones máximas de las paradas; en caso contrario se aplicarán las penalizaciones previstas.

La Empresa Concesionaria repondrá, a su cargo, todos los elementos recogidos en el Listado de Repuestos incluido en el Plan de Mantenimiento y Conservación que se consuman, deterioren o desaparezcan, manteniéndolos al día.

La Empresa Concesionaria reparará a su cargo todos los desperfectos y averías que se produzcan en las instalaciones, incluso aquellas que estén temporalmente inactivas.

Todos los elementos que se detecten en mal estado en las operaciones, inspecciones y comprobaciones descritas o en el funcionamiento normal de la explotación, serán sustituidos inmediatamente por la Empresa Concesionaria, a su cargo, siempre y cuando el deterioro o mal estado sea consecuencia del uso o funcionamiento de la instalación.

h) Averías: La Empresa Concesionaria desarrollará las labores Explotación de la instalación cumpliendo lo establecido en el Plan de Explotación, de manera que se minimice el número de horas de parada por avería.

i) Limpieza general: La Empresa Concesionaria mantendrá la Planta bajo unas escrupulosas condiciones de limpieza. Se consideran objeto de limpieza el conjunto de instalaciones, el recinto y su perímetro, así como las superficies y vías de acceso exteriores que se vean afectadas por su actividad. La Mancomunidad del Sur repercutirá a la Empresa Concesionaria cualquier sanción o penalización que le fuere impuesta por volados, depósitos o por ensuciar la vía pública ya sea consecuencia de la actividad normal de la instalación ya sea del trasiego de vehículos, accediendo o saliendo de la Planta, así como sus vías de acceso.

Se consideran objeto de limpieza el conjunto de instalaciones de la Planta, recintos, vertedero, perímetros, así como las superficies y vías de acceso exteriores que se vean afectadas por su actividad.

j) Limpieza de pavimentos: Periódicamente se efectuará la limpieza de los pavimentos y espacios en los que se han depositado los residuos. Si durante la recepción y descarga se hubieran producido vertidos de lixiviados, se efectuarán limpiezas con equipos de agua a presión.

k) Volados y materiales dispersos: Diariamente se procederá a la limpieza de los materiales que hayan podido dispersarse fuera de las zonas de recepción o almacenamiento. Se pondrá especial cuidado en la limpieza de las superficies del perímetro exterior de la instalación.

l) Pintura: Con respecto a la pintura, la Empresa Concesionaria realizará a su cargo las siguientes operaciones:

— Interiores: Todas las dependencias pintadas se renovarán cada cuatro años.

— Exteriores: Las fachadas se pintarán cada cinco años.

— Otros: A fin de evitar la corrosión de las superficies metálicas que conforman las máquinas y utensilios auxiliares de la Planta, queda obligada la Empresa Concesionaria a pintarlas con imprimación antioxidante, pintura, u otro producto que se considere oportuno.

m) Otras operaciones de conservación y mantenimiento: Las operaciones de mantenimiento de las zonas verdes se efectuarán según las necesidades y la época del año, realizando las reposiciones necesarias.

n) Depuración de olores y otros: La Empresa Concesionaria garantizará, en los diversos ámbitos, el funcionamiento adecuado de los sistemas de ventilación, desodorización, ausencia de polvo y demás servicios auxiliares.

o) Control de líquidos: La Empresa Concesionaria ejecutará los trabajos de explotación de manera que se minimice la producción de lixiviados y otros líquidos.

La Empresa Concesionaria es responsable de que el dispositivo de lixiviados no tenga infiltraciones ni escapes incontrolados. La Empresa Concesionaria se hará cargo de los costes de tratamiento de los excedentes.

Se realizará un registro periódico de las cantidades generadas estimadas y de sus características químicas.

Se cumplirá como mínimo lo establecido en la Declaración de Impacto Ambiental y el Plan de Vigilancia Ambiental de la instalación.

p) Desratización, desinfección y desinsectación: Será a cargo de la Empresa Concesionaria la desratización, desinsectación y desinfección de la Planta, que se efectuará de forma sistemática y conforme a un Plan Anual que será parte integrante del Plan de Mantenimiento y Conservación.

