Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 73

Fecha del Boletín 
26-03-2022

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220326-6

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18

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Madrid número 18. Procedimiento 2688/2019

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Pieza Responsabilidad Civil 2688/2019-0001 entre D./Dña. NOEMI SANCHO ROMAN y D./Dña. JUAN IGNACIO MERINO FERRAN por un presunto delito de Estafa, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO

MAGISTRADO-JUEZ D. ANGEL JOSE LERA CARRASCO.

Lugar: Madrid.

Fecha: veintidós de junio de dos mil veintiuno.

ANTECEDENTES DE HECHO

Único.—En las presentes actuaciones se ha requerido de pago, en concepto de fianza de la suma de 1000 euros, al acusado D. JUAN IGNACIO MERINO FERRAN con DNI 70057210S, sin que se haya consignado cantidad alguna.

Se ha procedido a la averiguación patrimonial del acusado a través del Punto Neutro Judicial.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.—De conformidad a lo dispuesto en el artículo 545.6 en relación con los artículos 584 y 592 de la Ley de Enjuiciamiento Civil procede acordar el embargo del bien que se menciona en la parte dispositiva de la presente resolución.

PARTE DISPOSITIVA

Se decreta el embargo del siguiente vehículo, como de propiedad del ejecutado D. JUAN IGNACIO MERINO FERRAN:

Matrícula: 3008FPB SEAT IBIZA.

Notifíquese la presente resolución al acusado y evacuado el trámite, se acordará la remisión de los oportunos despachos. A tal efecto líbrese exhorto al Juzgado de Paz de Riaza.

Así lo manda y firma. Doy fe.

EL MAGISTRADO-JUEZ

EL/ LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Y para que sirva de notificación a D. JUAN IGNACIO MERINO FERRAN expido y firmo la presente.

En Madrid, a 28 de febrero de 2022.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/4.808/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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