Capítulo VII

Seguimiento y control de la operación

Art. 40. Control de procesos.—La Empresa Concesionaria controlará los diversos procesos del tratamiento de residuos de acuerdo con el Pliego de Bases Técnicas y en los términos indicados en el Plan de Explotación, con objeto de cumplir los compromisos adquiridos en la oferta y en el Plan de Explotación presentado.

A tal efecto dispondrá de la instrumentación y elementos de análisis suficientes para conocer y utilizar los parámetros determinantes de las condiciones del proceso y así controlar los flujos y las condiciones y variables de proceso y optimizar la operación de la Planta.

La Empresa Concesionaria, con el conocimiento y la autorización previa y expresa de la Mancomunidad del Sur, podrá montar instalaciones experimentales para ensayar posibilidades de mejora en los rendimientos de los procesos o en la calidad de los productos resultantes.

La Mancomunidad del Sur se reserva el derecho de disponer de las instalaciones de la Planta, a fin de llevar a término un eventual Plan de Experimentación con el objetivo de la mejora de la eficacia o del rendimiento de los procesos que configuren el Servicio de las instalaciones, siempre y cuando se realice sin perjudicar ni dificultar substancialmente la actividad que desarrolle normalmente la Empresa Concesionaria.

a) Control de la recepción de residuos: Este control permite el rechazo de residuos que no presenten características adecuadas para su gestión en la instalación. Se efectúa mediante el control de las condiciones iniciales del residuo (evitar la entrada de residuos asimilables a peligrosos). El control de los rechazos y/o residuos se establecerá principalmente a través del control administrativo al que se ven sometidos durante el protocolo de aceptación.

El control de cada recepción se realiza por inspección visual durante el acceso a la báscula y la revisión de origen confrontando las características de los residuos recibidos con las especificaciones de listas de revisión definidas y aprobadas por la autoridad ambiental antes del inicio de la explotación.

Se emitirá un Documento de Identificación para el control de los residuos desde que entran en las instalaciones. Este hecho facilita el conocimiento de la manipulación de todos los residuos y el establecimiento de procedimientos de corrección en caso de accidentes o errores. La información incluida en la ficha contendrá al menos los datos de identificación del vehículo, origen, peso de residuos, fecha y hora de entrada y punto de descarga en la planta. Estas fichas quedarán incorporadas a un Registro de Recepción de Residuos.

El responsable del control dentro de las instalaciones comprobará o hará que se compruebe el cumplimiento de las normas de manipulación, que los elementos de seguridad estén disponibles, que los sistemas electromecánicos se revisen periódicamente y que el personal esté perfectamente enterado de las operaciones y medidas de seguridad que han de adoptarse.

La instalación dispondrá de evidencia documental de las certificaciones y documentos de revisión de todos los elementos de seguridad y sistemas electromecánicos. También se dispondrá de evidencias documentales de la capacidad y preparación profesional de su personal. Así como de las tareas de formación (charlas de seguridad, formación interna, etc.) realizadas durante permanencia en la misma.

b) Control de la fermentación y el bioestabilizado/compost: El objetivo es registrar la bondad del producto de la maduración en túneles y afino en función de indicadores biofísicos (temperatura, composición, etc.), condiciones sanitarias del proceso, del producto y de medidas orientadas a la prevención y reducción de emisiones de gases orgánicos, olor, gérmenes patógenos y desarrollo de insectos.

Se realizará el control del producto con una periodicidad mensual, procediendo a la identificación y caracterización físico-química y bacteriológica, de manera que se adopten las medidas necesarias que garanticen la calidad del producto de abono final y evitar las molestias directas e inducidas que de él dependen (condiciones sanitarias, emisiones de olor, desarrollo de insectos, presencia de inorgánicos indeseados, etc.).

Se cumplirá la Normativa vigente y todos los productos y subproductos tendrán que reunir las condiciones sanitarias exigidas, además de no producir malos olores, polvo, etc. En este sentido es conveniente la realización anual de lecturas de emisiones de gases en las diferentes fases de maduración que permita conocer el grado de adecuación a los criterios de la Unión Europea.

Es recomendable que los niveles de concentración de O2 estén siempre por encima del 15 por 100, y nunca se deben alcanzar niveles inferiores al 5 por 100 de O2.

A efectos de higienización del producto que se va a compostar, es necesario que en algún momento del proceso de compostaje se alcancen temperaturas superiores a 60-65 oC, de manera puntual (3-4 días) en toda la masa del material.

c) Control de la gestión de rechazos: La gestión de los rechazos de las líneas de tratamiento se efectuará en instalaciones autorizadas previa clasificación de los distintos tipos generados y segregación de los mismos. Se efectuará un control de salida de los mismos indicando fecha de envío, cantidad transportada y breve descripción de su tipología. Igualmente se conservará junto a la documentación del envío, el registro de aceptación de los rechazos en el Vertedero Controlado. Esta documentación se conservará archivada en la Documentación de Control del Plan de Vigilancia Ambiental durante la Explotación.

d) Control de la limpieza: Como parte del propio Programa General de Limpieza, se incorporará el Control del Estado de las Instalaciones, con especial revisión del estado de la red de drenaje de pluviales, a la presencia de sólidos ligeros volátiles, residuos urbanos derramados, desarrollo de insectos o roedores y derrames.

Se llevará a cabo una supervisión visual diaria de la planta y su entorno con el fin de detectar y tratar posibles vertidos ocasionales o accidentales producidos durante el transporte y manipulación de los residuos, dándose las órdenes necesarias para su limpieza.

Esta supervisión diaria se complementará con una inspección general de periodicidad mensual que incluya aquellos elementos no fácilmente accesibles (arquetas, zonas exteriores, etc.).

Los resultados de las inspecciones, así como las instrucciones impartidas como consecuencia de las mismas se registrarán en el Documento de Control del Plan de Vigilancia Ambiental durante la Explotación.

e) Control de los ruidos generados: Se mantendrá el control del nivel de ruidos emitidos al exterior de la instalación, de forma que durante la explotación se garantice un nivel equivalente de ruido compatible con las condiciones de sosiego público en función de los límites establecidos en la normativa vigente. En ningún caso el nivel de ruido en la parcela medido en puntos exteriores a las naves de trabajo podrá ser superior a los marcados por la legislación vigente y la AAI.

Complementariamente el control de los niveles de ruido en las instalaciones permitirá anticipar si se producen disfunciones en las partes móviles de los equipos de la planta (potenciales focos de ruido) que produzcan aumentos de nivel sonoro y de este modo permitirá colaborar al mantenimiento preventivo de la instalación.

Como criterio de uso para la protección del personal, dentro de las instalaciones, con relación a la salud laboral se recomienda adoptar los índices TLV establecido por ACGIH relativos a ruido.

Los resultados obtenidos quedarán registrados en el Documento de Control del Plan de Vigilancia Ambiental durante la Explotación tanto en el caso de los datos obtenidos, como en el caso de informes.

f) Control de las condiciones de seguridad laboral: El Jefe de Explotación cuidará que ninguna persona realice una labor para la cual no esté instruida y autorizada.

Se hará una revisión médica completa anual de los empleados, vacunándose, como mínimo, contra el Tétanos, Hepatitis y Gripe. Los resultados se incluirán en el Documento de Control del Plan de Vigilancia Ambiental durante la Explotación.

g) Control de la generación de gases: Este control, de carácter preventivo, será aplicable en el área de biometanización, los túneles de fermentación, zona de maduración y a todos aquellos puntos de potencial generación de gases. Este control incluirá la medida anual in situ mediante sensor portátil en aquellas zonas donde la instalación no disponga de sistemas de control automático.

Los parámetros recomendados a controlar son los gases relacionados con el efecto invernadero (CO2 y otros) y la producción de gases vinculados a procesos anaerobios (metano).

h) Control de la generación de olores: La vigilancia de los procesos debe incluir las líneas de alimentación (evitándose la prolongación de los tiempos de permanencia y la formación de zonas de “retención de residuos”), la maduración del bioestabilizado/compost, el afino y el parque de almacenamiento.

i) Control de las instalaciones de recirculación de lixiviados: Quincenalmente se realizará la inspección visual de todas las instalaciones de captación, recogida, almacenamiento, recirculación y depuración de lixiviados. Con tal objeto se establecerá un protocolo de control en el que se especificará el número mínimo de puntos de inspección a visitar.

Se atenderá a cualquier incidencia relativa al estado de funcionamiento del sistema, a su conservación, a la presencia de atasco o a posibles inundaciones.

También con frecuencia quincenal, y en los momentos de lluvias, se inspeccionará las condiciones de llenado del sistema en los puntos sensibles a esta circunstancia. También se verificará que no se den afloramientos de lixiviados mediante la inspección del entorno de la parcela y del cauce del arroyo.

j) Control de las emisiones a la atmósfera: Se cumplirán las exigencias de la AAI realizando las inspecciones periódicas requeridas de forma mensual y los informes solicitados.

Art. 41. Personal.—La Empresa Concesionaria garantizará y aportará, para un correcto funcionamiento de la instalación, personal con conocimiento y capacidad suficiente para gestionar las diversas líneas de proceso y los distintos equipos e instalaciones.

El personal adscrito al servicio de explotación será el indicado en la oferta y en el Plan de Explotación presentado (la relación de personal no será discrepante en ambos documentos). En el Plan de Explotación se incluirá, al menos, la siguiente información:

— Organigrama del personal de la Planta, con asignación de tareas.

— Relación de personal adscrita a la Planta, con asignación de tareas.

Cualquier modificación posterior habrá de ser sometida a la aprobación de la Mancomunidad del Sur.

Como Responsable Técnico del Servicio y para toda relación con la Mancomunidad del Sur la Empresa Concesionaria tendrá un titulado de grado medio o superior, con formación adecuada y experiencia contrastada.

Corresponde a la Empresa Concesionaria la selección y designación del Responsable Técnico de las instalaciones, pero previamente deberá informar y obtener la conformidad de la Mancomunidad del Sur sobre la persona escogida.

La relación del personal que figura en la oferta y en el Plan de Explotación será exigible por parte de la Mancomunidad del Sur. La Empresa Concesionaria no podrá pretextar la falta del mismo para suspender, retardar o reducir los servicios objeto del contrato y habrá de disponer de todo el personal necesario para la prestación del servicio de acuerdo con los compromisos expresados en la oferta y en el Plan de Explotación.

Todo personal contratado por la Empresa Concesionaria percibirá, como mínimo, los haberes o jornales fijados en los correspondientes convenios colectivos. La Empresa Concesionaria estará en todo momento al corriente de los pagos de las cuotas de la Seguridad Social y del resto de cargas sociales establecidas en la normativa vigente.

La Empresa Concesionaria confeccionará y actualizará los procedimientos de trabajo de cada una de las tareas que se realicen en planta, y será responsable de la formación del personal.

Art. 42. Condiciones de calidad.—Las condiciones de calidad que deben cumplir la totalidad de materiales recuperados deben ser las adecuadas para asegurar la comercialización de dichos productos. Será responsabilidad exclusiva de la Empresa Concesionaria asegurar estas condiciones mínimas de calidad, así como la comercialización de todos los materiales recuperados durante el período de explotación.

Art. 43. Fichas de control de las operaciones de mantenimiento.—La Empresa Concesionaria confeccionará, para cada elemento funcionalmente independiente (en operación o reserva), una Ficha de Control de las operaciones de mantenimiento, así como de las averías y anomalías surgidas.

En la citada ficha figurará, al menos:

— Fechas de operaciones de control y/o mantenimiento preventivo.

— Fecha de las averías surgidas.

— Fecha de las reparaciones con descripción y causa que las ha motivado y posibles mejoras introducidas o propuestas para evitarlas.

— Recursos materiales y humanos utilizados.

— Tiempo utilizado en la actuación.

— Tiempo de parada parcial o completa de la Planta (si la hay) y del equipo.

Todas estas fichas figurarán en el archivo de la Planta, y estarán a disposición de la Mancomunidad del Sur. Este archivo estará correctamente informatizado y al día.

La Empresa Concesionaria le suministrará semanalmente a la Mancomunidad del Sur el total de las Fichas de Control generadas durante la semana anterior.

Art. 44. Documentos de la explotación.—La explotación estará apoyada en los siguientes documentos:

— Libro de registro de recepción de residuos, confeccionado por superposición ordenada y cronológica (Año, Mes, Día y Hora), de los residuos que acceden a la Planta. Al menos trimestralmente, este libro será objeto de inspección por parte del técnico designado por la Mancomunidad del Sur.

— Libro de registro de residuos/rechazos de la Planta, confeccionado por superposición ordenada y cronológica (Año, Mes, Día y Hora), de los residuos/rechazos de la Planta, enviados para su eliminación al vertedero controlado. Al menos trimestralmente, este libro será objeto de inspección por parte del técnico designado por la Mancomunidad del Sur.

— Libro de incidencias, en el que se consignarán, si las hubiere, todas aquellas incidencias de las que por su significancia debería mantenerse constancia. Este libro, encuadernado y con las hojas numeradas, tendrá carácter de diario y requerirá la firma y el sello del responsable de la explotación. Este libro será inspeccionado, al menos trimestralmente por el técnico designado por la Mancomunidad del Sur, con indecencia de la obligación del responsable de la explotación de informar a dicho técnico, de aquellas incidencias que, por su importancia y posible alcance, hayan de ser comunicadas inmediatamente.

— Libro de explotación, en el que se consignarán diariamente los trabajos de explotación, así como las observaciones, incidencias y reconocimientos. El libro de explotación deberá tener necesariamente carácter de diario y organizarse de manera que se puedan incluir fácilmente en él los partes, documentos, hojas de incidencias o cualquier otro documento que sea procedente en relación con la explotación de la Planta. Diariamente el responsable de la explotación de la Planta firmará y sellará este libro, que será inspeccionado, al menos trimestralmente por el técnico designado por la Mancomunidad del Sur.

En el libro de explotación se incluirán además los siguientes documentos:

• Relativos a la producción y calidad del compost:

- Balance de materia de la selección de fracción orgánica.

- Balance de materia del proceso de compostaje.

- Hojas de seguimiento de pilas/lotes de fermentación.

- Registro diario de temperatura de pilas.

- Hoja de control de calidad del compost obtenido.

- Número de controles a efectuar anualmente.

• Relativos a la producción y calidad de los restantes productos reciclados:

- Balance de masas de la selección de los residuos.

- Calidad de los productos reciclados.

• Generales de la operación de la Planta:

- Personal de explotación.

- Consumos.

Capítulo VIII

Inspección y vigilancia

Art. 45. Medidas sanitarias.—Será de aplicación lo dispuesto en la normativa vigente en materia de prevención de infecciones, con independencia de lo prescrito en el apartado de Seguridad e Higiene.

Se prestará especial atención a la implantación de una adecuada campaña de desratización y desinfección a desarrollar por empresas debidamente cualificadas y cuya aceptación será sometida a aprobación por los Servicios de la Mancomunidad del Sur.

Dichas campañas desarrollarán como mínimo y con frecuencia anual un programa de choque y una operativa de mantenimiento y control cuya frecuencia dependerá de circunstancias inherentes a la instalación.

Art. 46. Medidas ambientales.—La Empresa Concesionaria tomará todas las medidas pertinentes con objeto de reducir cualquier impacto ambiental tanto interno como externo.

Dispondrá además de las medidas necesarias que eviten perturbaciones o molestias de cualquier tipo (contaminación visual, acústica, por olores, etc.) dedicando especial atención a los derrames o vertidos accidentales, olores, emisiones, y cumplirá con lo estipulado en el Plan de Vigilancia Ambiental y en su oferta.

Cumplirá con las obligaciones derivadas de la Autorización Ambiental de las instalaciones, en especial las referentes a control de lixiviados, control atmosférico, ruido, residuos, suelos, etc.

Art. 47. Normas de Seguridad e Higiene.—Será de aplicación y, por lo tanto, de obligado cumplimiento, la normativa legal en materia de Seguridad e Higiene.

Se prestará especial atención a lo preceptuado en materia de prevención de accidentes y en este sentido se desarrollará, al menos, una vez al año una campaña de concienciación.

Capítulo IX

Planes de contingencias

Art. 48. Generalidades.—El Plan de Contingencias, que será parte integrante del Plan de Explotación, establecerá el protocolo de actuaciones a realizar frente a las posibles situaciones anómalas o atípicas que pudieran producirse en la prestación del servicio.

El Plan se revisará obligatoriamente cuantas veces sea conveniente, a juicio de cualquiera de las partes, y en todo caso, deberá contar con la previa y expresa aprobación de la Mancomunidad del Sur.

Art. 49. Paradas.—Siempre que se produzca una parada parcial de cualquiera de las instalaciones, por mantenimiento programado, averías o cualquier otra causa, la Empresa Concesionaria aplicará las medidas indicadas en el Plan de Contingencias, con objeto de disminuir las desviaciones producidas sobre el régimen normal de trabajo, evitar perturbaciones sobre los flujos de entrada y/o prevenir cualquier tipo de perjuicios.

Asimismo, informará a la Mancomunidad del Sur de la parada, el tiempo previsto de la misma, las causas y las medidas correctoras adoptadas.

Art. 50. Prevención y control de incendios y emergencias.—Con independencia de los sistemas físicos de detección y extinción de incendios existentes en la Planta, la Empresa Concesionaria elaborará un Plan para la Prevención de Incendios, que será parte integrante del Plan de Explotación, que desarrollará el protocolo de medidas e instrucciones de prevención, así como el procedimiento de actuación en caso de incendio.

La Empresa Concesionaria instalará y mantendrá, a su cargo, los equipos que sean necesarios para el cumplimiento de la legislación vigente.

Además, la Empresa Concesionaria mantendrá una actividad de formación y entrenamiento continuada entre su personal para que este pueda actuar en caso de incendio como equipo de primera intervención.

En todo caso, la Empresa Concesionaria rechazará la recepción de cualquier material que se presente en estado de ignición o que, por su naturaleza, procedencia, o por cualquier otro motivo pueda entrañar un riesgo apreciable de producción o generación de fuego.

En el caso de apreciarse algún indicio de combustión interna en el interior de la masa de residuos acopiada, se procederá inmediatamente a su extinción.

Art. 51. Condiciones medioambientales del entorno.—La Empresa Concesionaria deberá garantizar unas condiciones medioambientales, higiénicas y estéticas adecuadas a la instalación, así como el cumplimiento de las medidas correctoras relacionadas con el Impacto Ambiental y de seguimiento del Plan de Vigilancia Ambiental asociado a ella.

La Empresa Concesionaria realizará todas las acciones que disminuyan los riesgos de impacto ambiental en el entorno próximo o lejano de la Planta, así como desarrollar procesos de mejora continuada del servicio que vayan en el mismo sentido.

Será también obligación del Explotador mantener y actualizar el Plan de Vigilancia Ambiental.

Capítulo X

Información a la Mancomunidad del Sur

Art. 52. Inspecciones.—El normal funcionamiento de la Planta será controlado por la Mancomunidad del Sur:

— Cuando la Mancomunidad del Sur lo solicite, la Empresa Concesionaria realizará las lecturas de los contadores-horarios de los cuadros de control, como método para evaluar el funcionamiento de las instalaciones y de los equipos asociados a las mismas.

— La Empresa Concesionaria remitirá mensualmente un resumen del listado de entrada de camiones, donde se especifique el número de toneladas aportadas a la Planta por los usuarios de la instalación, indicando el nombre y los datos específicos del Usuario.

— La Empresa Concesionaria elaborará un Diario de Explotación para la Planta donde anotará todos los incidentes técnicos, así como las operaciones realizadas para corregirlos y las normas de mantenimiento. Estos diarios estarán a disposición de los técnicos de la Mancomunidad del Sur.

— Los servicios técnicos de la Mancomunidad del Sur tendrán acceso a toda la información relacionada con la operación y funcionamiento de la Planta.

— La Mancomunidad del Sur podrá supervisar tanto las labores de operación de la instalación como la documentación y registros siempre que lo crea conveniente.

— La Empresa Concesionaria entregará a la Mancomunidad del Sur, a primer requerimiento, cuantos informes y documentos sean requeridos relativos al servicio de explotación de la Planta.

Con el fin de asegurar una correcta operación de la Planta, la Empresa Concesionaria está obligada a entregar mensualmente a la Mancomunidad del Sur una memoria en la que se planifiquen las actividades de las instalaciones para el siguiente trimestre. Esta memoria se remitirá a la Mancomunidad del Sur, como máximo, diez días antes del inicio del mes siguiente, con el fin de que la Mancomunidad del Sur pueda, en su caso, aprobar la planificación prevista por la Empresa Concesionaria para el siguiente trimestre.

Asimismo, de manera mensual la Empresa Concesionaria informará a la Mancomunidad del Sur, como mínimo siete días antes del inicio del mes siguiente, de la programación operativa prevista en las instalaciones para el siguiente mes, para que la Mancomunidad del Sur pueda, en su caso, aprobar la programación operativa prevista por la Empresa Concesionaria para el siguiente mes.

Es responsabilidad última de la Mancomunidad del Sur aprobar tanto la planificación de actividades como la programación operativa de la Planta.

Art. 53. Memoria de gestión.—Los responsables del Servicio de explotación elaborarán una Memoria de Gestión que informe a la Mancomunidad del Sur de la situación del servicio. Esta memoria de gestión tendrá carácter semanal, mensual, trimestral, anual y plurianual.

Art. 54. Información sobre el funcionamiento normal e incidencias.—La Empresa Concesionaria remitirá a la Mancomunidad del Sur de forma sistemática todos los datos sobre el funcionamiento de la Planta, con la periodicidad y sobre los aspectos que esta determine, así como cuanta información adicional solicite puntualmente.

La Empresa Concesionaria comunicará inmediatamente a la Mancomunidad del Sur cualquier incidencia que afecte a la Planta, procesos, a la seguridad de las personas, o bien pueda alterar la capacidad de tratamiento de la instalación, aunque ya se estén poniendo los medios adecuados para su resolución.

Toda la información se documentará y conservará en los formatos previstos y de manera organizada para poder localizarla en el caso de necesidad o exigencias de las autoridades o con el fin de poder realizar en el futuro estadísticas o análisis comparativos para poder observar las evoluciones de los procesos.

Art. 55. Auditoría técnica y de gestión.—La Mancomunidad del Sur se reserva la facultad de realizar, en el momento que crea necesario, una auditoría técnica y de gestión de la Planta.

Capítulo XI

Responsabilidades y régimen sancionador

Art. 56. General.—El servicio de explotación implica asumir por parte de la Empresa Concesionaria todas las obligaciones expuestas en el presente Reglamento, su oferta y en el Plan de Explotación. Además, se asume por parte de la Empresa Concesionaria la responsabilidad de accidentes o incidentes que puedan tener lugar en la Planta.

Art. 57. Incumplimientos.—Se considerarán como tales los siguientes:

— Incumplimientos relativos a los compromisos de cantidad de residuos de entrada a tratar garantizados por la Empresa Concesionaria en su oferta y en su Plan de Explotación.

— Incumplimientos relativos a las cantidades de rechazo a vertedero comprometidas por la Empresa Concesionaria en su oferta y en su Plan de Explotación.

— Incumplimientos relativos a los compromisos de recuperación de productos valorizables garantizados por el explotador.

— Incumplimientos relativos al almacenamiento de bioestabilizado y/o compost fuera de la zona destinada a su acopio según Plan de Explotación.

— Incumplimientos relativos a los compromisos de aprovechamiento de biogás procedente de la desgasificación del Depósito Controlado de Pinto.

— Parada consecutiva no autorizada de la Planta superior a ocho horas.

— Incumplimiento de entregas de programación ventas de energía diaria para el comercializador de energía.

— No entrega de documentación y/o información solicitada por la Mancomunidad del Sur.

— No realizar el Mantenimiento (o realizarlo incompleto) de los sistemas con legislación propia.

Art. 58. Penalizaciones.—En el caso de que se produzcan incumplimientos, la Mancomunidad del Sur se reserva el derecho a imponer las penalizaciones previstas en el PCAP.

Art. 59. Revisiones del Reglamento.—El presente reglamento podrá ser revisado anualmente por la Mancomunidad del Sur y el Explotador de manera consensuada si las condiciones de partida cambiaran de forma substancial como consecuencia de la implantación de nuevos sistemas de gestión y/o mejoras en las instalaciones, el desarrollo de nuevas tecnologías, modificaciones en la legislación que impliquen cambios substanciales en el proceso industrial o por haberse detectado ineficiencias en el servicio o en la aplicación del presente Reglamento. La revisión se producirá necesariamente si la legislación que resulte aplicable determinase un cambio que afectase al proceso industrial y/o a cualquiera de los aspectos recogidos en el presente Reglamento.

Para poder llevar a cabo la revisión prevista se deberá seguir el procedimiento legalmente establecido.

En Móstoles, a 16 de marzo de 2022.—La presidenta, Sara Hernández Barroso.

(03/5.460/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220326-5